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Canarias

Rodajes: el sector reclama un decreto-ley para recuperar el diferencial fiscal en la producción audiovisual

El 25 de julio, fecha límite para resolver la pérdida de competitividad de Canarias como plató de cine. Ese día vence el plazo para la declaración de Impuesto de Sociedades por las actividades realizadas en 2020

Canarias busca recuperar a marchas forzadas el diferencial fiscal que hizo posible su papel preponderante como destino de algunas de las producciones audiovisuales más costosas de los últimos años. Porque en la actualidad lo ha perdido, no por una modificación de la norma canaria, sino porque es todo el territorio español el que, vía decreto-ley de mayo de 2020, se ha subido al carro de bonificar el gasto realizado en el rodaje de productos cinematográficos, hasta convertir en invisible la renta de situación del Archipiélago. En el fondo, estamos ante el remake de una película ya vista: una economía abierta como la de las Islas sufre cuando los vientos liberalizadores provocan reformas en la economía española, porque diluyen diferencias que en el pasado eran muy visibles. 

Sinopsis del problema: Canarias tiene una norma específica, la Disposición Adicional Decimocuarta de la nueva ley del Régimen Económico y Fiscal (REF) de 2018, que recoge lo siguiente: “El importe de la deducción por inversiones de largometrajes cinematográficos y de series audiovisuales de ficción, animación o documental a que se refiere el apartado 1 del artículo 36 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, no podrá ser superior a 5,4 millones de euros cuando se trate de producciones realizadas en Canarias”. Como planteamiento, la historia suena muy bien, y de hecho la herramienta ha funcionado como argumento para hacer viable el rodaje en las Islas de producciones como Aliados, Solo, Wonder Woman y la última secuela de la saga Bourne, así como series de la plataforma Netflix como The Witcher.

Todo esto cambió, sin cambiar una coma de lo anterior, con el decreto-ley de mayo de 2020 por el que el Gobierno central otorgó a todo el territorio español un gasto máximo desgravable de 10 millones de euros, aunque con un porcentaje deducible menor que el propio de las Islas: 50% deducible para el primer millón en Canarias, 45% para el resto en Canarias; 30% deducible para el primer millón en territorio español, 25% para el resto. O sea, que diferencial fiscal en los porcentajes deducibles sí, en la cantidad máxima no. Es el dilema.

José Ramón Barrera, abogado director de la firma Assap y asesor de referencia para las firmas canarias de servicio a la actividad cinematográfica, tiene claro que el actual esquema es inviable para las Islas: “Para empezar, genera inseguridad jurídica, porque es discutible qué normativa es la aplicable, si la norma canaria a través de nuestro REF o la estatal del decreto-ley audiovisual. Pero en cualquier caso supone una competencia interna que diluye la ventaja comparativa del REF canario, que es lo que defendemos”. Para el abogado especializado en fiscalidad cinematográfica, “hoy en día las producciones internacionales de cine plantean sus proyectos siguiendo esquemas fiscales muy claros: ruedan por partes y asignan gastos a localizaciones que les resulten válidas y que además permitan reducir la factura fiscal de la producción total. Por eso podemos ver que una película va desde Londres a Malta, pasando por Canarias y ahora por otra comunidad autónoma española”.

¿Cuál será el final de la historia? Pues una decisión de las Cortes Generales que restituya el diferencial fiscal isleño o, en el happy end preferido por el sector: un decreto-ley del Consejo de Ministros que modifique la norma canaria para adaptarla a los nuevos tiempos. “Lo ideal sería el decreto-ley, por una cuestión de plazos”, afirma José Ramón Barrera, aunque admite que hay desenlaces alternativos, encaminados ahora mismo en el Congreso de los Diputados.

Estas opciones son, eso sí, algo más rebuscadas, una por tiempos y la otra por la materia de la norma en tramitación. El Ministerio ha sugerido introducir una enmienda específica en la nueva Ley de Comunicación Audiovisual, pero este proyecto de ley apenas ha iniciado su camino en las Cortes. Sí está más avanzada la nueva Ley contra el Fraude Fiscal, que va camino del Senado tras su aprobación en primera lectura por la Cámara Baja, y que podría ser objeto también de enmienda específica. En cualquier caso, el agravio fiscal del cine en Canarias debería estar resuelto antes del 25 de julio, fecha límite para la declaración de Impuesto de Sociedades por las actividades realizadas en 2020.

EL NUEVO TOPE MÁXIMO, LA DISCUSIÓN

El Gobierno es optimista. El Ejecutivo autonómico da por resuelto el asunto a corto plazo, vía enmiendas en las Cortes o decreto-ley del Consejo de Ministros dentro del plazo límite para adaptar las producciones de 2020 a un nuevo esquema fiscal más competitivo. “Nuestro compromiso es recuperar el diferencial del 80% respecto a lo que exista en la Península y eso volverá”, afirma el viceconsejero de la Presidencia del Gobierno canario, Antonio Olivera.

 

El nuevo tope máximo. Para el sector audiovisual que presta servicios en las Islas a producciones foráneas, el nuevo máximo desgravable debería ascender a 18 millones, es decir, un 80% más de lo contemplado en la normativa estatal. Es una cifra elevada, pendiente aún de discusión, aunque hay una realidad inobjetable: es lo que dice el fuero canario respecto a la deducción fiscal.

 

Interpretación restrictiva. La Agencia Tributaria se ha reservado un papel en esta novela por entregas, relacionado con interpretaciones restrictivas sobre lo que posible desgravar y lo que no, en este caso relacionado con proveedores internacionales que han trabajado en las Islas por la inexistencia en territorio canario de determinados recursos técnicos necesarios en algunos rodajes.

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