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Las dudas (y respuestas) de lo que el autónomo pueden deducirse en su declaración

Gastos deducibles en la declaración de los autónomos.

En plena campaña de declaración de la renta, son muchas las dudas las que surgen en este año atípico marcado por la Covid-19. Los profesionales autónomos que han percibido alguna prestación no tienen claro cómo debe declararse o si pueden deducirse los gastos, tal y como hacían antes. Tampoco si han recibido algún tipo de ayuda está claro si hay que indicarla o no, en qué casos se pueden deducir, etc.

Por ello, vamos a ver exactamente qué gastos y demás trámites pueden deducirse los autónomos, así como todas las dudas fiscales que puedan surgir a los profesionales autónomos a la hora de presentar su declaración de este año.

Gastos que pueden deducirse

Existen una serie de gastos que se relacionan directamente con la actividad profesional. Éstos son, en su mayoría perfectamente deducibles. A continuación exponemos cuáles son.

Ayudas por coronavirus

En el caso en el que un autónomo haya solicitado el cese de actividad, deberá figurar en rendimientos del trabajo. Por tanto, el “importe total recibido por cese de actividad se hará contestar en la declaración de la renta, en el apartado de rendimientos del trabajo”, tal y como subraya Sebastián Olivera, Country Manager de TaxScouts en España. Si el negocio lob ha retomado, no afecta en la declaración.

El resto de ayudas que haya podido recibir se consideran rendimientos de la actividad económica. Además, si actualmente está recibiendo alguna prestación se indicará en la declaración de 2022. Por último, se recuerda que los empleados a cargo en situación de ERTE no afectan en la declaración del autónomo.

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