Los cinco mandamientos que la CNMV impone a los fondos de inversión
El supervisor exige que las carteras hagan un estriptis de sus decisiones de inversión, de sus gastos, de qué han votado en las juntas y de qué valores han sido los más rentables.
El mandato de Elvira Rodríguez al frente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), finaliza a inicios de octubre. Pero incluso en los últimos meses, la presidenta del supervisor de los mercados está más que dispuesta a dejar su impronta.
Además de la circular de advertencias sobre productos financieros inadecuados para particulares, que estará lista en los próximos meses, el organismo ha decidido tomar cartas en el asunto de la información que los fondos le mandan cada tres meses. Les impone cinco mandamientos.
El sector contaba a finales de mayo con un patrimonio de 220.000 millones de euros, solo con los fondos de inversión españoles; si se incluyen las sociedades de inversión de capital variable (sicavs), a las que también se aplica esta comunicación, la cantidad sube en 33.315 millones.
1. Los fondos, al igual que las empresas que cotizan en Bolsa, deben informar al supervisor trimestralmente. De su cartera, su patrimonio, su rentabilidad, entre otros muchos datos. Todo ello acompañado de un anexo explicativo. Pues bien, ese anexo era en la mayoría de los casos un "copia y pega" estándar de la gestora, que incluía un comentario general sobre la evolución de los mercados y los acontecimientos más destacados de la economía, fuera cual fuera el fondo o la sicav.
Ahora, la CNMV especifica que ese análisis "deberá individualizarse y concretarse" para cada fondo y este deberá relacionar la política general de inversión con la concreta de esa cartera en cuestión. Así, las gestoras "deberán explicar los cambios más relevantes de la cartera respecto del período anterior, como modificaciones en la ponderación de sectores, divisas, tipos de activos, áreas geográficas..."
Además, las gestoras resaltarán las inversiones o ventas concretas que hayan supuesto cambios significativos y "los valores que más hayan contribuido a su rentabilidad".
2 Las gestoras deberán poner negro sobre blanco qué activos se encuentran en "circunstancias excepcionales"; aquellos que estén en concursos de acreedores, suspensiones, litigos... Deberán incluir un resumen de esas situaciones, las medidas tomadas para enmendar los problemas e informar de la evolución del proceso y de su probabilidad de resolución.
Si el fondo ha recibido dinero de este tipo de activos en el periodo se deberá informar "de las cantidades y impacto en el valor liquidativo" y, en la medida de lo posible, de las cantidades pendientes que se prevén recuperar.
3. Los fondos deberán incluir en sus informes un resumen de la política sobre el ejercicio de los derechos de voto, tanto de valores nacionales como extranjeros. La forma en la que se ejerce y si está previsto que se ejerza.
Las gestoras deberán identificar los valores en los que se ha ejercido el derecho de voto y ofrecerán una justificación en caso de no haberse hecho cuando sea obligatorio. Además se ofrecerá una explicación "acerca del sentido (favorable o no), así como del no ejercicio del derecho de voto en el resto de los casos", agrega la nota de la CNMV.
La información sobre el sentido de los votos no será al por mayor para todas las carteras de la gestora, sino que la información se individualizará para cada uno de los fondos.
4 Los fondos explicarán los números que aparezcan en el informe. No bastará que muestren cifras sin contextualizar: "Se deberá explicar la información más relevante para el periodo y el fondo en cuestión, sin que sea suficiente la mera remisión a su contenido".
Deberán emplear la "ratio de gastos", la referencia que recoge el conjunto de gastos que soporta un fondo de inversión. Esta incluye no solo la comisión de gestión sino el resto de gastos, como las comisiones de depósito, de suscripción, reembolso, junto a los costes de administración, auditoría o distribución.
5. Los fondos de rentabilidad objetivo, que causaron furor en 2013, en 2014 y el año pasado, estarán más controlados. No están garantizados, pero sí ofrecen en el folleto una rentabilidad que se proponen conseguir en un plazo determinado. Así, la CNMV les obliga a informar de si están logrando el objetivo o no y de "si se han producido circunstancias que afecten al objetivo de rentabilidad previsto (impagados, deterioros de activos, por ejemplo) y cuantificando su impacto de manera aproximada".