ATA exige al fisco que rectifique y deje al autónomo deducirse gastos por trabajar en casa en la pandemia
El presidente de la asociación del ramo aduce que “es incomprensible y discriminatorio” que se niegue esta ventaja fiscal a los trabajadores por cuenta propia
La asociación de trabajadores autónomos ATA ha reaccionado este viernes de manera furibunda al conocer la noticia, anticipada por este diario, de que Hacienda deniega a los trabajadores por cuenta ajena que hayan pasado a trabajar en casa durante la pandemia la posibilidad de deducirse fiscalmente los gastos de suministros del hogar.
ATA ha solicitado a Hacienda “una rectificación urgente” del criterio sentado por la Dirección General de Tributos en una consulta vinculante en la que niega esta ventaja fiscal a una trabajadora autónoma que planteó la posibilidad de acogerse a ella.
“Los autónomos que se han visto obligados a cerrar por orden administrativa, que han visto reducido su aforo, que deben seguir las recomendaciones sanitarias, no se entiende que no puedan deducirse los gastos como sí puede hacer una empresa con respecto a los que se producen en los domicilios de los trabajadores asalariados cuando deben teletrabajar”, ha defendido Lorenzo Amor, presidente de ATA en un comunicado.
“Es incomprensible y discriminatorio que los gastos de los trabajadores asalariados en teletrabajo sean deducibles y los gastos de un autónomo confinado no. Espero una rectificación de este error”, ha añadido.
El caso fue planteado por una trabajadora autónoma que usualmente desarrolla su labor en un despacho pero que, durante la pandemia, ha pasado a ejercer habitualmente desde su domicilio, con el consecuente gasto adicional en luz e internet, entre otros.
Ante esta tesitura, la autónoma solicitó al fisco poder acogerse a la regulación del IRPF que permite a los trabajadores por cuenta propia que desarrollan su actividad en su residencia deducirse un 30% de los gastos de suministros del hogar sobre el porcentaje de metros de la casa que destinen al negocio respecto al total del inmueble.
Es decir, que para un autónomo con una vivienda de 100 metros que use 20 para trabajar, la desgravación de los gastos de internet, luz, agua, o calefacción, por ejemplo, sería del 6% en el IRPF.
Ante la consulta, la Dirección General de Tributos, dependiente del Ministerio de Hacienda, consideró que esta ventaja fiscal no es aplicable por tratarse de una situación “ocasional y excepcional” causada por la pandemia, tal y como ha anticipado este diario.
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