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Banca

Horas extra, viajes, pausas: así será el registro de jornada en CaixaBank y Bankia

Los empleados de las antiguas cajas tendrán como deber laboral registrar su propia jornada

Una oficina bancaria
Una oficina bancaria

Las entidades asociadas a CECA, vinculadas por el convenio colectivo de cajas y entidades financieras de ahorro, llegaron el jueves por la tarde a un acuerdo para el cumplimiento de la obligación de registrar la jornada laboral combinando la “variedad y flexibilidad”. El acuerdo conlleva que los propios empleados registren su jornada y que se desaconsejen las horas extraordinarias, que solo se podrán realizar con permiso de la entidad.

El acuerdo afecta a unos 70.000 trabajadores del sector de ahorro, entre los que se encuentran los de CaixaBank, Bankia, Unicaja, Liberbank, Abanca o Ibercaja, entre otros. Este es uno de los escasos pactos sobre el registro de la jornada laboral que se han alcanzado hasta el momento. Otro de los más destacados hasta ahora ha sido el de Telefónica.

El acuerdo laboral se espera que se firme el próximo martes por los tres principales sindicatos (Comisiones Obreras, UGT y FINE) y la patronal del sector, la CECA.

Serán los trabajadores los que tengan que llevar a cabo el registro de jornada, que se establece en el acuerdo como un "deber laboral" para ellos. Si no cumpliese con ese deber, y a la espera de validación, se considerará que ha realizado la jornada habitual.

Los empleados, así, tendrán que registrar su hora de inicio y finalización de la jornada, así como el número de horas trabajadas durante el día, "descontando los tiempos de descanso así como cualquier interrupción que no pueda considerarse tiempo de trabajo efectivo". La diferencia que haya entre las horas de trabajo señaladas y el tiempo transcurrido entre las horas de inicio y fin de la jornada se entenderán como tiempos de descanso o de no trabajo efectivo, sin necesidad de acreditación.

Para garantizar el registro diario de jornada, las empresas pondrán a disposición de los trabajadores una aplicación, que podrá descargarse en prácticamente todas las herramientas tecnológicas propiedad de la entidad y puestas a disposición de los empleados. (ordenadores, tablet, móviles, etc.). De esta forma, cada persona podrá registra su jornada diaria de trabajo.

En estas aplicaciones se incluirán sistemas de seguridad que garanticen “la fiabilidad, trazabilidad y accesibilidad del registro, garantizando la imposibilidad de que puedan ser manipulados”, reza el acuerdo. Para ello, se facilitará a todos los empleados una guía de uso de la aplicación.

Se prohíbe descargar la aplicación en otros dispositivos que no sean de la empresa. Estas entidades podrán también fijar sistemas de geolocalización para el ejercicio de las funciones de control, pero siempre respetando el Estatutos de los Trabajadores.

El acuerdo también establece que si un trabajador no dispone de una herramienta puesta por la empresa, se pondrá a su disposición una hoja de papel en la que deberá constar cada día la hora de inicio de la jornada de trabajo, la de finalización y el número de horas de trabajo efectivo realizadas, descontado el tiempo de descanso.

Las horas extra se califican de “práctica desaconsejable” que no debe realizar el trabajador salvo excepciones. En todo caso “son voluntarias para el trabajador y para la empresa”. "Únicamente de manera excepcional, por necesidades del servicio y con autorización de la empresa podrán realizarse" horas extraordinarias.

Este pacto mantiene que su fijación no debe alterar la jornada laboral ni el horario de trabajo. El registro de jornada deberá estar en funcionamiento como tope el 31 de diciembre del presente ejercicio.

Las empresas, en este caso las antiguas cajas de ahorro, facilitarán mensualmente a los sindicatos, mediante soporte informático (una hoja de cálculo) el contenido del registro de jornada de los empleados de estas entidades.

Viajes y desconexión digital

Cuando un empleado tenga que desplazarse fuera de su localidad habitual de trabajo y durante toda la jornada por razón de su actividad laboral, “se considerarán cumplidas las horas de trabajo efectivas habituales, registrándose como incidencia el viaje de trabajo", sin perjuicio de la validación posterior por empresa y trabajador.

En este mismo acuerdo, se establece además, en una disposición adicional, “el derecho a la desconexión” para todos los empleados del sector "para garantizar a las personas trabajadoras el respeto a su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como de su intimidad personal y familiar, más allá del tiempo de trabajo determinado legal o convencionalmente". Se recoge el compromiso de abordar al respecto diferentes medidas en la actual negociación del convenio colectivo del sector.

Los bancos de la AEB, más reacios

Posición de CECA. La CECA, patronal ha valorado “muy positivamente” el acuerdo alcanzado en la medida en que combina el cumplimiento de la obligación legal establecida en el Estatuto de Trabajadores, junto con la “variedad y flexibilidad” de las formas de trabajo que demanda en la actualidad la actividad bancaria.

Convenio de banca. Los sindicatos y la patronal de la banca tradicional, la AEB, no han conseguido, sin embargo, llegar a ningún acuerdo sobre la jornada laboral. “Creemos que estamos aún muy alejados de llegar a un pacto”, explican fuentes sindicales. La próxima reunión se ha fijado ara el día 3 de octubre.

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