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Los acreedores de Abengoa rechazan su acuerdo de refinanciación con la banca

Este contemplaba una emisión de deuda de 142 millones La empresa cree que el acuerdo "hubiera permitido resolver la situación"

La empresa energética y medioambiental Abengoa ha informado hoy a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) del final del proceso que abrió el pasado 30 de abril para obtener el consentimiento por parte de ciertos acreedores financieros para la ejecución de ciertas acciones.

Una de ellas era la autorización relativa a la reestructuración de la deuda de los impugnantes, para lo que proponía una emisión de deuda de 142 millones para refinanciarla, a lo que los otros acreedores no han dado su consentimiento.

Abengoa ha explicado que el principio de acuerdo con las principales entidades financieras impugnantes del acuerdo de reestructuración "hubiera permitido resolver la situación", pero al no ser aprobado, ha anunciado que seguirá trabajando para alcanzar un acuerdo que sea "beneficioso" para todas las partes implicadas.

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Sevilla eximió a un grupo de acreedores de cumplir el acuerdo de reestructuración de Abengoa al entender que el sacrificio exigido a quienes no se adhirieron a él en su momento -una quita del 97 % y una espera en el cobro de diez años

sin intereses- era desproporcionado.

El acuerdo de reestructuración fue impugnado por una treintena de inversores y por grandes entidades acreedoras como la aseguradora Zurich, la entidad Export Import Bank of United States o Portland General Electric Company.

Por otra parte, Abengoa obtuvo ayer el consentimiento de sus acreedores para vender su participación del 16,47 % en Atlantica Yield a Algonquin Power & Utilities, así como para disponer del total de los fondos reservados para la finalización del proyecto de cogeneración Tercer Tren en México, una vez se complete la venta de la participación en Atlantica Yield.

Según ha explicado Abengoa, estas solicitudes de consentimiento por parte de ciertos acreedores financieros de ejecución de ciertas acciones no son un procedimiento extraordinario, sino que están contemplados en los contratos de financiación y han sido utilizados en diversos momentos

durante los pasados meses.

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