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Operativa en el mercado

El Covid-19 cuadruplica las entregas fallidas de acciones en la Bolsa española

La mayor actividad provoca retrasos en la entrega de los títulos por parte de los intermediarios; BME penaliza a las firmas por las demoras

 Palacio de la Bolsa de Madrid, en la Plaza de la Lealtad.
Palacio de la Bolsa de Madrid, en la Plaza de la Lealtad. EFE

La fuerte actividad en la Bolsa, con altibajos que han llevado al Ibex a marcar un máximo en los 10.083 puntos el 19 de febrero y un mínimo en los 6.107 puntos el 17 de marzo, está teniendo un efecto secundario en la caja negra del mercado. El nivel de entregas fallidas de las acciones, habitualmente entre el 1% el 3% en la Bolsa española, se ha multiplicado hasta alcanzar horquillas entre el 10% y el 12%, según fuentes de los intermediarios. En la mayor parte de las ocasiones, los inversores no han notado nada debido a los procesos internos de BME Clearing, pero en algunos casos el comprador ha sufrido un retraso en la entrega de los títulos.

La regla general es que las compraventas se liquidan dos días después de pactarse en mercado. Y, para que se ejecuten correctamente las operaciones, el bróker vendedor debe haber entregado las acciones al intermediario comprador en tiempo y forma. Tras la reforma del sistema de compensación, liquidación y registro de la Bolsa española en 2016, la firmeza de una operación no se produce en el momento de la compraventa, sino en el de la liquidación.

Si el 8 de junio se produce una compra venta de 100 acciones de Telefónica, la operación quedará certificada, en teoría, dos sesiones después. Es decir, el día 10. Pero es posible que el bróker no haya podido entregar ese centenar de títulos de la operadora. En los casos más extremos, puede producirse que una compra concluya con una recepción en efectivo en lugar de con valores si la situación no se resuelve.

Lo habitual es que la demora en la entrega se solvente sin consecuencias

La buena noticia es que el propio sistema de liquidación dispone de cortafuegos para evitar perjuicios a los inversores. Este emplea los títulos que entran nuevos para entregar las compras pendientes. Es decir, da preferencia a las compras más antiguas, en parte a costa de las compras más recientes.

Penalización

La propia infraestructura tiene mecanismos coercitivos que desincentivan los retrasos. BME Clearing, la cámara de contrapartida encargada de velar de que todo el proceso se ejecuta de manera ordenada, impone una penalización al intermediario que ha incumplido. Este debe pagar tan solo 0,9 puntos básicos (un 0,009%) del importe además de un cargo fijo de 20 euros. El inversor, eso sí, no recibe, de momento, ningún tipo de compensación.

Además, si pasan cuatro días sin que el intermediario entregue los títulos, se recompran las acciones, y la diferencia de precio, si la hay, es a cargo del obligado a entregarlas. La operación se liquidaría en efectivo solo en el caso de que fuera imposible adquirir los títulos.

La CNMV señala en un documento que ha constatado un “cierto aumento de la ineficiencia (fallidos en las entregas de valores en la fecha pactada) como consecuencia, según señalan las entidades, del aumento de actividad unido a su menor capacidad de respuesta y resolución de incidentes, al encontrarse el personal en régimen de teletrabajo”.

La menor capacidad de reacción por el teletrabajo es otra de las causas

En las últimas sesiones, el porcentaje de operaciones con entregas fallidas se ha moderado. Pero, aun así, suele triplicar o cuadriplicar el habitual, según fuentes de varias entidades liquidadoras.

En los primeros días de prueba del nuevo sistema de compensación, liquidación y registro de la Bolsa española, a inicios de 2016, el porcentaje de operaciones con entregas fallidas llegó a superar el 50%. Después, el sistema mejoró hasta situarse en el estándar europeo, con una ratio de operaciones con retrasos en la entrega de entre una y tres por cada 100. Hasta entonces, el sistema propio de la Bolsa española había funcionado como un reloj, gracias a que se basaba en el principio de aseguramiento. Los intermediarios tenían que aportar una fianza para garantizar que las operaciones pendientes de liquidar llegaban a buen puerto. Así, las operaciones con entregas fallidas solo se daban en un 0,02% de las transacciones.

Ahora, los procesos posteriores a la contratación son homogéneos en toda Europa. En el actual sistema, se considera que el funcionamiento es correcto si no hay más de un 5% de entregas fallidas. El objetivo de la reforma, logrado en septiembre de 2017, era conectarse a la plataforma de liquidación de valores del BCE, Target 2 Securities (T2S).

Los invesores afectados cobrarán en 2021

Regulación. Las penalizaciones de los intermediarios que no cumplen con los plazos en la liquidación se abonan a la infraestructura –0,9 puntos básicos–, el inversor no recibe nada. Pero la normativa europea hará que esta situación cambie en unos meses. Ya se recogió en un reglamento comunitario de 2014, que especifica que “las sanciones pecuniarias aplicadas a los participantes que incumplan sus obligaciones deben, en la medida de lo posible, abonarse a los clientes cumplidores en concepto de indemnización”. En 2017, otro reglamento estableció que la penalización por los fallos en la liquidación de las operaciones fueran de un punto básico (un 0,01%). Finalmente, la fecha de entrada en vigor de este régimen será, en principio, el 1 de febrero de 2021.

Grandes inversores. Las compensaciones que se prevén para dentro de ocho meses por los errores derivados en la liquidación apenas tendrán impacto en los pequeños inversores, debido a lo reducido del porcentaje y a que habitualmente los particulares mueven cantidades pequeñas en Bolsa. Pero sí puede tener su importancia en los inversores institucionales, como los ‘hedge funds’, que realizan transacciones elevadas en el mercado.

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