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Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Un registro de jornada claro y que no sea un lastre para la empresa

El Gobierno debe proporcionar directrices más específicas que reduzcan las dudas que sigue suscitando la norma

CINCO DÍAS

La entrada en vigor de la normativa que obliga a las empresas a llevar un registro de jornada laboral ha sembrado interrogantes y dudas razonables en el seno de numerosas compañías, especialmente de aquellas que desarrollan actividades con horarios irregulares o difíciles de acreditar. Diez días después de la entrada en vigor del texto y de que el Ministerio de Trabajo haya publicado una guía pensada para responder a las preguntas más comunes, muchas empresas siguen a la espera de que se anuncie el desarrollo reglamentario de algunos de los aspectos más generales de la norma. De momento, Trabajo ha elaborado un documento interno dirigido a inspectores o subinspectores que fija ciertos criterios de actuación y puede dar alguna pista más a las compañías, pero que sigue sin solventar todas las incertidumbres que genera la norma.

Dejando a un lado las dudas propias de sectores cuya actividad resulta especialmente compleja a la hora de controlar la jornada, que por sí mismas justifican ese reglamento, llama la atención que el Ministerio de Trabajo haya anunciado públicamente un periodo de gracia, de duración indeterminada, durante el cual no sancionará a las empresas siempre y cuando exista un indicio de que se hallan en proceso de implantar el registro. Dada la tendencia de cumplimiento a última hora y casi a marchas forzadas propia de la cultura española, parece claro que anunciar públicamente una moratoria no ayudará a asegurar el éxito de la norma, sino que se convertirá en una dificultad añadida a la hora de reducir la precariedad laboral y las horas extras no remuneradas. Fórmulas como la imposición de una multa leve junto a la concesión de un período suficiente para que el empresario rectifique y acredite la implantación del registro parecen opciones factibles y más razonables para asegurar que la norma no nace con altas probabilidades de convertirse en papel mojado.

El deber de registrar la jornada laboral supone sin duda un paso adelante para luchar contra algunas de las formas más comunes de fraude en la contratación laboral, pero un buen fin no convierte automáticamente un texto legislativo en una buena norma. El Gobierno debería reflexionar seriamente sobre la conveniencia de promulgar un reglamento o de facilitar a través de cualquier instrumento las herramientas necesarias para que el registro de jornada laboral sea una medida efectiva de salvaguarda de los derechos del trabajador sin convertirse en una pesada piedra de molino para las empresas.

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