La CNMV frena la negociación opaca en Abertis, Cellnex, Indra y otras 10 acciones
La medida afecta a las ‘Bolsas oscuras’ y beneficia a los mercados regulados como BME También están en el listado Logista, Applus+, Corporación Alba, Euskaltel, Fluidra, Hispania, NH, Parques Reunidos, Prosegur y Telepizza
La legislación para que los mercados funcionen mejor derivada del estallido de la Gran Crisis da un paso más. La CNMV ha ordenado que se reduzca a la mínima expresión la negociación opaca de 13 valores españoles. Son Abertis, Applus+, Cellnex, Logista, Corporación Alba, Euskaltel, Fluidra, Hispania, Indra, NH Hotel Group, Parques Reunidos, Prosegur y Telepizza.
Es obligatorio que se hagan públicas las cotizaciones de oferta y demanda, así como la profundidad de las posiciones antes de que se ejecuten las operaciones, por regla general, gracias al reglamento Mifir y a la directiva Mifid 2. La negociación opaca es aquella en la que no se cumplen estas exigencias.
La negociación sin esos requisitos de transparencia de las órdenes de compraventa de los valores españoles mencionados ha superado en los últimos 12 meses el 8% del total negociado por cada uno de ellos en todos los mercados, según los datos recopilados por el coordinador de las comisiones de valores europeas, ESMA. Como consecuencia, desde el lunes 12 de marzo y hasta el próximo 12 de septiembre no podrán utilizarse dos de las cuatro exenciones para saltarse las obligaciones de transparencia previa.
Las dos bulas que quedan invalidadas son las referidas a los cases de órdenes a precios referenciados (por ejemplo, cuando la operación se lleva a cabo vinculándola a la cotización en un mercado transparente como BME) y la de operaciones negociadas o preacordadas (en la jerga técnica). Se vetan estas dos fórmulas porque afectan directamente a la correcta formación de precios de esos valores.
Sin embargo, sí podrán seguir utilizándose las otras dos exenciones (en total son cuatro) para las órdenes de elevado tamaño (de bloques) y para órdenes en las que se muestra solo una parte (como las órdenes iceberg o de volumen oculto). Está por ver el efecto que estas limitaciones tendrán sobre el modo de operar de estas plataformas, según fuentes conocedoras de la decisión del supervisor. Si optan por la negociación con transparencia total o se acogen a las dos exenciones que aún se mantienen.
Las principales plataformas oscuras (dark pools, en la jerga) son Cboe CXE, Turquoise, Cboe BXE, Liquidnet Posit, Cboe LIS Service, Sigma-X e Instinet BlockMatch. Estas Bolsas aplican habitualmente las exenciones a la transparencia previa que exige el reglamento Mifir y la directiva Mifid 2.
Las negociaciones en las plataformas oscuras están restringidas conforme a dos límites. El primero implica que el volumen de un instrumento financiero determinado –una acción, en la mayoría de los casos– con exención de precios de referencia previos, por ejemplo, no podrá exceder el 4% de todo el volumen de negociación en cualquier plataforma de negociación de la UE. Si este umbral se supera, la autoridad competente suspenderá la negociación de ese activo en esa plataforma por seis meses. Ningún valor español se ha visto afectado por este límite.
El segundo límite implica que el máximo volumen negociado en todas plataformas oscuras no puede superar el 8% del total movido por un valor en todos los mercados. Si se excede, se suspenderá la negociación en la sombra de ese activo. Los 13 valores españoles con la negociación opaca en cuarentena se deben a este segundo límite.
Fuentes conocedoras de la medida señalan que las consecuencias de esta decisión son que las plataformas de negociación alternativas a los mercados regulados, como los sistemas multilaterales de negociación y los internalizadores sistemáticos perderán cuota de mercado. BME y el resto de las Bolsas oficiales sacarán partido de este veto.
ESMA ha determinado que deben aplicarse las limitaciones a la negociación a 17 valores en una determinada plataforma porque en ella se ha superado en los últimos 12 meses el 4% negociado en todos los mercados. Mientras, 727 valores (13 de ellos españoles) tendrán la limitación derivada de haberse negociado más del 8% con las exenciones mencionadas.
Las exigencias de transparencia una vez que se ha efectuado la transacción se refieren a la publicidad del precio, el volumen y la hora de ejecución de las operaciones realizadas, según se vayan concluyendo y tan pronto como técnicamente sea posible. En este caso se permite la posibilidad de que las autoridades competentes –en España, la CNMV– autoricen el aplazamiento de la publicación de los datos de la operación en función de la liquidez del instrumento, el efectivo de la operación y cuándo se ha realizado.
A partir de ahora, ESMA revisará los valores vetados para las dark pools mes a mes. Así, la próxima comunicación será el 9 de abril y para entonces tendrá en cuenta aquellos datos que no han llegado a tiempo siquiera para esta primera revisión.