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Tribuna
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La ‘desbancarización’ de las pymes

Desde 2010 la economía española se encuentra en un proceso de desbancarización donde las empresas, sobre todo las pymes, han tenido que adaptarse a un nuevo escenario ante la falta de liquidez y de financiación consecuencia de la crisis financiera. Las pymes españolas, por tradición excesivamente dependientes del crédito bancario, se han dado cuenta a lo largo de estos años de la necesidad de tener una estructura de pasivo diversificada.

Como consecuencia de ello, a día de hoy las entidades financieras han pasado de ser la única fuente de recursos ajenos del sector privado a ser un actor más en el conjunto de fuentes disponibles, como son el MARF (Mercado Alternativo de Renta Fija), los fondos de inversión especializados en deuda a empresas sin acceso directo a los mercados de capitales o los inversores privados comúnmente llamados business angels. En este sentido, y viendo el auge de los procesos de crowdfunding o micromecenazgo, la última actuación por parte del Gobierno ha sido establecer el marco regulatorio para este tipo de vías de financiación alternativa (Ley 5/2015, de 27 de abril, de Fomento de la Financiación Empresarial). Dicha ley ha sido la que ha permitido a Pikolin emitir deuda en el MARF, convirtiéndose así en la primera colocación de bonos de una sociedad limitada española.

Los empresarios en búsqueda de financiación alternativa a la bancaria deberán tener en cuenta además del inevitable binomio rentabilidad-riesgo (a iguales condiciones de riesgo, optar por la inversión con mayor rentabilidad y, a iguales condiciones de rentabilidad, optar por la inversión con menor riesgo), una serie de requerimientos que exigirán una mayor transparencia y profesionalización del negocio.

Así pues, ¿cómo mitigan los proveedores de fondos no bancarios el asumir un mayor riesgo? Ante la ausencia de garantías reales, o mecanismos de conversión de la futura deuda en acciones, las empresas en búsqueda activa de financiación sin acceso a los mercados de capitales (tanto las que operan en la economía clásica como las de nueva creación o startups) deberán ofrecer un esquema de garantías alternativo ambicioso, con el objetivo de otorgar el suficiente confort a los potenciales inversores dispuestos a asumir el riesgo de convertirse en acreedores.

Dicho esquema comprende la presencia en los órganos de gobierno y dirección de la empresa por parte del acreedor, donde se otorgue el derecho a recibir información con carácter mensual o trimestral sobre la actividad del negocio, así como el derecho de veto ante determinadas decisiones que puedan afectar a la capacidad de repago de la deuda, como son sacar de la estructura societaria los negocios que proporcionan ingresos recurrentes, la venta de activos significativos o el incremento del endeudamiento de la empresa mientras esté viva la financiación. En resumen, las frecuentemente denominadas obligaciones de no hacer.

Para fortalecer la relación de confianza entre deudor y acreedor y aumentar la transparencia, unos compromisos estarán ligados a una mayor disciplina financiera, como por ejemplo el someter a auditoría independiente voluntaria las cuentas anuales, y otros, ligados a la retención del talento, como el mantener al equipo directivo clave.

Como conclusión, vemos que la desbancarización en nuestro país es una realidad sin vuelta atrás: sin olvidar a las muchas empresas que, con proyectos sólidos, se han quedado por el camino. Dicho proceso ha traído numerosos efectos positivos a las pymes, entre los que destacan la transparencia y la profesionalización financiera.

En este nuevo contexto, y con un marco normativo establecido, esperemos que cada vez más agentes decidan financiar directamente a las pymes, tal y como sucede en Estados Unidos, donde además de los fondos de deuda y los mercados de capitales, existe una amplia financiación institucional por parte de fundaciones, fondos de pensiones y aseguradoras.

Pedro Tomás es director del área de Transaction Services & Restructuring de Olleros Abogados. Elena Hortelano es asociada del área de ‘transaction services & restructuring’ de Olleros Abogados.

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