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Bruselas carga de pleno contra el modelo 720 de Hacienda ante el TJUE

La demanda va más allá de criticar las sanciones por ser "desproporcionadas" y asume que el sistema vulnera cuatro libertades comunitarias

Sede de la Comisión Europea, en Bruselas.
Sede de la Comisión Europea, en Bruselas.Efe
Juande Portillo

La Comisión Europea ha decidido presentar ante el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) una suerte de enmienda a la totalidad contra el modelo 720, el mecanismo de declaración de bienes en el extranjero que Hacienda exige a los contribuyentes en España y cuyo incumplimiento comporta enormes multas. La demanda de Bruselas, anunciada el pasado junio, fue registrada este lunes en el Diario Oficial de la UE revelando que la Comisión no solo critica esas sanciones por “desproporcionadas” sino que carga contra todo el sistema alegando que supone vulnerar cuatro libertades comunitarias y poner coto al espacio económico europeo.

“La normativa tributaria española impone a los residentes fiscales en España una obligación de declarar determinados bienes y derechos situados en el extranjero a través un formulario de declaración fiscal («Modelo 720»). En caso de incumplimiento o de cumplimiento incorrecto de dicha obligación, se aplica un régimen sancionador específico”, explica la Comisión Europea en su demanda, agregando que “las sanciones que consisten en la calificación de los activos como ganancias patrimoniales, la inaplicación de las reglas normales de prescripción y las multas pecuniarias fijas, constituyen una restricción a las libertades fundamentales del TFUE [Tratado de Funcionamiento de la UE] y del EEE [Espacio Económico Europeo]”.

Como consecuencia, la Comisión entiende que la norma española “entra en conflicto con las libertades fundamentales de la UE, tales como la libre circulación” de personas y trabajadores, “la libertad de establecimiento, la libre presentación de servicios y la libre circulación de capitales”.

A partir de ahí, Bruselas insta a la Corte de Luxemburgo a condenar a España por varios puntos concretos de la ley. En primer lugar, por el hecho de establecer que el incumplimiento de la declaración sobre bienes en el extranjero, o el retraso en su presentación, comporte la calificación de los mismos como ganancias patrimoniales no justificadas, con lo que la obligación tributaria sobre las mismas no prescribe. En segundo término, por imponer automáticamente una multa pecuniaria fija del 150% sobre el IRPF resultante de la declaración. Y, finalmente, por aplicar sanciones fijas sobre cualquier incumplimiento en la presentación del modelo 720 “cuyo nivel es superior” al de las previstas en el régimen general para infracciones similares, pudiendo superar estas multas el valor real de los activos poseídos en el extranjero. Estas sanciones ascienden a 100 euros por dato declarado fuera de plazo, con una cuantía mínima de 1.500 euros por cada grupo de bienes afectado, o de 5.000 euros por dato no declarado o incorrectamente registrado, con un mínimo de 10.000 euros por grupo.

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En su escrito, la Comisión Europea asume que “aunque en principio estas medidas puedan ser adecuadas para alcanzar los objetivos perseguidos que son la prevención y la lucha contra la elusión y el fraude fiscal, resultan desproporcionadas”. Como ya advirtió al anunciar el recurso, Bruselas asume que estas multas son además “discriminatorias” y “pueden disuadir a las empresas y a los particulares de invertir o circular a través de las fronteras del mercado único”.

“No me cabe ninguna duda de que la Justicia de la UE terminará condenando a España y tumbando ese arma de destrucción masiva contra el fraude fiscal”, expone Alejandro del Campo, abogado del despacho DMS Consulting, que denunció el modelo 720 ante la Comisión Europea en febrero de 2013.

Su actuación provocó el inicio de un procedimiento de infracción contra España en noviembre de 2015, llevando a Bruselas a exigir a España la modificación de la normativa en un demoledor dictamen, emitido en febrero de 2017 y difundido en diciembre de 2018, cuando el letrado Esaú Alarcón logró aportarlo como prueba en un procedimiento ante la Audiencia Nacional. Ante la ausencia de medidas por parte de España, la CE anunció el pasado junio que recurría al TJUE. Mientras, los tribunales españoles vienen frenando buena parte de la aplicación del modelo 720 por defectos de forma. Ahora, el futuro del sistema de declaración de bienes en el extranjero queda en manos de los magistrados de la UE.

Recurridas las trabas a cobrar indemnizaciones del Estado

Infracción. En paralelo a la demanda de la Comisión Europea contra el modelo tributario español de declaración de bienes en el extranjero, Bruselas ha decidido también llevar a España ante la justicia europea por tratar de blindar la responsabilidad patrimonial del Estado complicando la concesión de indemnizaciones públicas asociadas al incumplimiento de regulación comunitaria. Las mismas, ilustra el abogado de DMS Consulting Alejandro del Campo, que aspirarían a cobrar los damnificados por el modelo 720 si este acaba siendo tumbado por el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), por ejemplo. “Con la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público, el legislador español modificó la normativa en materia de responsabilidad patrimonial del Estado por infracción del Derecho de la UE para intentar escurrir el bulto”, expone Del Campo, recordando que Bruselas exigió a España modificar la norma en 2017. Como eso no ocurrió, la CE llevó el asunto ante la Corte de Luxemburgo hace unas semanas alegando que “estas condiciones hacen excesivamente difícil la concesión de indemnizaciones por parte del Estado por infracciones contra del Derecho de la Unión y, por tanto, violan el principio de efectividad”.

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