Las medidas de verano que afectarán directamente a los autónomos
Nuevas ayudas que sustituyen la prestación extraordinaria por cese de actividad.
El pasado día 26 de junio, el Consejo de Ministros aprobó la prolongación de las ayudas para autónomos. Era una medida esperada, ya que aún hay numerosos trabajadores por cuenta propia que no han podido reanudar su actividad. A esta prolongación se une también la de los ERTE. Ambas con la misma fecha: hasta el próximo 30 de septiembre.
El Consejo de Ministros llegó finalmente a un acuerdo con las principales asociaciones de autónomos, para que el colectivo pueda acceder a una serie de ayudas durante el verano. El decreto del estado de alarma provocó el cierre de los negocios de muchos autónomos y empresarios, y muchos de ellos aún no han podido reabrir sus puertas. Aquellos profesionales que si han retomado su actividad van poco a poco y durante los meses de cuarentena han tenido que hacer frente a los gastos fijos de su negocio, al mismo tiempo que su facturación era nula. Es por ello, que las asociaciones del colectivo han mostrado su satisfacción ante esta prórroga.
En qué consisten estas nuevas ayudas
Se calcula que son más de un millón y medio los autónomos que se acogieron a la prestación por cese de actividad a causa de la crisis sanitaria. Una vez finalizada, los trabajadores por cuenta propia podrán acceder a una exoneración de la cotización del julio del 100%. En agosto, esta exoneración será del 50% y en septiembre del 25%. Además, aquellos profesionales autónomos que tengan una caída de, al menos, el 75% de su actividad o de sus ventasen el tercer trimestre del año con respecto al mismo periodo en el año 2019, podrán acceder a la prestación ordinaria de cese de actividad. Cabe destacar que la prestación extraordinaria tenía como requisito la baja de la actividad, ya que el estado de alarma obligaba a cerrar. Con esta nueva medida, el cierre no es requisito, pero sí el 75% de la facturación.
En este sentido, el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, explicaba que se han aprobado los dos tipos de ayuda para poder cubrir a quienes han perdido su facturación y también a los que no puedan acreditar estas caídas, pero se hubieran acogido a la prestación por cese de actividad extraordinario. De ahí la prolongación de las exenciones de sus cuotas a la Seguridad Social.
Autónomos de temporada
Los autónomos llamados “de temporada” son aquellos que trabajan durante un periodo de tiempo en el año. Según expone Lorenzo Amor, presidente de la federación Nacional de Trabajadores Autónomos (ATA), “trabajan habitualmente seis meses al año y que habían quedado desprotegidos al no estar de alta el 14 de marzo”. Y es que este colectivo está influenciado por la estacionalidad, pero al no estar dados de alta n el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) en el momento en el que se decretó el estado de alarma, no pudieron acogerse a la prestación extraordinaria. Ahora, y gracias a este nuevo acuerdo entre patronal, gobierno y sindicatos, los autónomos de temporada podrán acceder a esta ayuda.
Requisitos para acceder a estas prestaciones
Los autónomos afectados que quieran acceder a estas nuevas prestaciones deben solicitarla a su mutua colaboradora de la Seguridad Social. Deberán entregar el modelo de la solicitud, así como la documentación que la mutua exija. Para recibir las ayudas, es necesario que cumplan con los siguientes requisitos:
- Haber estado de alta en el RETA durante, al menos, cinco meses entre marzo y octubre de 2018 y 2019.
- No pueden haber estado trabajando por cuenta ajena más de 120 días entre marzo de 2018 y marzo de 2020.
- Entre marzo del presente ejercicio y junio, no podrán haber estado dados de alta en ningún régimen.
- No han podido recibir ninguna prestación en este año, a no ser que fuera compatible con el trabajo por cuenta propia.
- Los ingresos en 2020 no pueden superar los 23.275 euros.
- Estar al día en los pagos a la Seguridad Social. Hay una excepción y es que si en el momento de solicitar la prestación por cese no se cumple, se dispone de treinta días naturales para que el autónomo ingrese las cuotas que se deba.
ERTEs para el mantenimiento del empleo
De igual manera, el ministerio de Trabajo y Economía Social prolongará los Expedientes de Regulación de Empleo (ERTE), extendiendo así la ayuda a las empresas. Este aplazamiento da un respiro a los empresarios y aporta opciones de mantener el empleo.
Todas estas ayudas finalizan el 30 de septiembre, aunque no se descarta que se vuelva a tener una reunión y se valore cómo está evolucionando la pandemia y la economía. En función de la situación, se tomarán las decisiones oportunas.