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Así funcionarán los ERTE en la prórroga aprobada hasta el 31 de mayo

El esquema incorpora tres nuevos sectores ultraprotegidos, beneficiando a unos 50.000 trabajadores más, y flexibiliza la extensión de los expedientes ya existentes

De izquierda a derecha, los responsables de los sindicatos UGT, Pepe Álvarez, y CC OO, Unai Sordo; la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, y los presidentes de las patronales CEOE, Antonio Garamendi, y Cepyme, Gerardo Cuerva.
De izquierda a derecha, los responsables de los sindicatos UGT, Pepe Álvarez, y CC OO, Unai Sordo; la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, y los presidentes de las patronales CEOE, Antonio Garamendi, y Cepyme, Gerardo Cuerva.
Juande Portillo

Los expedientes de regulación temporal de empleo, los ERTE, se consolidan como herramienta para contener la hemorragia laboral española ante la crisis del Covid también en 2021. Patronal y sindicatos dieron su visto bueno este martes a la última propuesta del Gobierno para volver a prorrogar estos mecanismos, hasta ahora vigentes hasta el 31 de enero, hasta el 31 de mayo.

La nueva extensión mantiene el esquema general del último modelo, pero incorpora también algunas importantes novedades, como nuevos sectores ultraprotegidos y la agilización de los trámites administrativos. Estas son las principales claves del acuerdo sellado entre el Ejecutivo, CEOE, Cepyme, CC OO y UGT:

¿Por qué se han extendido hasta el 31 de mayo?

Gobierno, patronal y sindicatos han estado de acuerdo en que la situación económica sigue malograda por la pandemia y era necesario extender la protección que suponen los ERTE al menos hasta el final del actual estado de alarma. Este concluye el 9 de mayo, pero como los expedientes deben estar vigentes por meses concretos, la extensión mínima para cubrirlo íntegramente suponía abarcar todo mayo.

¿Se podrá despedir ahora tras los ERTE?

La prórroga de los expedientes mantiene intacta la cláusula de mantenimiento del empleo ya acordada en las extensiones anteriores, que impide a las empresas acogidas despedir a sus trabajadores durante los seis meses siguientes al ERTE so pena de tener que devolver las ayudas recibida. Los empresarios podrán despedir, por tanto, pero tendrán que pagar al Estado por hacerlo.

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¿Qué consecuencias tendrá para los empresarios despedir?

Aunque la literalidad de la cláusula parece indicar que cualquier despido tras un ERTE supondrá la devolución integral de todas las exoneraciones disfrutadas por el conjunto de la plantilla acogida, desde la patronal interpreta que imperará un principio de proporcionalidad y que el reintegro se ceñirá solo al centro de trabajo afectado por ajustes, en el caso de empresas con varias instalaciones, o al empleado concreto del que se prescinda, si se trata de una micropyme. El Ministerio de Trabajo deja en manos de funcionarios y jueces interpretar la literalidad de la normal y sus efectos.

¿Qué sectores estarán ultraprotegidos por los ERTE?

El nuevo acuerdo incrementa en tres los sectores CNAE ultraprotegidos, y elimina otras tres, manteniendo un total de 45. Las nuevas áreas que podrán disfrutar de este paraguas son los campings y aparcamientos de caravanas; los puestos de alquiler de medios de navegación y las actividades de mantenimiento físico. A su vez, salen del amparo de los ERTE la fabricación de alfombras, el estirado en frío y la fabricación de instrumentos musicales. El listado incluye a empresas que entre abril y diciembre no han recuperado un 70% de su actividad y han tenido más de un 15% de empleados en ERTE. El listado completo de las actividades al amparo especial de los ERTE figura al final de este artículo.

¿A cuántos trabajadores más protegerá la extensión?

La incorporación de esos nuevos sectores supondrá dar cobertura especial a 50.000 empleados más, según las estimaciones del Gobierno.

¿Cuántos tipos de ERTE hay?

Existen básicamente tres modalidades de ERTE ligados a la pandemia de Covid-19. Aparte de la ya citada, centrada en proteger a los sectores más castigados, existen los expedientes de impedimento, para aquellas compañías que no puedan operar debido a las restricciones aprobadas por las comunidades autónomas con el objetivo de contener el virus (como el cierre total de la hostelería), y los de limitación, para aquellas en las que los impedimentos derivados de estas medidas sean solo parciales (como el cierre de determinados negocios a partir de cierta hora).

¿Cómo quedan los trámites para extender los ERTE?

Los expedientes ERTE ligados al Covid basados en causas Económicas, Técnicas, Organizativas y de Producción (ETOP) se seguirán beneficiando de la simplificación de trámites ya prevista, optando a una prórroga presentando ante la autoridad laboral un acuerdo entre la empresa y la representación sindical. En el caso de los ERTE por impedimento o limitaciones, no habrá que solicitar y tramitar un nuevo expediente sino que bastará con remitir una comunicación a la autoridad laboral y a los trabajadores. Tampoco será necesario comunicarlo al SEPE.

¿Podrán las empresas acogidas a ERTE repartir dividendos?

No. Se mantiene el veto al reparto de beneficios así como a la operativa en paraísos fiscales, con ciertas exigencias sobre transparencia fiscal.

¿Podrán subcontratar personal o exigir horas extra?

Tampoco, el acuerdo extiende la limitación a las horas extraordinarias, la externalización de la actividad y los contratos temporales.

¿Qué grado de protección obtienen los trabajadores afectados?

Los empleados afectados por ERTE seguirán obteniendo una prestación, por el 70% de su base reguladora cuando se hayan consumido 180 días de prestación, o una prestación extraordinaria para los fijos discontinuos y mejorada en el caso de aquellos a tiempo parcial. El contador de consumo de las prestación se mantendrá a cero durante todo el año.

¿Qué exoneraciones obtienen los empresarios?

Depende del tipo de ERTE. En el caso de sectores ultraprotegidos, las exoneraciones serán del 85% para las empresas con menos de 50 trabajadores y del 75% para las que tienen 50 o más, tanto en el caso de los trabajadores con el empleo suspendido como en el de los que se reincorporan.

¿Y qué ocurre con las cuotas en los ERTE de impedimento o limitación?

En los ERTE de impedimento, las empresas tendrán una exoneración en sus cotizaciones a la Seguridad Social durante el periodo de cierre y hasta el 31 de mayo de 2021, que será del 100% de la aportación empresarial durante el periodo de cierre y hasta el 31 de mayo si tienen menos de 50 trabajadores y del 90% si tienen 50 trabajadores o más.

¿Y en los ERTE de limitación?

En el caso de una limitación parcial de la actividad que motive el ERTE, las exoneraciones serán decrecientes hasta el 31 de mayo, empezando por el 100% en febrero para empresas de menos de 50 trabajadores y en el 90% para aquellas de 50 trabajadores o más.

¿Cuántas personas están cubiertas por ERTE actualmente?

Aunque en abril llegaron a estar cubiertos por ERTE 3,4 millones de trabajadores la cifra fue descendiendo progresivamente y, pese a algunos repuntes en paralelo a los del virus y las restricciones, actualmente habría 704.000 personas sujetas a expedientes. De ellos, 450.000 están en alguna de las modalidades con exoneraciones a la Seguridad Social. Hay 193.000 empleados de sectores ultraprotegidos, 49.800 ligados a cadenas de valor protegidas; 320.000 en la modalidad de impedimento y 175.000 en el de limitación, a 18 de enero. En paralelo, hay 254.000 trabajadores más en ERTE que no conllevan exoneraciones.

¿Qué coste público tendrá la medida?

Extender los ERTE del 31 de enero al 31 de mayo supondrá un coste público de unos 5.400 millones de euros, según los cálculos del Gobierno. Este montante no fue incluido en el Presupuesto General del Estado para 2021, por lo que supondrá un cargo extraordinario.

¿Volverán a prorrogarse los ERTE?

Patronal y sindicatos vienen defendiendo la necesidad de extender los ERTE todo lo que sea necesario, apostando por prórrogas automáticas hasta el fin de la pandemia. Sin embargo, habrá que esperar a conocer la evolución de la propagación del virus y sus efectos económicos para ver cuál es la posición de los agentes sociales y el Gobierno ante nueva prórroga al verano.

¿Cuáles son los sectores ultraprotegidos?

Según informa el Gobierno, los sectores ultraprotegidos por los ERTE entre el 31 de enero y el 31 de mayo serán los siguientes, atendiendo a su código CNAE:

710 Extracción de minerales de hierro

1811 Artes gráficas y servicios relacionados con las mismas

1812 Otras actividades de impresión y artes gráficas

1820 Reproducción de soportes grabados

2051 Fabricación de explosivos

2441 Producción de metales preciosos

2670 Fabricación de instrumentos de óptica y equipo fotográfico

3212 Fabricación de artículos de joyería y artículos similares

3213 Fabricación de artículos de bisutería y artículos similares

3316 Reparación y mantenimiento aeronáutico y espacial

4624 Comercio al por mayor de cueros y pieles

4634 Comercio al por mayor de bebidas

4741 Comercio al por menor de ordenadores, equipos periféricos y programas informáticos en establecimientos especializados

4932 Transporte por taxi

4939 tipos de transporte terrestre de pasajeros n.c.o.p.

5010 Transporte marítimo de pasajeros

5030 Transporte de pasajeros por vías navegables interiores

5110 Transporte aéreo de pasajeros

5122 Transporte espacial

5223 Actividades anexas al transporte aéreo

5510 Hoteles y alojamientos similares

5520 Alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia

5530 Campings y aparcamientos para caravanas

5590 Otros alojamientos

5610 Restaurantes y puestos de comidas

5630 Establecimientos de bebidas

5813 Edición de periódicos

5914 Actividades de exhibición cinematográfica

7711 Alquiler de automóviles y vehículos de motor ligeros

7722 Alquiler de cintas de vídeo y discos

7729 Alquiler de otros efectos personales y artículos de uso doméstico

7734 Alquiler de medios de navegación

7735 Alquiler de medios de transporte aéreo

7911 Actividades de las agencias de viajes

7912 Actividades de los operadores turísticos

7990 Otros servicios de reservas y actividades relacionadas con los mismos

8219 Actividades de fotocopiado, preparación de documentos y otras actividades especializadas de oficina

8230 Organización de convenciones y ferias de muestras

9001 Artes escénicas

9002 Actividades auxiliares a las artes escénicas

9004 Gestión de salas de espectáculos

9104 Actividades de los jardines botánicos, parques zoológicos y reservas naturales

9200 Actividades de juegos de azar y apuestas

9321 Actividades de los parques de atracciones y los parques temáticos

9329 Otras actividades recreativas y de entretenimiento

9601 Lavado y limpieza de prendas textiles y de piel

9604 Actividades de mantenimiento físico

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