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Las mutuas no aceptan más ceses por coronavirus, en base a los textos de los decretos-ley

Desde el 1 de agosto no se admiten solicitudes para cobrar la prestación por cese de actividad por causas relacionadas con el coronavirus.

Las mutuas colaboradoras de la Seguridad Social no aceptan desde el día 1 de este mes ninguna nueva solicitud de cese de actividad por causas relacionadas con el coronavirus. Así lo confirman desde una de estas mutuas Umivale. Según informan dicha prestación podría solicitarte, tal y como se indicaba en el Real Decreto de medidas urgentes y extraordinarias por la Covid-19, hasta el último día del mes siguiente a la finalización del estado de alarma.

Es por eso por lo que explican que desde el 1 de agosto no se aceptan nuevas solicitudes para acceder a dicha prestación.

Un 75% menos de ingresos

La prestación la podían solicitar aquellos trabajadores autónomos que acreditaran el haber perdido más del 75% de los ingresos de su actividad. También podían pedirla los autónomos societarios y los colaboradores familiares, así como aquellos autónomos en situación de pluriactividad y los trabajadores autónomos agrarios incluidos en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios y los del mar.

No obstante, para poder acceder a la prestación, el autónomo antes debía estar dado de alta en el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos (RETA) o como trabajador por cuenta propia del Régimen Especial del Mar. También tenía que estar al corriente de sus p agos y obligaciones con la Seguridad Social.

La actividad de estos trabajadores autónomos tenía que haberse visto también suspendida por el Real Decreto de estado de alarma o, en su caso, la facturación debía ser un 75% menos de lo facturado el mes anterior al estado de alarma.

Mediante correo electrónico

El reconocimiento de la prestación se hacía a través de las mutuas acreditadas y mediante correo electrónico con acuse de recibo.

De esa manera, estas entidades se basaban en la solicitud presentada y también en los documentos aportados por el autónomo. En función de toda la documentación aportada, se encargaban de dictar la resolución provisional. No era hasta el fin del estado de alarma hasta que no se revisaban todas las resoluciones provisionales adoptadas. En el caso de que se desprenda que el interesado no tiene derecho a la prestación, se iniciarán los trámites de reclamación de las cantidades indebidamente percibidas.

Y entonces, ¿a qué puede acogerse el autónomo que siga en problemas?

En teoría, las mutuas sí deberían admitir a trámite solicitudes de cese ordinario, según el texto legal que viene recogido en el BOE de 27 de junio.

Según este texto, los autónomos sí podrán acceder a la prestación ordinaria por cese de actividad. En concreto, los trabajadores por cuenta propia cuya facturación en el tercer trimestre sea un 75% más baja que la del mismo periodo del año pasado. Además, los rendimientos netos del tercer trimestre no pueden haber superado los 5.818,75 euros.

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