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Las medidas de verano que afectarán directamente a los autónomos

Nuevas ayudas que sustituyen la prestación extraordinaria por cese de actividad.

El pasado día 26 de junio, el Consejo de Ministros aprobó la prolongación de las ayudas para autónomos. Era una medida esperada, ya que aún hay numerosos trabajadores por cuenta propia que no han podido reanudar su actividad. A esta prolongación se une también la de los ERTE. Ambas con la misma fecha: hasta el próximo 30 de septiembre.

El Consejo de Ministros llegó finalmente a un acuerdo con las principales asociaciones de autónomos, para que el colectivo pueda acceder a una serie de ayudas durante el verano. El decreto del estado de alarma provocó el cierre de los negocios de muchos autónomos y empresarios, y muchos de ellos aún no han podido reabrir sus puertas. Aquellos profesionales que si han retomado su actividad van poco a poco y durante los meses de cuarentena han tenido que hacer frente a los gastos fijos de su negocio, al mismo tiempo que su facturación era nula. Es por ello, que las asociaciones del colectivo han mostrado su satisfacción ante esta prórroga.

En qué consisten estas nuevas ayudas

Se calcula que son más de un millón y medio los autónomos que se acogieron a la prestación por cese de actividad a causa de la crisis sanitaria. Una vez finalizada, los trabajadores por cuenta propia podrán acceder a una exoneración de la cotización del julio del 100%. En agosto, esta exoneración será del 50% y en septiembre del 25%. Además, aquellos profesionales autónomos que tengan una caída de, al menos, el 75% de su actividad o de sus ventasen el tercer trimestre del año con respecto al mismo periodo en el año 2019, podrán acceder a la prestación ordinaria de cese de actividad. Cabe destacar que la prestación extraordinaria tenía como requisito la baja de la actividad, ya que el estado de alarma obligaba a cerrar. Con esta nueva medida, el cierre no es requisito, pero sí el 75% de la facturación.

En este sentido, el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, explicaba que se han aprobado los dos tipos de ayuda para poder cubrir a quienes han perdido su facturación y también a los que no puedan acreditar estas caídas, pero se hubieran acogido a la prestación por cese de actividad extraordinario. De ahí la prolongación de las exenciones de sus cuotas a la Seguridad Social.

Autónomos de temporada

Los autónomos llamados “de temporada” son aquellos que trabajan durante un periodo de tiempo en el año. Según expone Lorenzo Amor, presidente de la federación Nacional de Trabajadores Autónomos (ATA), “trabajan habitualmente seis meses al año y que habían quedado desprotegidos al no estar de alta el 14 de marzo”. Y es que este colectivo está influenciado por la estacionalidad, pero al no estar dados de alta n el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) en el momento en el que se decretó el estado de alarma, no pudieron acogerse a la prestación extraordinaria. Ahora, y gracias a este nuevo acuerdo entre patronal, gobierno y sindicatos, los autónomos de temporada podrán acceder a esta ayuda.

Requisitos para acceder a estas prestaciones

Los autónomos afectados que quieran acceder a estas nuevas prestaciones deben solicitarla a su mutua colaboradora de la Seguridad Social. Deberán entregar el modelo de la solicitud, así como la documentación que la mutua exija. Para recibir las ayudas, es necesario que cumplan con los siguientes requisitos:

ERTEs para el mantenimiento del empleo

De igual manera, el ministerio de Trabajo y Economía Social prolongará los Expedientes de Regulación de Empleo (ERTE), extendiendo así la ayuda a las empresas. Este aplazamiento da un respiro a los empresarios y aporta opciones de mantener el empleo.

Todas estas ayudas finalizan el 30 de septiembre, aunque no se descarta que se vuelva a tener una reunión y se valore cómo está evolucionando la pandemia y la economía. En función de la situación, se tomarán las decisiones oportunas.

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