La oposición tilda de complaciente con los bancos la ley hipotecaria
PSOE y Unidos Podemos prevén introducir la dación en pago en las enmiendas La reforma debía haberse aprobado antes del 21 de marzo de 2016
Tardía, insuficiente y complaciente con la banca. Estos son algunos de los adjetivos que utilizan los portavoces de los partidos de la oposición en la Comisión de Economía del Congreso de los Diputados, en conversación con Cinco Días, para calificar al anteproyecto de ley de contratos de crédito inmobiliario, que el Ministerio de Economía acaba de enviar al Consejo de Estado.
Tras el aluvión de desahucios que se produjeron en España durante la crisis, el Gobierno impulsó un código de buenas prácticas para la banca y los juzgados se encargaron de poner coto a este drama social. Una serie de sentencias del Supremo y del TJUE, así como la necesidad de trasponer una directiva europea, llevaron al Ejecutivo a presentar una reforma de la ley hipotecaria asegurando que mejora la transparencia y la protección al consumidor.
Rajoy pretende con esta ley cumplir con la exigencia de Bruselas de transponer a la legislación española la directiva europea 2014/17/UE, algo que debía haberse realizado antes del 21 de marzo de 2016. “Esta norma llega tarde porque hace tiempo que caducó el plazo que tenía España para transponer la directiva”, lamenta Toni Roldán, de Ciudadanos.
La oposición considera que el anteproyecto presentado por el Gobierno se ha quedado corto. “Esta ley no corrige el desequilibrio que existe a favor de las entidades financieras”, afirma Pedro Saura, del PSOE. “La ley es bastante liviana en la trasposición de la directiva. Había más margen para que fuera menos complaciente con los prestamistas y más protectora de los derechos de los prestatarios”, señala Alberto Montero, de Unidos Podemos.
Las críticas no provienen solo desde la izquierda parlamentaria. También Ciudadanos, socio preferente del Gobierno, considera insuficiente la nueva norma y reclama que se incluyan medidas como el desarrollo de ficheros de solvencia positivos, la regulación de la responsabilidad en la concesión de créditos, así como un mecanismo de segunda oportunidad, algo que también defiende el PSOE. “Supone un avance respecto a la normativa vigente, que tenía numerosas deficiencias y agujeros, pero todavía tiene margen de mejora”, explica Roldán.
Sin dación en pago
La nueva ley modifica la cláusula de vencimiento anticipado, que permite a los bancos ejecutar el préstamo e iniciar el proceso de desahucio, para ampliar los umbrales. Hasta ahora se necesitaban tres impagos, pero la nueva ley establece el requisito de que el importe del impago supere el 2% del capital concedido o que se acumulen nueve impagos. En la segunda mitad de la hipoteca, el porcentaje de capital se eleva hasta el 4% y los imagos acumulados, hasta los 12 meses.
“Estos umbrales de incumplimiento nos parecen que no son homologables a la media europea, deberían situarse entre el 7% y el 10% del capital concedido”, apunta Saura.
El anteproyecto no incluye la dación de pago obligatoria para las nuevas hipotecas que se firmen a partir de ahora, por tanto, la deuda pendiente de pago no quedará saldada en el caso de que se entregue la casa al banco. Esto ha despertado las críticas. Tanto PSOE como Unidos Podemos se muestran dispuestos a incluir esta medida en el texto mediante enmiendas una vez que el proyecto de ley llegue a la Comisión de Economía del Congreso, algo que ocurrirá, en principio, después del verano.
“Falta un elemento esencial: la asunción de riesgos por parte de las entidades por la vía de la dación en pago, que constituye un elemento disuasorio. El contrato hipotecario se sustenta sobre una garantía, que debería bastarle al prestamista en caso de resolución de contrato”, dice Montero.
Además de la dación en pago, los partidos de la oposición creen que serían necesarias otras medidas que sirvan para prevenir futuras situaciones, como un sistema de mediación entre bancos y particulares, así como alternativas de vivienda. “Hay que establecer un sistema de mediación antes de que se vaya a realizar la ejecución hipotecaria”, explica Saura. “En la mayor parte de los casos en los que se produce una ejecución hipotecaria se trata de la vivienda habitual y se debe a una situación imprevista. Si la institución financiera cree que no es viable conceder ese préstamo o se produce el lanzamiento, habrá que buscar fórmulas habitacionales alternativas”, apunta Montero.
Por otro lado, la nueva legislación elimina la posibilidad de negociar los intereses de demora y establece el límite máximo de tres veces el interés legal del dinero. “Nos parece insuficiente, debería ser menor. Además, debería incluirse no solo el tope máximo, sino prohibir que se le incurran al cliente los gastos de gestión de impagados”, afirma Saura.