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Preguntas sobre los ERTE: ¿Cuánto se cobra? ¿Qué ocurre con las vacaciones y pagas extra?

Preguntas y respuestas sobre este procedimiento que afecta a cuatro millones de trabajadores

El Paseo de la Castellana vacío, una de las calles más emblemáticas de la capital durante el confinamiento
El Paseo de la Castellana vacío, una de las calles más emblemáticas de la capital durante el confinamientoEuropa Press
Cecilia Castelló Llantada

Empresas de todos los sectores y tamaños están recurriendo a los ERTE o Expediente de Regulación Temporal de Empleo para afrontar la crisis derivada del coronavirus. El número de trabajadores afectados por este procedimiento en el marco del Covid 19 es de casi cuatro millones (en concreto, 3.889.000) hasta la primera quincena de abril, según datos que ha dado a conocer el Gobierno.

El ERTE supone que la empresa suspende temporalmente el contratos de trabajo del empleado o bien reduce su jornada laboral (con el consiguiente recorte de sueldo proporcional) por causas derivadas de fuerza mayor o por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. No es que el trabajador sea despedido, solo que el contrato queda interrumpido de forma temporal. ¿Cómo le afecta al empleado? ¿Cuánto y cuándo cobrará? ¿Tendrá derecho a vacaciones? Aquí van algunas cuestiones para los afectados.

¿Qué diferencia el ERTE relacionado con el Covid 19?

Ante el estado de alarma decretado para hacer frente al coronavirus y el cierre de muchos negocios, el Gobierno aprobó el Real Decreto de 17 de marzo que fijó medidas excepcionales de aplicación de ERTE, los agiliza y flexibiliza sus requisitos, de manera que la empresa afectada por la falta de actividad pueda suspender contratos y evitar los despidos. Como motivos para justificar el ERTE relacionado con el Covid 19 está la suspensión o cancelación de actividades, el cierre de establecimientos, las restricciones al transporte público, la falta de suministros graves o situaciones extraordinarias por contagio de la plantilla o aplicación de aislamiento preventivo.

Este tipo de ERTE se mantendrá lo que dure el estado de alarma. Tiene algunas ventajas para el trabajador, por ejemplo que no será necesario tener un tiempo mínimo cotizado para poder aplicarlo. En una situación normal, es necesario tener al menos 360 días cotizados en los últimos seis años. Sin embargo, durante el estado de alarma este requisito ha sido eliminado.

Además, el tiempo en que se perciba la prestación por desempleo no computará a los efectos de consumir los períodos máximos de prestación establecidos para el trabajador. Es decir, no contará para futuras prestaciones.

Durante los ERTE relacionados con Covid 19 los trabajadores no serán dados de baja en la Seguridad Social, y según las medidas excepcionales aprobadas, la empresa podrá  estar exonerada del pago de las cotizaciones.

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Estos ajustes relacionados con la crisis sanitaria, con los beneficios citados, pueden ser de dos tipos: de fuerza mayor, para los negocios cerrados por el Estado de alarma (este tipo requiere autorización administrativa de la autoridad laboral autonómica o del Ministerio de Trabajo si la empresa opera en más de una comunidad); o bien los ERTE por causas organizativas, técnicas, económicas o de producción, pero relacionados también con Covid-19. Este último tipo de ajuste es el que usaban generalmente las empresas hasta antes dde la crisis pero ahora se han acortado sus plazos y flexibilizado su procedimiento. Además, estos no requieren autorización administrativa sino que se negocian con los representantes de los trabajadores (si existen o una comisión creada ad hoc, que también se ha regulado).

¿Qué diferencia un ERTE de suspensión y el de reducción de jornada?

El ERTE puede implicar suspender el contrato o bien reducción de jornada. En el primer caso, se suspende la obligación del empleado de ir a trabajar y para el empresario se suspende su obligación de pagar el salario. Desde el momento en que el ERTE tenga efectos, el trabajador no va a cobrar la nómina sino que accederá a la prestación por el desempleo.

Europa Press

En el ERTE de reducción de jornada, el empleado trabajará menos horas. Cobra su sueldo de forma proporcional a las horas que trabaja, y recibe la prestación por desempleo por las horas no trabajadas. La reducción de la actividad puede ser de entre el 10% y el 70%. En los ERTE de Covid 19, una vez acabado el estado de alarma, el trabajador volvería a tener su jornada y su sueldo habituales. 

¿Desde cuándo empieza el trabajador a cobrar el desempleo por el ERTE? ¿Es necesario solicitarlo?

El trabajador empezará a recibir la prestación de desempleo desde la fecha de efectos del ERTE. En el caso de los ERTE por fuerza mayor, esta fecha es el momento en el que se dejó de trabajar como consecuencia de la situación provocada por el Covid 19, según explica CC OO en su guía. Recuerda además que los trabajadores afectados deben recibir de la empresa un certificado donde figura la causa y la fecha de efectos del ERTE que les afecta.

Por parte del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) se ha regulado un procedimiento que permite la tramitación de la prestación por desempleo en los ERTE Covid 19 para toda la plantilla por parte de la empresa. Por ello, los trabajadores afectados por el ERTE del estado de alarma no deben presentar ninguna solicitud, será la empresa la facilitará la información necesaria al servicio de empleo para el pago de prestaciones. Es otra de las diferencias con el planteamiento de ERTE ordinario.

¿Cuánto cobra el trabajador en un ERTE de suspensión?

El cobro del paro es igual que en los ERTE ordinarios, es decir, el trabajador afectado recibirá una cuantía del 70% de la base reguladora (teniendo como referencia los 180 días anteriores a la fecha del ERTE). En los ERTE ordinarios, el trabajador cobra el 70% de la base los seis primeros meses y a partir del séptimo, el 50%. Previsiblemente los ERTE por Covid-19 no durarán tanto, ya que en principio solo se mantendrán en el estado de alarma.

Europa Press

No obstante, se fijan unos mínimos y máximos, que varían en función de si el beneficiario tiene hijos o no. Concretamente, el mínimo sin hijos a cargo es de 501,98 euros mensuales y, si se tiene uno o más hijos, esa cantidad aumenta a 671,40 euros al mes. La prestación máxima es, sin hijos, de 1.098,09 euros al mes; con un hijo a cargo, 1.254,96 euros mensuales y con dos o más hijos asciende a 1.411,83 euros.

¿Cuánto se cobra si el ERTE es de reducción de jornada?

En el supuesto de reducción de jornada (unas horas al día o bien por algunos días al mes), el trabajador cobrará parte del sueldo y además parte de la prestación por desempleo, equivalente al de la reducción.

Por ejemplo, si como consecuencia del ERTE la jornada de trabajo se ha reducido un 50%, la cuantía de la prestación será del 50% a la que hubiese correspondido en caso de desempleo a jornada completa. Siguiendo con el ejemplo que cita CC OO, si ese ERTE afectase al mes de marzo de 2020, el trabajador afectado tendría derecho a percibir la prestación de desempleo durante 16 días (15,5 días que equivalen al 50% de los 31 días que tiene este mes). El servicio de empleo suele redondear la duración de las prestaciones, de manera que las fracciones iguales o superiores a 0,5 dan lugar a un día adicional, mientras que las iguales o inferiores a 0,4 se redondean en sentido inverso.

¿Cómo es el procedimiento?

AUDI (Europa Press)

La empresa debe presentar la solicitud  a la autoridad laboral competente con un informe relativo a la pérdida de actividad como consecuencia del Covid 19 y deberá comunicar la solicitud de ERTE a las  personas trabajadoras. La resolución de la autoridad laboral se dictará en el plazo de cinco días desde la solicitud (en vez de los 7 días establecidos con carácter general) y deberá limitarse a constatar la existencia de fuerza mayor.

¿Cuánto puede durar un ERTE?

El ERTE ordinario no tiene plazo. Los ERTE por Covid 19 durarán, en principio, lo que dure el estado de alarma.

¿Puede la empresa hacer un ERTE que afecte solo a una parte de la plantilla?

Si, la empresa puede decidir solicitar un ERTE solo para una parte de su plantilla. CC OO cita como ejemplo a las empresas de comida rápida, al permitir el estado de alarma el reparto domiciliario, la empresa puede hacer un ERTE que afecte a parte del personal que atendía el establecimiento.

Si estoy con un ERTE ¿genero vacaciones? ¿qué pasa con mi paga extra?

Durante el tiempo que al trabajador se le está aplicando ERTE no genera ni vacaciones, ni la parte proporcional de las pagas extras.

¿Cómo afecta al trabajador que ya había reducido su jornada por otros motivos?

El trabajador con reducción de jornada por cuidado de hijos o de afectados por Covid 19 a los que se reduzca más la jornada en aplicación de un ERTE, tendrá derecho a que la prestación por desempleo se calcule como si hubiese estado trabajando al 100% de jornada.

Sobre la firma

Cecilia Castelló Llantada
Es redactora jefa de la mesa digital en Cinco Días, periódico donde trabaja desde el año 2000. Licenciada en Economía y Periodismo, ha escrito en la sección de Mercados, en Empresas y, en los últimos años, ha formado parte del equipo que ha impulsado la transformación digital del diario económico decano de España

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