Qué podrá hacer y qué no si aplican restricciones en su municipio
Las medidas propuestas por Sanidad, que afectarían por ahora solo a Madrid, no son tan restrictivas como las aplicadas durante el estado de alarma
En los próximos días (u horas), podrían entrar en vigor nuevas restricciones para frenar la expansión del Covid-19 en toda España. Aunque por el momento, parece que solo afectarían a una parte de la Comunidad de Madrid, si los casos siguen aumentando en otras regiones, los nuevos confinamientos parciales podrían extenderse a municipios de todo el territorio. No obstante, hay que tener claro que las medidas que el Ministerio de Sanidad propuestas a las Comunidades Autónomas y aceptadas por la mayoría de ellas en el Consejo Interterritorial de esta tarde, distan mucho del confinamiento vivido entre marzo y junio.
¿Qué municipios estarían afectados?
Sanidad ha establecido que se confinará todo municipio con una población de más de 100.000 habitantes que en los últimos 14 días tenga una incidencia acumulada de al menos 500 casos por 100.000 habitantes, una positividad de las PCR en las dos semanas previas mayor al 10% y pertenezcan a una comunidad cuya ocupación de las camas UCI sea superior del 35%. Teniendo en cuenta estas cifras, a día de hoy, quedaría confinada Madrid capital y sus nueve municipios más grandes (Alcalá de Henares, Alcobendas, Alcorcón, Fuenlabrada, Getafe, Leganés, Mostoles, Parla y Torrejón de Ardoz). Cerca de este umbral quedaría Pamplona, que cumple los dos primeros supuestos pero la ocupación de las camas UCI de Navarra es inferior, así como Valladolid, León, Girona y Salamanca, que rondan la incidencia acumulada de 400 casos.
¿Podré moverme con libertad?
En aquellos lugares donde se activen las medidas, los ciudadanos solo se podrán mover dentro de su municipio, aunque podrán salir de él por causas justificadas. Esto supone, en el ámbito de Madrid, que los habitantes de la capital no podrían abandonarla, independientemente de las restricciones impuestas por la región en varias zonas sanitarias de esta en las semanas previas. Dichas limitaciones quedarían suspendidas, a excepción de las que afectaban a municipios que no cumplen el requisito de tener más de 100.000 habitantes pero superan la incidencia de 1.000 casos. Así, se mantienen confinamientos en San Sebastián de los Reyes y Humanes, y se añade una nueva zona, Villa del Prado.
¿Qué causas justifican la salida o entrada de un municipio confinado?
La salida o entrada a los municipios estará permitida para ir a trabajar o a estudiar, cuidar a personas dependientes, mayores o niños, acudir a centros sanitarios, a citas inaplazables con entidades financieras o seguros así como para realizar trámites requeridos o urgentes en un órgano público, judicial o notarial, renovar permisos y documentación oficial y regresar a la residencia habitual. Asimismo, Sanidad contempla la eliminación de esta restricción de movilidad por "causa de fuerza mayor o situación de necesidad", aunque no especifica qué situaciones engloba este punto.
¿Puedo moverme dentro de mi municipio si está confinado?
Los habitantes de estas zonas podrán moverse dentro de su municipio sin limitaciones, aunque el Ministerio recomienda que se evite "todo movimiento o desplazamiento innecesario", es decir, los no mencionados en el apartado anterior.
¿Podré visitar a amigos y familiares?
Estará permitido siempre que estos vivan dentro del mismo municipio y que la reunión no supere las seis personas no convivientes, tanto si el encuentro es en un espacio público como en una casa.
¿Estarán abiertos bares, restaurantes y comercios?
Todos ellos permanecerán abiertos, a diferencia de lo que ocurrió durante el estado de alarma, cuando solo mantuvieron su actividad los esenciales -establecimientos dedicados a la venta de alimentación, farmacias, clínicas veterinarias o gasolineras-. No obstante, bares y restaurantes adelantarán su cierre a las 23.00 horas y no podrán recibir nuevos clientes después de las 22.00 horas -esto no aplica para aquellos que sirvan comida a domicilio-. Además, no estará permitido el consumo en barra.
¿Habrá limitaciones de aforo?
El aforo de los establecimientos de hostelería, restauración y juegos y apuestas quedará restringido al 50% en el espacios interiores y del 60% en terrazas. Además, entre las sillas de una mesa y otra tendrá que haber una separación mínimo de 1,5 metros y no podrá haber más de seis personas en una misma mesa.
¿Estarán abiertos los parques?
De acuerdo al borrador remitido por Sanidad, los parques infantiles de uso público permanecería cerrados para "evitar aglomeraciones". Sin embargo, la orden trasladada finlamente a las Comunidades Autónomas elimina este punto, por lo que permanecerán abiertos, al igual que parques y jardines.
¿Podré ir al gimnasio o hacer deporte?
Los centros deportivos seguirán abiertos aunque solo podrán acudir los habitantes de dicho municipio y su aforo se reducirá al 50% en espacios interiores y del 60%, en exteriores, y las actividades en grupo no podrán superar las seis personas. Además, las comunidades autónomas pueden aplicar otras medidas que afecten a las actividades deportivas. Es el caso de la región de Madrid, donde, desde principios de septiembre, las actividades realizadas en espacios interiores deben hacerse con mascarilla salvo en deportes de alta intensidad sin contacto físico, en los que basta con que haya mamparas individuales o una distancia de tres metros entre cada persona.
¿Continuarán las clases de autoescuelas u otros centros educativos?
A diferencia de lo que ocurrió durante el estado de alarma, las academias, autoescuelas y centros educativos de enseñanzas no regladas -no se incluyen colegios, institutos ni universidad- permanecerán abiertos, aunque el aforo se reducirá al 50%.
¿Estarán permitidas las misas y velatorios?
Ambos podrán seguir celebrándose pero con restricciones de aforo. La ocupación máxima de los lugares de culto será de un tercio de su capacidad y deberá haber una distancia mínima de 1,5 metros entre asistentes. Por otra parte, solo podrán acudir 15 personas a los velatorios que se celebren al aire libre o 10 si son en espacios cerrados. Asimismo, en el enterramiento o cremación solo podrá haber 15 personas. La propuesta de Sanidad no hace mención a bodas u otras celebraciones religiosas.
¿Qué cambia respecto a las medidas tomadas en agosto?
Con el incremento de casos producido durante el verano, el 14 de agosto, se acordaron una serie de medidas que afectaban a los locales de ocio nocturno, que seguirán vigentes en todo el país, independientemente de las cifras de contagios. Así, permanecerán cerrados discotecas, salas de baile y bares de copas. No obstante, entonces se acordó que bares y restaurantes cerraran como tarde a la 1 de la mañana, hora que se adelanta en los municipios confinados. Las medidas aplicadas a los centros sociosanitarios (como residencias de ancianos) no se modifican, de manera que los residentes solo podrán reciir la visita de una persona y sus salidas estarán limitadas. También continua la prohibición de fumar en la vía pública o en los espacios al aire libre siempre que no se pueda mantener una distancia interpersonal de al menos dos metros.
¿Las medidas son las mismas que las que aplica ahora la Comunidad de Madrid?
La principal diferencia es el ámbito de aplicación: el Gobierno de la región ha establecido confinamientos por zonas sanitarias mientras que ahora se harían por municipios. Las restricciones de aforo, actividad de bares y restaurantes y otros establecimientos no varían. No obstante, uno de los puntos más controvertidos, como es el cierre de los parques y jardines, no aparece en la propuesta de Sanidad y finalmente, la región ha decidido volver a abrirlos a pesar de que el Ministerio deja abierta la puerta a que los Ejecutivos autonómicos amplien las restricciones si así lo consideran.
¿En qué se diferencia del sistema de fases aplicado durante el estado de alarma?
Las medidas propuestas no se corresponden al completo con ninguna de las cuatro fases aplicadas para la recuperación de la nueva normalidad tras el estado de alarma principalmente en lo referente a la movilidad pues en todas ellas las limitaciones se aplicaban a toda la comunidad autónoma. Ahora, sin embargo, los habitantes de un municipio no confinado podrán moverse sin restricciones siempre que su destino no sea una zona aislada (salvo por causa justificada). Además, no se prohiben los paseos ni se establecen franjas horarios según la edad.
Los centros educativos continuarán abiertos, mientras que entonces permanecieron cerrados hasta la fase 2 y en algunas comunidades no se recuperó la actividad hasta septiembre, ya en la nueva normalidad. También estarán abiertos los centros comerciales o los comercios -la pasada primavera se abrieron primero las tiendas pequeñas, con limitaciones de aforo, mientras que los centros comerciales no lo hicieron hasta la fase tres y con un aforo inicial del 40%- y se mantienen las actividades culturales, con la posibilidad de asistir a cines, teatros o museos, con un aforo del 50%.
Lo que sí se recupera son las limitaciones aplicadas a los establecimientos de hostelería, que serían similares a las de la fase dos: aforo máximo del 50% en interior y exterior y prohibido el consumo en barra. Además, se limitan las reuniones sociales a un nivel intermedio entre la fase 0 y la 1, pues en la primera estaban prohibidos los encuentros con no convivientes mientras que en la segunda se permitía un máximo de 10 personas: ahora, el límite fijado es de seis.