Un impuesto de Sucesiones testimonial, pero sobre todo armonizado
Desde un punto de vista recaudatorio, gravar o no las herencias no constituye una decisión excesivamente relevante
El debate sobre la supresión o no del impuesto sobre sucesiones es una de esas polémicas fiscales que se reavivan de vez en cuando y vuelven una y otra vez a ponerse de actualidad. El tributo que grava las herencias sigue manteniéndose en buena parte de los Estados, pero hay un número notable de ellos que han optado o bien por eliminarlo o bien por mantenerlo de forma prácticamente testimonial. En el primer caso se sitúan Croacia, Italia, Lituania, Polonia,Portugal, Hungría o Eslovenia; en el segundo, Suecia, Estonia, Rumanía y Eslovaquia, En Estados como el francés, el belga, el alemán, el danés, el británico y el español se mantiene el impuesto y este tiene todavía una relativa importancia. En España, se trata de un tributo estatal, pero cedido a las comunidades autónomas, las cuales tienen amplia potestad para modificar tipos y aplicar bonificaciones, lo que constituye en la práctica uno de los problemas o tensiones que genera el impuesto.
Desde un punto de vista recaudatorio, gravar o no las herencias no constituye una decisión excesivamente relevante. En el caso español, la recaudación durante la última década ha oscilado entre un escaso 0,2% y 0,3% del PIB. Entre los argumentos para mantener el tributo destacan desde su supuesta utilidad a la hora de contribuir a la igualdad de oportunidades a su capacidad de redistribución de la riqueza. Se trata, en cualquier caso, de un tributo que penaliza el ahorro y que despierta un fuerte y creciente rechazo social.
En España son muchas las voces que reclaman desde hace tiempo la supresión de Sucesiones o su reforma, y lo hacen, entre otros argumentos, por motivos de equidad. La razón es que existe una gran heterogeneidad en el tratamiento fiscal de los patrimonios hereditarios según la comunidad autónoma de que se trate, una circunstancia que hace que una misma herencia pueda pagar un montante muy diferente según se halle bajo la lupa de una u otra Hacienda autonómica. Además, aunque regiones como Andalucía o Madrid han bonificado practicamente la totalidad del impuesto cuando los bienes se transmiten de padres a hijos, no han hecho lo mismo cuando se lleva a cabo entre personas con otro grado de parentesco.
Todo apunta a que Hacienda vería con mejores ojos acometer una armonización – justa y también urgente– a optar por la eliminación total del tributo. El objetivo, en cualquier caso, debería ser caminar hacia un impuesto ampliamente bonificado, con un mínimo exento común y una horquilla de tipos máximos y mínimos. Porque aunque en este debate pueden adoptarse legítimamente una y otra postura, lo que no es defendible es mantener un tributo que grave más o menos una herencia según el lugar en el que se transmite.