Los ERTE ante la nueva normalidad: luces y sombras
En líneas generales, ha de valorarse positivamente el tan esperado real decreto ley que contempla las últimas medidas laborales y sociales para hacer frente a la etapa de transición para recuperar la actividad de las empresas y, esperemos, que también vuelta al trabajo de los acogidos a los ERTE.
Es digno de resaltar el hecho más que positivo de que el mismo se haya acordado recuperando el diálogo social, aportando no solo mayor legitimidad política, sino también una superior eficacia a la implementación de las medidas. Ello permite facilitar que se puedan lograr en mayor medida sus objetivos en lo empresarial y laboral, siendo no obstante conscientes del complejo escenario actual y de que los resultados no dependen solo de las normas.
En todo caso, se trata de normas de acompañamiento de enorme utilidad, por cuanto que mantienen, inicialmente hasta finales de junio, las medidas para paliar las dificultades de empleo ante la emergencia sanitaria, al tiempo que ofrece soluciones flexibles y proporcionadas para la recuperación de la actividad económica y del empleo. Una especial valoración positiva merece que se prevea una cierta autonomía de estas medidas respecto de la continuidad o fin del estado de alarma, que se mantengan los incentivos a las empresas durante esta fase de transición, así como que igualmente permanezca en toda su extensión la tutela a los trabajadores que todavía no se puedan reincorporar al trabajo.
Frente a ello, también se advierten algunas carencias, que hubiera sido útil abordar. Sin pretender ser agorero, la norma se sitúa exclusivamente en el escenario de progresiva remontada, pero por desgracia tampoco se puede descartar un escenario de empeoramiento que obligase a dar marcha atrás en la reincorporación al trabajo. Sería recomendable dar tranquilidad, ofreciendo un sistema flexible de salida del ERTE pero también de posible retorno.
También en esa clave se deja abierta la posibilidad de que el Gobierno pueda ampliar estas medidas de apoyo más allá de junio, lo que probablemente va a resultar necesario para ciertas empresas o sectores. Eso sí, tal ampliación solo se contempla para la hipótesis de que se mantengan restricciones gubernamentales “vinculadas a razones sanitarias”. Sería igualmente necesario pensar que esa ampliación pueda ser precisa no solo por razones de fuerza mayor derivada de las limitaciones impuestas por el Gobierno, sino también derivadas de la evolución de la situación económica. Ello siempre se podría hacer, pero requeriría la aprobación de un nuevo real decreto ley.
De otro lado, tampoco se menciona nada sobre otras medidas de acompañamiento que pudieran ser precisas para la adaptación de las condiciones de trabajo en esta nueva fase de transición al proceso de reincorporación al trabajo. Se sobreentiende que estas otras medidas de flexibilidad interna se someten a la normativa ordinaria común, pero tampoco estaría de más alguna precisión al respecto. Posiblemente, el avance hacia un posible acuerdo interconfederal que facilite esta transición a la normalidad sería igualmente muy oportuno, tanto en clave de garantía de derechos para los trabajadores como de seguridad de gestión inmediata para las empresas.
Jesús Cruz Villalón es catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social en la Universidad de Sevilla