El TSJ de Navarra rechaza el toque de queda al no ser necesario para controlar los 'botellones'
Sánchez se reafirma en que las comunidades cuentan con instrumentos legales: "El estado de alarma es el pasado"
Los tribunales continúan pronunciándose sobre las medidas decretadas tras el estado de alarma. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha denegado el toque de queda nocturno decretado por el Gobierno navarro para evitar fiestas y concentraciones masivas al considerar que la medida "no supera el canon de necesidad y proporcionalidad".
El TSJN considera que "el control del botellón no necesita ni exige una medida tan invasiva en los derechos fundamentales". "Se puede realizar con aplicación de la legislación ordinaria (lo mismo que se hacía antes de la pandemia) no necesitando de la aplicación de la legislación sanitaria extraordinaria", asegura la Sala. La justicia navarra se suma a la vasca y la canaria en el rechazo al toque de queda. Los tribunales balear y valenciano, sin embargo, se pronunciaron a favor.
En el auto, que puede ser recurrido ante el Tribunal Supremo por el Gobierno foral, el TSJN sostiene sobre el toque de queda: "Es evidente que esta medida (como todas las medidas que se proponen o se han propuesto en otros momentos por el Gobierno de Navarra: confinamiento perimetral, etc.) es eficaz, unas en mayor medida que otras, pero todas eficaces". "Pero eso no basta para poder ratificar una medida tan restrictiva de un derecho fundamental. Es necesario además que se justifique por la Administración que no existe otra medida menos lesiva para el derecho fundamental afectado y que la misma es proporcional a los fines en relación con el Derecho Fundamental afectado y su intensidad. No existe tal justificación de la necesidad y proporcionalidad en la presente medida", añade.
La Sala, por otra parte, tampoco ratifica el horario de cierre de las terrazas de los establecimientos de hostelería y restauración, fijado en la orden foral a las 22:00 horas, al ser una medida ligada al toque de queda nocturno. Entiende el Tribunal que estas limitaciones horarias "solo tienen sentido en el contexto de la vigencia del toque de queda pues estos límites de horario máximo solo persiguen habilitar el cumplimiento" del mismo. El TSJN considera, por contra, que limitar las reuniones a máximo seis personas es ajustado y proporcionado.
Mientras, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha respondido en una rueda de prensa en la Moncloa a las críticas por el caos jurídico originado tras el fin del estado de alarma el sabado pasado debido a la falta de un marco legal para controlar el virus y se ha reafirmado: "El estado de alarma es el pasado". Sánchez sostiene que las comunidades cuentan con "amplios instrumentos" para gestionar la crisis sanitaria. Además, ha insistido: "Hay que mirar al futuro y el futuro se llama vacunación, vacunación y vacunación". "Una ley ordinaria no va a sustituir nunca la Constitución Española", ha añadido.
En la misma línea que Sánchez, la portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, ha señalado que la finalización del estado de alarma es una "buena noticia" en términos epidemiológicos, ya que cuando se declaró la incidencia acumulada de casos de coronavirus a 14 días era "el doble" que la actual y ha asegurado que siguen "plenamente vigentes" las medidas de protección personal.