El ‘brexit’ y la Europa social
Los retos sociales europeos son enormes en diálogo con la profundización de una mayor unión política, fiscal y financiera
El reciente sí en el referéndum del brexit tiene diversos factores, entre los que cabe destacar el tradicional distanciamiento o recelo de Reino Unido respecto a la normativa social construida desde la Unión Europea.
El impulso del modelo social europeo tras la reforma de los tratados en 1992 recibió la reserva británica, luego levantada en 1997 por el Gobierno de Tony Blair.
A partir de entonces, la aplicación de la normativa social europea ha originado tensiones en Reino Unido al chocar con una tradición laboral menos intervencionista y con singularidades ajenas al modelo francés/alemán que ha inspirado numerosas directivas sociales. Las aclaraciones británicas a la Carta de Derechos Fundamentales de la UE, de alto contenido social, incorporada con fuerza vinculante al Tratado de Lisboa, respondieron de nuevo a estas resistencias. Reino Unido se encargó así de especificar que la Carta no crea nuevos derechos, salvo en la medida que su propia legislación los contemple, frenando así la posible capacidad extensiva social de su contenido. La jurisprudencia europea ha dado testimonio, en varios asuntos, de estas tensiones entre Reino Unido y la UE en cuestiones sociales, algunas de ellas derivadas del papel de los representantes de los trabajadores en consultas de decisiones empresariales, en el marco de las directivas europeas. Estos problemas y el escepticismo social motivaron, en parte, el compromiso de la UE con Reino Unido de 18 y 19 febrero de 2016 de profundizar en el principio de subsidiariedad, de enorme alcance en estas materias y que otorga un mayor papel político a los Estados.
De manera más concreta, la libre circulación de los trabajadores, que inspira toda la arquitectura social europea, ha puesto de manifiesto estas tensiones en Reino Unido, proclive a establecer exigentes requisitos legales en el acceso a prestaciones sociales de ciudadanos de Estados miembros. La jurisprudencia europea terminó aceptando esta posibilidad y descartando la discriminación por nacionalidad, vedada en la normativa comunitaria de libre circulación y de coordinación de regímenes de protección social (por ejemplo, TJUE de 14 junio de 2016). El reconocimiento de restricciones proporcionadas en el acceso de prestaciones sociales de nacionales de Estados miembros marca, en este sentido, el citado compromiso de la UE con Reino Unido a modo de cortafuegos ante la entonces amenaza del brexit.
"La aplicación de la normativa social europea ha generado tensiones con Reino Unido, con una tradición menos intervencionista”
Pese a todos estos esfuerzos, jurisprudenciales y diplomáticos, de contención de una posible salida británica, el resultado del sí inaugura un tiempo de gran incertidumbre. El puerto de llegada de este tradicional escepticismo británico respecto a la normativa social europea parece que será una separación de caminos, lo que también puede ser observado como una oportunidad para la UE. Una vez vencidas las principales resistencias a los avances sociales europeístas, la UE puede volver a impulsar iniciativas en la dirección marcada desde la reforma de los tratados en 1992 de “equiparación social por la vía del progreso”. Los retos sociales europeos son enormes en diálogo con la profundización de una mayor unión política, fiscal y financiera. El modelo laboral europeo debe tomar forma tras numerosas reformas nacionales en la misma dirección, está pendiente de construcción un auténtico sistema de autonomía colectiva supranacional y serán necesarios más esfuerzos solidarios entre el Norte/Sur en la socialización de los riesgos que preside nuestras sociedades del bienestar. Estos retos son ahora más viables sin el veto británico, pero seguramente exigirán también una Europa a dos velocidades, con aceptaciones estatales de mayor o menor cesión de soberanía social.
Como cualquier desvinculación, la salida de Reino Unido de la Unión Europea es dolorosa pero debe ser contemplada como una oportunidad para la Europa social. Además, las huellas mutuas son irreversibles. Reino Unido ha desarrollado internamente con sus normas una legislación social europea que seguramente, en su mayor parte, no será derogada. La UE tiene en su esencia ya el intercambio de pragmatismo, competitividad y flexibilidad laboral producto del diálogo anglosajón, sin que sea razonable renunciar a este sustrato. Como en el poema de Miguel Hernández, “entre las flores te fuiste; entre las flores me quedo”.
Jesús Lahera Forteza es profesor titular de Derecho del Trabajo de la Universidad Complutense y Consultor Abdón Pedrajas & Molero.