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Un 43,1% más partícipes de 2012 a 2014 según Inverco

¿Cuánto tributarás en la declaración por tus fondos de inversión?

Cuánto tributarás por tus fondos de inversión

Uno de los instrumentos para obtener rentabilidad de los ahorros que está cobrando más protagonismo en los últimos tiempos debido a la bajada de los intereses de los productos más tradicionales como por ejemplo depósitos o cuentas remuneradas, son los fondos de inversión. Gracias a una cartera diversificada y gestionada por profesionales es posible minimizar los riesgos que este tipo de producto plantean.

De hecho según Inverco (Asociación de Instituciones de Inversión Colectiva y Fondos de Pensiones), el patrimonio que se ha invertido en Fondos y Sociedades de Inversión ha aumentado en Espala en 110.326 millones de euros, es decir, un incremento del 54,2% de 2012 a 2014. También el número de partícipes españoles ha aumentado, concretamente un 43,1% durante el mismo periodo.

Pero ¿sabemos cómo tributan los fondos de inversión?

La sociedad gestora invierte todo el dinero aportado por los ahorradores (partícipes) en distintos activos financieros (renta fija, renta variable, derivados, depósitos bancarios...), que constituyen el patrimonio del fondo.

Antes de producirse la reforma fiscal, los fondos de inversión tributaban de 0 a 6.000 euros al 21%, de 6.000 euros a 24.000 euros tributaban al 25% y más de 24.000 euros al 27%.

Los rendimientos obtenidos en periodos menores a 1 año, se integrarán en la base imponible general, sumándose al salario y demás rentas, y tributarán al tipo marginal del contribuyente. El resto, lo harán como ganancia patrimonial junto con el resto de rentas del ahorro.

Con la reforma fiscal en vigor desde el 1 de enero de 2015 los tipos bajan y se deja de diferenciar entre ganancias a menos de un año y a más de un año. La nueva fiscalidad es la siguiente:

La ventaja de los fondos de inversión con respecto a otros instrumentos

No habrá que pagar impuestos por las ganancias obtenidas siempre que se destinen a comprar otro fondo (traspasos), lo que permite obtener más beneficios de esos impuestos que no estamos pagando.

Con la ya conocida reforma fiscal, también se elimina el régimen transitorio de Coeficientes de Abatimiento. Antes a la reforma, parte de la plusvalía obtenida por la venta de un fondo de inversión comprado antes de 1994 está exenta. Al suprimirlos, el importe sobre el que se tributará será superior. Puede suceder que los inversores que se encuentren en dicha situación hayan decidido vender el/los fondos que cumplan estas características antes de que finalizase el 2014. Hacienda fija un límite de 400.000 euros que no se aplica individualmente por cada operación, sino que se tiene en cuenta la suma total de ganancias patrimoniales (en acciones, fondos de inversión, venta de inmuebles) a partir del 2015, hasta que se agoten los 400.000 euros).

Mención aparte merecen los FI Garantizados, ya que la fiscalidad puede variar con respecto de los tradicionales y es un producto muy comercializado por la Banca Comercial. Los FI garantizados aseguran todo o parte del capital invertido a una determinada fecha prefijada. La garantía viene dada por “El Garante”. Esta entidad asume el compromiso de aportar la cantidad necesaria para que el partícipe conserve su inversión inicial, si la evolución de la cartera del fondo no ha cumplido las expectativas del capital garantizado.

Se pueden dar dos tipos de situaciones:

Una de las principales ventajas de los fondos de inversión es el poder traspasar de un fondo de inversión a otro sin tributar, el participe decide en todo momento cuando tributa y esta ventaja la perderíamos en esta clase de fondos.

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