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Tribuna
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Financiación europea para una única salud pública comunitaria

En el último año se han aprobado iniciativas históricas, tanto desde el punto de vista financiero como de las temáticas abordadas

Transeúntes se protegen con mascarillas por las calles
Transeúntes se protegen con mascarillas por las callesEFE

La incorporación de España a la Unión Europa, previa cesión parcial de soberanía nacional a favor del proyecto comunitario, ha permitido contribuir a una plena armonización de los ordenamientos jurídicos de los Estados Miembros y regiones a fin de articular los términos y condiciones sobre los que desplegar diferentes sistemas de financiación comunitaria en cada Marco Financiero Plurianual.

El proyecto político de la Unión, basado en competencias exclusivas, compartidas y de apoyo es ejercido en base a tres grandes principios: de atribución del Estado soberano cedente; de proporcionalidad por cuanto la acción comunitaria no puede desbordar los objetivos pretendidos por los Tratados y de subsidiariedad –abanderado por el Tratado de Lisboa- por el cual, se excluye la intervención de la Unión en aquellos casos en que los Estados miembros puedan abordar un asunto de forma eficaz a escala central, regional o local.

Es, en este escenario, en el que la Unión aprueba a través de cada Marco Financiero Plurianual los importes de los límites de créditos para compromisos, por categorías de gastos, y el límite máximo anual de créditos para pagos. De igual forma, las categorías de gastos, comúnmente conocidas como rúbricas, corresponden a los grandes sectores de la actividad de la Unión debiendo ser, en coherencia, limitadas en su número.

Un presupuesto europeo basado en sistemas de gestión directa que resultan articulados directamente por las instituciones comunitarias y por sistemas de gestión compartida con Estados y Regiones siendo, sin duda, la política de Cohesión seña identitaria del proyecto europeísta leído en términos de convergencia económica, social y territorial.

Cada Marco Financiero Plurianual ha sido la imagen fiel del proyecto comunitario, testigo directo de la evolución e involución europea, según cada época y, como no podría ser de otro modo, un instrumento dotado de una flexibilidad en materia de compromisos y gastos entre rúbricas y ejercicios con el fin último de aprovechar los importes previstos para cada periodo.

Dicha flexibilidad ha contribuido, sin lugar a dudas, a reordenar recursos comunitarios disponibles tras la declaración por parte de la Organización Mundial de la Salud de la situación de pandemia internacional a consecuencia de la emergencia ocasionada por el brote epidémico COVID-19.

Desde ese mismo instante, la arquitectura institucional europea adoptó -a marchas forzadas- cambios estructurales en cuantos mecanismos, procedimientos y procesos de diseño y ejecución de políticas públicas disponía, a fin de ubicar, en el centro de todas las prioridades, la batería de medidas necesarias para combatir tanto las consecuencias sanitarias, económicas y sociales derivadas de la parálisis mundial.

En el último año se han aprobado iniciativas históricas, tanto desde el punto de vista financiero como de las temáticas abordadas por cada una de ellas, precisamente, en el ejercicio elástico del presupuesto comunitario.

En primer lugar, con la aprobación de los Reglamentos 460/2020 y 558/2020, de 20 de marzo y 23 de abril, respectivamente, abriendo la posibilidad de que a través de los Fondos FEDER pudiera disponerse de recursos financieros para que Estados y Regiones dispusieran de capacidad reforzada para hacer frente a la crisis sanitaria provocada por la pandemia e, igualmente, la obtención de una tasa de cofinanciación del 100 % respecto de los gastos declarados durante el ejercicio contable que media entre el 1 de julio de 2020-30 de junio de 2021 en los Programas FEDER, FSE y Fondo de Cohesión.

En segundo lugar, a través del Instrumento Next Generation y, en particular, mediante los Fondos REACT, vía Programas FEDER y FSE, como señala el Reglamento 2221/2020, de 23 de diciembre, destinado a favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias sociales que permite, entre otros posibles, financiar productos y servicios sanitarios derivados de la crisis sanitaria, así como, acometer inversiones en infraestructuras de servicios básicos no discriminatorios, a la sazón, inversión en salud pública.

En tercer lugar, ya en el Marco Financiero Plurianual 2021-2027, la salud europea se torna en política central, transversal e instrumental para ofrecer a la salud comunitaria a través de diferentes vías.

Reseñar la contribución del Programa Horizonte Europa, destinado a la inversión en investigación e innovación que, a través del Pilar 2 “Desafíos Mundiales” respalda las iniciativas en materia de salud con una dotación superior a los 7.000M€, complementario con otros instrumentos comunitarios, tales como Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, FEDER o FSE+.

Finalmente, el Programa UEproSalud, tras la entrada en vigor del Reglamento 2021/522, con una dotación financiera de 5.100M€ destinados a mejorar y fomentar la salud en la Unión, proteger la población europea de amenazas transfronterizas graves para la salud, mejorar la disponibilidad de los medicamentos y productos sanitarios para hacerlos más accesibles y asequibles y, finalmente, reforzar los sistemas sanitarios, su resiliencia y eficiencia de los recursos.

En definitiva, un presupuesto comunitario para una única salud en Europa.

Gabriel Navarro Molines. Jefe de Servicio de Fondos Europeos – Gobierno de Aragón.

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