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La justicia europea consigue capear la pandemia

El tribunal mantuvo su actividad en 2020 pese a la crisis sanitaria, aunque los ciudadanos y las empresas presentaron menos demandas

TJUE Justicia europea
Belén Trincado / Cinco Días

La maquinaria de la justicia europea no dejó de funcionar a pesar de la pandemia. Al menos no como se cabría esperar tras un cierre de las fronteras y un parón judicial sin precedentes en varios de los países comunitarios. Así lo refleja la memoria anual de la justicia europea sobre la actividad del Tribunal de Justicia (TJUE) y el Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) en 2020. Según el documento, las cortes comunitarias redujeron su actividad, pero no demasiado. El número de asuntos resueltos por los tribunales europeos disminuyó hasta los 1.540, frente a los 1.739 de 2019, o los 1.769 de 2018, lo que supone un 11% menos de casos vistos.

Según recogen las 400 páginas de informe, puede decirse que la caída de la actividad es moderada y tiene su explicación en dos fenómenos. En primer lugar, la restricción de los desplazamientos transfronterizos, que limitó de forma importante la posibilidad de viajar a Luxemburgo y la celebración de juicios orales. Las vistas virtuales sirvieron como parche, pero la actividad del tribunal cayó de marzo a mayo de forma significativa y se recuperó durante el verano.

En segundo lugar, menos ciudadanos llamaron a las puertas de la justicia europea en tiempos de pandemia. En concreto, el número de asuntos planteados ante las instancias comunitarias fue de 1.582 frente a los 1.905 asuntos planteados en el año anterior. Los tribunales nacionales elevaron menos cuestiones prejudiciales, las preguntas que los jueces presentan al TJUE para interpretar de forma uniforme las normas de la Unión. Estas cayeron de 641 en 2019 a 556 en el año de la pandemia. También disminuyeron los recursos de casación contra resoluciones del TGUE: 131 frente a 266 en 2019 y 199 en 2018.

La justicia europea se apoya en dos grandes órganos judiciales: el TJUE y el TGUE. El primero se encarga de resolver cuestiones prejudiciales (interpretar la legislación), de procedimientos sobre infracción de leyes, anulación de normas europeas, así como de garantizar que la UE actúa (recursos por omisión) y de sancionar a las instituciones europeas. Por su parte, el TGUE resuelve recursos de anulación que interponen los particulares los particulares, las empresas y, en algunos casos, los gobiernos nacionales. En la práctica toca asuntos de competencia, ayudas estatales, comercio, agricultura y marcas comerciales.

Justicia virtual

A pesar de la disminución de asuntos, la justicia virtual sirvió de salvavidas para mantener la actividad a flote. Los operarios del Alto Tribunal comunitario adoptaron por primera vez el teletrabajo y tomaron como regla general las reuniones desde casa, lo que les permitió continuar sus labores con cierta normalidad. “Se implementaron soluciones tecnológicas en un tiempo récord para que todos pudieran trabajar en condiciones lo más parecidas posible a las condiciones de trabajo habituales y para garantizar la reanudación de las vistas orales tras una interrupción forzosa de unas semanas entre mediados de marzo y finales de mayo”, apunta Koen Lenaerts, presidente del TJUE. En sus valoraciones del año judicial, Lenaerts destaca la salida del Reino Unido tras más de “47 años de destino compartido”, lo que derivó en la salida del tribunal de los jueces Vajda y Forrester.

El éxito del modelo de trabajo a distancia tiene su reflejo en los buenos datos de tiempo medio de resolución de asuntos. A pesar de las dificultades, la pendencia se mantuvo cercana a la marca récord de 2019, situándose a 15,4 meses por asunto. En lo que respecta al TJUE, la duración media fue de 13,8 meses de espera en el caso de los recursos de casación; de 15,8 meses en el de los procedimientos prejudiciales; y de 19,2 meses en el caso de los recursos directos, datos no muy alejados de los meses precovid.

En el año de la pandemia los magistrados europeos estudiaron temas de enorme relevancia para la ciudadanía, como asuntos de libertad religiosa, despidos colectivos, transparencia en contratos de hipotecas, IRPH o falsa temporalidad de los trabajadores interinos.

A nivel internacional, su sentencia más relevante fue, quizás, la invalidación del Escudo de Privacidad. Un acuerdo adoptado entre la UE y EEUU que permitía el intercambio simplificado de datos entre los continentes. La corte anuló el trato al considerar que el país receptor no cumplía las garantías en materia de protección de datos que marcaban los estándares europeos.

En otra sentencia, el tribunal de Luxemburgo reforzó el principio de neutralidad de red y tumbó las tarifas que “no consumen gigas” con ciertos servicios. Un proveedor de acceso a Internet no puede dar preferencia a determinadas aplicaciones o servicios mediante ofertas que vendan una “tarifa cero”, cuando las demás están sometidas a medidas de bloqueo o de ralentización, dictó el TJUE.

La justicia europea también cogió impulso en la lucha contra el dumping fiscal de las plataformas como Google. El TJUE respaldó el impuesto introducido por Hungría para gravar la publicidad que comercializan las plataformas en ese país, pero domiciliadas fuera. Sin embargo, no admitió las multas desproporcionadas que el estado miembro impuso al gigante tecnológico por ello.

En abril, los magistrados comunitarios llamaron la atención a Polonia, exigiendo la “suspensión inmediata” del nuevo régimen disciplinario aplicable a los jueces por parte del Tribunal Supremo polaco, lo que amenazaba a la independencia judicial. “Polonia debe suspender inmediatamente la aplicación de las disposiciones nacionales sobre los poderes de la sala disciplinaria del Tribunal Supremo”, señaló el máximo intérprete de la ley de la Unión. Cada país es independiente para organizar su sistema judicial, pero siempre dentro del juego comunitario. “Al ejercer esa competencia, deben cumplir con sus obligaciones derivadas de la legislación de la UE”, zanjó el TJUE.

Menos dudas

Aunque el año de la pandemia fue una excepción, las estadísticas reflejan la tendencia de los jueces nacionales a preguntar cada vez más a sus colegas comunitarios sobre la interpretación de las normas de la Unión.

Las cuestiones prejudiciales fueron en 2020 de nuevo la principal fuente de trabajo de la justicia europea, copando el 75 % del total de asuntos planteados ante el Tribunal de Justicia. España presentó 30 cuestiones prejudiciales. Fueron menos que en los dos años inmediatamente anteriores (64 en 2019 y 67 en 2018). En cambio, hay estados que han aumentado el nivel de consultas, como Alemania (139 en 2020 frente a 114 en 2019) o Austria (50 en 2020 frente a 37 en 2019), y otros que las han mantenido.

Las sentencias que afectaron a España

Interinos. Una de las sentencias más relevantes para España entró de lleno en la cuestión de los interinos y la falsa temporalidad, en marzo de 2020, una encrucijada de abuso laboral que podría afectar a más de un millón de trabajadores. Los jueces europeos concluyeron que la Administración había abusado constantemente de la figura de los interinos al encadenar años de contratación temporal para cubrir puestos estructurales. El fallo, no obstante, dejó en manos de los juzgados españoles cómo poner fin al abuso, bien con la conversión a empleados fijos, o bien reconociéndoles el derecho a una indemnización.

Gastos. En julio de 2020, el TJUE tomó la palabra en otro barullo: los gastos hipotecarios derivados de las cláusulas hipotecarias abusivas. Tras la llamada de socorro de dos jueces españoles, el tribunal atajó que los costes de constitución o cancelación de una hipoteca debían devolverse al cliente, con la salvedad de aquellos que la ley otorgase a la banca o al consumidor.

Vivienda turística. La lucha de dos propietarios de pisos turísticos y la administración parisina, donde España se personó como parte interesada, llevó al TJUE a pronunciarse a favor de limitar el alquiler no residencial en ciudades de alta demanda y con escasez de viviendas. La corte avaló las posibles prohibiciones por “una razón imperiosa de interés general”.

Migraciones. En 2020, los magistrados se pronunciaron en contra de la expulsión de un migrante en situación irregular. El fallo obligó al Gobierno a aplicar la propia Ley de Extranjería española y recordó que solo es posible la expulsión de extranjeros sin papeles cuando existan circunstancias agravantes.

 

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