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El Supremo pospone a octubre su fallo sobre multidivisa a la luz del dictamen europeo

Da 10 días a las partes para presentar alegaciones sobre la sentencia de Luxemburgo La Corte advirtió que los créditos serán nulos si el banco no detalló los riesgos al cliente

Sede del Tribunal Supremo.
Sede del Tribunal Supremo.Pablo Monge
Juande Portillo

El Tribunal Supremo tenía previsto pronunciarse el pasado miércoles sobre las hipotecas multidivisa en un fallo del que están pendientes unas decenas de miles de familias y que podría obligar a la banca a recalcular en euros estos créditos desde su origen, lo que supondría un importante coste para el sector en devoluciones para compensar la fluctuación de las divisas.

Esa misma mañana, sin embargo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea emitió un dictamen sobre este tipo de créditos estableciendo los criterios por los que deben de ser considerados nulos, por abusivos. Esto es, en aquellos casos en que la redacción de la cláusula no sea clara o en los que la entidad no informara debidamente al cliente de los riesgos.

Ante esta nueva doctrina, a la que el Tribunal Supremo está sujeto, el Alto Tribunal español ha decido aplazar su decisión hasta el mes de octubre para estudiar la posible incidencia en la causa que aborda.

En concreto, según fuentes conocedoras del caso, el Supremo ha remitido a las partes una providencia, fechada el miércoles y entregada el jueves, concediéndoles un periodo de 10 días hábiles para presentar alegaciones sobre las potenciales implicaciones del fallo de la Corte de Luxemburgo en esta causa.

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Se trata de una demanda interpuesta por un cliente contra Barclays (hoy absorbido por CaixaBank) por un préstamo multidivisa en yenes que fue firmado en 2008. La operación subrogaba una hipoteca anterior firmada con Caja Madrid para unificar gastos bajo el nuevo crédito.

La disputa fue resuelta inicialmente a favor de la demandante por el Juzgado de Primera Instancia número 84 de Madrid, si bien la Audiencia Provincial Civil admitió luego el recurso presentado por la entidad y anuló la sentencia inicial. El Supremo debe resolver ahora definitivamente.

Alegaciones del demandante

Patricia Gabeiras, abogada responsable de la demanda, avanza que presentará alegaciones porque el dictamen europeo beneficia claramente a su cliente. La Audiencia Provincial falló a favor del banco alegando que la hipoteca multidivisa no era un producto complejo que exigiese información adicional, explica Gabeiras, pero el Tribunal de Justicia de la UE ha advertido ahora que los casos los contratos en que no se detallaran los riesgos deben ser considerados nulos.

Es probable que la coincidencia entre la dictamen europeo y la fecha que el Supremo fijó para votar sobre el caso español no fuera coincidencia. La letrada del bufete Gaberias & Asociados advirtió a los magistrados de que estaba pendiente esta resolución y el Alto Tribunal viene guardándose de no ser desdicho por la Corte de Luxemburgo después de que este así lo hiciera en su fallo sobre cláusulas suelo del pasado diciembre.

Desde entonces, el Supremo ha elevado varias consultas prejudiciales al TJUE sobre algunas de las cláusulas hipotecarias más controvertidas, como las de vencimiento anticipado o intereses de demora, a fin de ceñirse al criterio europeo en sus dictámenes.

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