Los brókeres avisan de que la reforma de la Bolsa elevará las compras fallidas
“El comprador puede no recibir los valores en tiempo y forma”, avisan los gestores
La reforma del sistema de compensación, liquidación y registro de la Bolsa española, todo lo que sucede después de que se cruce una operación de compraventa, arranca hoy, después de una década de debates y reiterados retrasos en su puesta en marcha.
La gran misión es que los procesos posteriores a la contratación sean homogéneos con el resto de Europa y también con Estados Unidos. La intención última es crear una plataforma europea de liquidación de valores, que comenzará a funcionar en 2017 si no hay retrasos.
Para el inversor, de entrada, no habrá cambio alguno en la forma de operar, pero en realidad se produce una revolución en todo lo que ocurre en la caja negra de la Bolsa. Y esto sí tendrá consecuencias prácticas para los clientes.
Los intermediarios están en pleno proceso de informar de las eventuales repercusiones. Casi todos han remitido cartas –en CincoDías.com puede consultarse una de ellas– en las que explican que el nuevo sistema supone “la eliminación del principio de aseguramiento”. Hasta ahora, los intermediarios tenían que aportar una fianza para garantizar que las operaciones pendientes de liquidar llegaran a buen puerto.
A partir de hoy no será el propio mercado el que asegure la entrega de los títulos, sino una cámara de contrapartida central. En el caso español, será BME Clearing, que exigirá a las entidades que sean clientes que depositen garantías. Estas podrán ser avales, dinero en efectivo o activos de renta fija o variable.
Pero el gran cambio está en que la firmeza de una operación no se producirá en el momento de la compraventa como ahora, sino en el de la liquidación. Hasta ayer, un inversor que adquiriera, por ejemplo, acciones de Telefónica a través de un intermediario español las tenía, sí o sí, disponibles en el mismo momento de la transacción, aunque el vendedor aún no hubiera entregado los títulos. Y es que ese banco o ese bróker indicaba a su cliente que los tenía en cuenta, aunque de forma efectiva no le hubieran llegado las acciones.
Las operaciones que se realicen hoy, y que se liquidarán el lunes 2 de mayo ya no se ejecutarán si el vendedor no ha entregado los títulos. BME, para prevenir errores ha creado un sistema obligatorio de préstamo de títulos. Así, en lugar de esperar a que le entreguen las acciones, se fuerza al vendedor a que tome los títulos prestados y así se entreguen de forma ortodoxa.
En todo caso, las entidades informan de que existe “el riesgo de fallido en la entrega de valores, circunstancia que puede producirse con carácter excepcional, de modo que el comprador puede no recibir los valores en tiempo y forma, hasta el extremo que una operación de compra concluya con una recepción en efectivo en lugar de valores”. Los brókeres están enviando las cartas a sus clientes para cubrirse legalmente.
Desde Cecabank explican que con el sistema español las operaciones fallidas solo se daban en un 0,02% de las transacciones. En el europeo, se considera que el sistema funciona correctamente si no hay más de un 5%. Es decir, que el margen de error es 250 veces mayor, una particularidad “inherente” al nuevo modelo que entra en vigor hoy.
De momento, la liquidación de las operaciones de renta variable se realizará en tres días (D+3) desde la sesión en que se hizo la compraventa, plazo que se acortará a dos días (D+2) a partir de junio.
Cambios de calado en el cobro de dividendos
La reforma del mercado de valores introduce desde hoy mismo numerosos cambios de fondo en el funcionamiento de los parqués pero también cambios de calado fundamentales en los usos y costumbres de los inversores a la hora de afrontar la compraventa de acciones. Una de las modificaciones más significativas que deberán tener en cuenta los distintos jugadores del mercado es la que atañe al cobro de dividendos de empresas cotizadas. Hasta la fecha, para beneficiarse del reparto de beneficios de una compañía presente en Bolsa bastaba con adquirir los títulos de la misma el día anterior a la fecha del pago del dividendo. El modelo de negociación a la europea que se establece desde hoy impone que para disfrutar de los dividendos de una firma hay que ser accionista de la misma al menos tres días antes del día del reparto de las ganancias.
Como, además, el nuevo sistema retrasa la adjudicación efectiva de las acciones a un periodo de dos o tres días desde la orden de compra de los títulos, los inversores interesados en asegurarse el cobro del dividendo de una compañía cotizada deberán comprar sus títulos al menos cuatro días antes del día del reparto.