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Las empresas solo quieren a los vacunados

Morgan Stanley y JP Morgan han lanzado la bomba: solo permitirán el acceso a la oficina a los inmunizados

Sede de Morgan Stanley en Nueva York.
Sede de Morgan Stanley en Nueva York.Getty Images

Después de más de un año de teletrabajo generalizado, las empresas comienzan a plantearse la vuelta de sus empleados a la oficina. Pero no a cualquier precio. Los quieren sanos y a prueba de virus, esto es, vacunados. El primero en lanzar el bombazo ha sido Morgan Stanley, que esta semana anunció que prohibirá volver a sus oficinas de Nueva York (Estados Unidos) a aquellos empleados que no estén vacunados. La idea detrás de esta medida, que entrará en vigor el 12 de julio, es que se pueden relajar las medidas de seguridad en el interior del edificio, como eliminar la obligatoriedad de usar mascarilla y de mantener cierta distancia interpersonal.

No es el único banco que ha dado un paso al frente en este sentido: JP Morgan también ha manifestado que es probable que, en el futuro, exija a sus empleados que estén vacunados, sobre todo ante el regreso a la oficina, prevista, independientemente de la inmunización, para el 6 de julio, aunque esta vuelta se realizará por fases debido a la necesidad de mantener las distancias de seguridad y respetar los límites de ocupación. El banco más grande de Estados Unidos está ordenando a los trabajadores que rellenen un cuestionario sobre su estado de vacunación, y para el futuro estudian exigir que todos los empleados reciban una vacuna Covid-19, conforme a los requisitos legales y adaptaciones médicas o religiosas

Sin embargo, este escenario no se podría replicar en España, según apunta la directora del grado en Derecho de la Universidad Internacional de Valencia (VIU) y especialista en Derecho del Trabajo, Ana Escribá. “La empresa no puede obligar a sus trabajadores a vacunarse ni a no volver al centro de trabajo por ello. De hecho, ni siquiera puede obligar a presentar una prueba médica de que se está vacunado”, afirma tajante.

Las compañías sí que podrían promover y facilitar campañas de vacunación, pero siempre preservando la privacidad individual. De igual forma que, a pesar de que las empresas están obligadas a ofrecer un reconocimiento médico anual, es decisión del empleado aceptarlo o no y la compañía no tendrá acceso en ningún caso a los resultados. “Prima el derecho a la intimidad”, recuerda Escribá.

Oficinas de JP Morgan en Nueva York.
Oficinas de JP Morgan en Nueva York.Getty Images

En esta ocasión, la experta de la VIU va un paso más allá y recuerda que no hay viales para todos. “En España, por el momento, no todo el mundo puede vacunarse, así que no tendría sentido que fuera obligatorio. No se puede discriminar de esta manera a la gente”, comenta. Además, en el supuesto de que la disponibilidad de dosis aumentara, esta imposición tampoco podría partir del centro de trabajo. “En el caso de que hubiera vacunas suficientes, el Estado podría llegar a obligarnos si encuentra la base jurídica suficiente, pero no la empresa”, desarrolla.

Una de las empresas que ha dado a conocer el proceso de vacunación de sus empleados ha sido Heineken, que este viernes acogió en su fábrica de Sevilla, y así lo ha hecho público, a más de centenar de empleados de la cervecera, del Sevilla FC y del Real Betis Balompié. La iniciativa, según la compañía, pretende contribuir a acelerar la inmunización de la población, y el proceso forma parte del Plan Sumamos. Salud + Economía, de la Fundación CEOE, que desarrolla en la provincia de Sevilla la patronal sevillana, CES, de la mano de las consejerías de Salud y Familias y Empleo, Formación y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía y de la Confederación de Empresarios de Andalucía, CEA.

Debido al carácter excepcional de este año, muchos empleados han compartido con su compañía más información sanitaria de lo habitual, reconoce la responsable de e-Health de Cigna España, María Sánchez. “Sí que es necesario que el empleado comunique en su trabajo que es un caso positivo o que está en cuarentena preventiva por riesgo de contagio. En esta situación, el interés general de salud pública prima al derecho individual a la intimidad”, apunta, especialmente en lo relativo a los contagios que se dan en el lugar de trabajo.

Pero la vacunación no entraría dentro de estos supuestos excepcionales. “No es indispensable que un empleado indique si está vacunado o no, dado que las empresas no pueden dejar de cumplir las medidas de prevención”, continúa Sánchez. A pesar de ello, algunos sí han optado por comunicarlo, fruto de un cambio de mentalidad en lo relativo a la relación entre empresa y trabajador. “Muchos empleados comparten esta información porque ahora mismo sus empresas son un apoyo para su salud holística. Compartir con ellas cualquier problema de salud física o emocional les puede ser de gran ayuda”, resume.

Para Escribá, la mejor solución si se quiere emular un sistema parecido al que plantea Morgan Stanley es la vuelta por franjas de edad. “Las empresas saben, por ejemplo, que de los 45 a los 67 años, todo el mundo que ha querido está vacunado. Esa información es pública porque los departamentos de recursos humanos sí que tienen acceso a la edad de los empleados y las autoridades comunican oficialmente en qué franja se está en cada momento”, desarrolla.

Esto no podría ser considerado discriminación, sino parte de la estrategia que se plantea para la vuelta. “Hablamos de que los vacunados podrían ir presencialmente y el resto seguiría teletrabajando desde casa. Discriminación sería si en lugar de darles esa opción, los mandaran al paro”, justifica.

En cualquier caso, apunta Javier Blasco, director de Adecco Group Institute, “no se pueden adoptar las mismas decisiones que se están tomando en Estados Unidos”. Entre otras razones, señala, porque “así lo establece la directiva europea sobre salud y seguridad en el trabajo de 1989, que recoge el derecho a la intimidad del empleado”. No es lo único, resalta este experto en recursos humanos, ya que existe también el derecho a la igualdad y a la no discriminación. “Además, en la Ley General de Salud Pública no existe la obligación de vacunar”, detalla Blasco, que cree que existe demasiada incertidumbre en algunos temas, como por ejemplo, quien debe tomar la temperatura en las empresas. Lo que sí tiene claro es que es posible que la Corte Suprema de Estados Unidos no respalde la decisión de los bancos americanos.

Cuatro filtros a superar por las empresas

Jurisprudencia. Además de las diferentes directivas relacionadas con la salud y el trabajo, existen algunas sentencias del Tribunal Constitucional que ponen a salvo la intimidad de los empleados, y que tienen que ver con la protección de datos. Hay diferentes filtros, según recuerda Javier Blasco, director de Adecco Group Institute, que deben superar las empresas para poder obligar a vacunarse a sus trabajadores.

Idoneidad. El primero de esos filtros para permitir que en España se ampare la obligatoriedad de vacunación, debería ser el de idoneidad. “Se lo permitiría si categóricamente la vacuna resulta efectiva”, explica Blasco.

Necesidad. El segundo filtro tiene que ver con este concepto, “no es necesario aplicar la medida porque se puede seguir cumpliendo con la distancia, haciendo turnos y fomentando el teletrabajo”, añade este experto.

Proporcionalidad. “Teniendo otras alternativas, es desproporcionado tomar esa medida”, resume el directivo de Adecco.

Ocupación efectiva. Por último, puede haber discriminación, y se puede entender como un despido, que en este caso, se consideraría nulo. “Es necesario establecer ciertas garantías jurídicas, y fijar en qué sectores puede ser obligatoria la vacuna, que no lo es ni en los hospitales”, aclara Blasco.

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