Riesgos de invertir en plataformas de crédito que dan un 10%
El ‘crowdlending’ permite obtener rentabilidad del dinero prestado a terceros, aunque no todas las firmas tienen la autorización de la CNMV para operar
Una pyme que necesita financiación para sacar adelante su negocio y un inversor dispuesto a ofrecérsela a cambio de una rentabilidad del 10%, pero también de la posibilidad de que este no pague su deuda. Este es el origen de las plataformas de crowdlending, una derivada del crowdfunding y que se presenta como una alternativa a las dificultades para obtener financiación bancaria y como una fuente de rentabilidad adicional para los inversores.
El funcionamiento es sencillo: el prestatario –una empresa o un particular que solicita un préstamo personal– manda la información de su proyecto a la plataforma, que evalúa su viabilidad de acuerdo a unos parámetros propios, y si lo ve viable, lo publica en la web, donde los inversores realizan sus aportaciones. De esta forma, los primeros se evitan un examen riguroso de la banca, y no deben rendir cuentas si tienen deudas sin saldar o una capacidad dudosa para afrontar el préstamo. A cambio pueden tener que pagar intereses más elevados que los que ofrecen las entidades bancarias. Los inversores, o prestamistas, diversifican su inversión y arriesgan a cambio de promesas de fuertes rentabilidades que, no obstante, esconden elevadas probabilidades de impago.
En España operan muchas de estas empresas, aunque no todas tienen el visto bueno de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y, por tanto, no constan como Plataforma de Financiación Participativa, figura surgida de la Ley de 2015 de Fomento de la Financiación Empresarial, que regula esta actividad.
Para obtener su autorización, deben remitir a la CNMV información sobre su actividad, sus accionistas significativos y administradores. Además, han de cumplir una de las siguientes condiciones: disponer de un capital social íntegramente desembolsado en efectivo de al menos 60.000 euros; un seguro de responsabilidad civil profesional, un aval u otra garantía para hacer frente a la responsabilidad por negligencia en el ejercicio de su actividad profesional, con una cobertura mínima de 300.000 euros por reclamación de daños y un total de 400.000 euros anuales para todas las reclamaciones; o una combinación de capital inicial y de seguro de responsabilidad civil profesional, aval u otra garantía con un nivel de cobertura equivalente a los anteriores.
No obstante, que una firma conste en el registro de la CNMV no supone que esté exenta de riesgos. Housers, una de las 28 registradas, fue multada con 215.000 euros en septiembre por dos infracciones muy graves y una grave. Las dos primeras respondieron al incumplimiento del principio de neutralidad y de actuación en mejor interés de los clientes por la información dada sobre rentabilidades, tarifas, comisiones, riesgos y advertencias; y a la realización de actividades para las que no estaba autorizada. La sanción grave se debió a la publicación de un proyecto que no cumplía las condiciones de la ley de 2015.
Housers, que se centró inicialmente en la financiación de proyectos inmobiliarios y que acaba de obtener la licencia del regulador portugués para operar en el país, ha ampliado su actividad y ahora dispone de una línea de financiación para negocios de energías renovables –Housers Green– y otra para startups y pymes –Housers Corporate–. El objetivo de todos ellos es "financiar proyectos viables pero que no tienen acceso a financiación bancaria o privada", explica su consejero delegado, Juan Antonio Balcázar. A cambio, el inversor recibe rentabilidades de entre el 5% y el 10%, asegura.
Conciencia del riesgo
Independientemente de la supervisión a la que estén sometidas, quien invierte debe ser consciente de que puede perder todo el dinero aportado. La presidenta de la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin), Patricia Suárez, aconseja a los potenciales inversores comprobar si la empresa está registrada en la CNMV y si su capital está garantizado. Housers, por ejemplo, advierte en su web de que "no está adherida a ningún fondo de garantía de inversiones ni a ningún fondo de garantía de depósitos", por lo que "el capital invertido no está cubierto".
No obstante, la ley de 2015 protege al inversor sin experiencia, al limitar el dinero que puede arriesgar. Como explica Agustina Battioli Di Menza, experta en financiación del comparador HelpMyCash.com, la norma diferencia entre "inversores acreditados [profesionales] y los no acreditados, que no pueden invertir más de 3.000 euros por proyecto ni más de 10.000 euros al año en el conjunto de todas las plataformas de crowdlending". Asimismo, subraya que, otra forma de protegerse, es "diversificar al máximo la inversión, de forma que las posibles pérdidas por impago de un proyecto se cubran con las ganancias de otros", como aconsejan las firmas de crowdlending. Algunas ofrecen "carteras de inversión similares a los fondos donde elegirán diferentes proyectos para invertir con diferentes niveles de riesgo en función del perfil de cada uno", detalla.
Otro de los riesgos que hay que tener en cuenta, explica Suárez, es el hecho de que en la mayoría de los casos el inversor no tiene la posibilidad de recuperar su dinero líquido hasta la devolución total del préstamo, salvo que exista un mercado secundario –como ocurre en muchas de estas firmas– en el que pueda revender su aportación a un tercero.
En cualquier caso, la presidenta de Asufin recuerda que, a pesar de todo, habrá personas interesadas en estas plataformas, sobre todo teniendo en cuenta los niveles negativos de los tipos de interés y la nula rentabilidad que dan los depósitos. No obstante, siempre deben asumir que cuanto mayor sea el rendimiento prometido, también lo será el riesgo de perderlo todo.
La mayor firma en Europa
Mintos es el claro ejemplo de que hay prestatarios dispuestos a ello. Esta plataforma de origen letón fue la que más movió en el sector del crowdlending el año pasado: 2.842 millones en créditos nuevos, frente a los 41,3 millones de una de las grandes firmas españolas, MyTripleA, según los datos de la web P2P-Banking.
No obstante, Mintos no garantiza el capital invertido ni cuenta con la autorización de la CNMV. Además, consta en su lista de advertencias de otras entidades, que recoge aquellas que el regulador ha detectado que no cuentan con su autorización y "podrían estar realizando algún tipo de actividad de captación de fondos o prestando algún servicio de naturaleza financiera", explican desde la CNMV.
El funcionamiento de Mintos difiere del explicado hasta ahora. Es un marketplace en el que confluyen tres actores: prestatarios, originadores de préstamos e inversores. Los primeros solicitan un préstamo en alguna de las firmas, Mintos lo publica en la web y el inversor decide por qué créditos quiere apostar, obteniendo una rentabilidad media, según la empresa, del 10,75%.
En la actualidad, hay cinco firmas con sede en España que operan en Mintos y ofrecen préstamos que llegan a superar el 6.000% TAE: IF Finance, Fireof, Dineo, Creditstar, Cream Finance y Rapido Finance, aunque la presencia de esta última fue suspendida temporalmente por "no haber transferido a tiempo los pagos de los prestatarios a los inversores", explican. No obstante, el consejero delegado de Mintos, Martins Sulte, subraya que estos créditos van destinados principalmente a "personas que no tienen acceso a créditos o a países con un sector bancario débil, como Indonesia, Moldavia, Botsuana o México". En dichos casos, el tipo de interés puede no resultar tan relevante, comenta Sulte.
El riesgo en esta plataforma se triplica, pues el inversor se enfrenta a la posibilidad de que el prestatario no pague, el originador del préstamo quiebre o incluso el propio marketplace deje de funcionar. Todo ello teniendo en cuenta, además, que Mintos está radicada en Letonia y las entidades no financieras así como los deudores proceden de distintas partes del mundo. Además, el solicitante del préstamo también asume un gran riesgo, por los elevados tipos de interés ofrecidos.
Normativa en desarrollo
Las plataformas de crowdlending tiene un sistema de scoring por el que catalogan las inversiones según su nivel de riesgo en base a criterios propios. Sin embargo, desde Asufin subrayan que, para ello, utilizan "algoritmos, inteligencia artificial y datos que, en muchos casos, pueden no ser tan relevantes para determinar la viabilidad o rentabilidad de un proyecto". Suárez explica que se trata de un campo muy nuevo y carente de regulación. De hecho, esta misma semana la Unión Europea ha publicado el Libro Blanco de la Inteligencia Artificial y en España se ha aprobado la sandbox, que permitirá, según Suárez, sacar de la alegalidad algunos proyectos muy innovadores y que sean supervisados por el Banco de España, la CNMV o el Consorcio de Seguros.
La realidad es que toda la normativa que rodea al crowdlending está aún por desarrollar. En estos momentos la legislación es tan solo de ámbito nacional, dice María Gracia Rubio de Casas, responsable jurídica de la Asociación de Crowdlending Española (ACLE). No obstante, Europa está ultimando un reglamento que estará disponible en torno a marzo por el cual estas plataformas podrán obtener un pasaporte europeo que les permita operar legalmente en toda la región. Para ello, tendrán que cumplir una serie de requisitos y, de no hacerlo, sus operaciones deberán limitarse a su país de origen. Un cambio, no obstante, para el que habrá que esperar aún un año, señala Rubio de Casas.
En España, este mercado está aún muy poco desarrollado en comparación con países como Reino Unido. Según los datos de ACLE, en 2019, el volumen movido por estas plataformas en el país anglosajón, adonde pertenecen tres de las principales plataformas a nivel europeo, Zopa, Ratesetter y Funding Circle –que cotiza en Bolsa–, alcanzó los 2.161 millones de euros. En España, las estimaciones apuntan a unos 150 millones.
Al sector le falta el apoyo gubernamental que sí ha tenido en Reino Unido desde el principio. Según explica Mireia Badía, vicepresidenta de ACLE, el Ejecutivo británico invierte en pymes a través de estas plataformas y, aunque las cifras que aporta son pequeñas, esto arrastra a otros inversores institucionales. En España, aunque afirma que estos últimos ya empiezan a entrar en el sector, haría falta que "los organismos públicos apoyasen la iniciativa", más allá de la ley aprobada en 2015. Y es que en un país tan "hiperbancarizado es bueno para las empresas que haya otras formas de financiación alternativas", subraya.