Acercamiento a los nuevos contratos de trabajo
Hasta este año, existían 42 tipos de contrato diferentes. Pero con el auge de la creación de empresas y alta de nuevos autónomos, el Gobierno se ha dado cuenta de la necesidad de simplificar los contratos de manera que las empresas lo tengan más fácil a la hora de solicitar personal. De esta manera, con la reforma laboral, desde el 1 de enero de este año sólo hay cuatro tipos de contratos de trabajo: indefinido, temporal, contrato de formación-aprendizaje y contrato en prácticas. Además, se pueden realizar de manera telemática, gracias a la instalación de un asistente online. El objetivo es facilitar la contratación y fomentar que las empresas y autónomos oferten empleo.
Se deben conocer todas las características y condiciones de cada uno de los contratos, para poder decidir cuál aplicar en cada caso concreto.
Contrato indefinido: no se establecen límites de tiempo ni por parte del trabajador, ni de la empresa. Puede ser a tiempo parcial o completo, en función de si trabaja toda la jornada o sólo media. Especialmente las pymes y los autónomos deben tener en cuenta que existen bonificaciones en la Seguridad Social.
Contrato temporal: se establece un tiempo definido en la que el trabajador presta los servicios a la empresa. Dentro de los contratos temporales, pueden ser por obra y servicio (para un proyecto concreto), interinidad (funcionariado) o eventual (un momento en el que la empresa tiene un exceso de producción). Sólo se puede contar con contrato de este tipo un máximo de 3 años (4 en algunos convenios) y, pasado ese tiempo, el trabajador debe ser indefinido.
Contrato de formación – aprendizaje: con el objetivo de formar a un trabajador, se alterna una actividad laboral con una formativa. Dirigido a jóvenes entre 16 y 25 años, con una duración mínima del contrato de un año y máxima de tres.
Contrato en prácticas: las mismas condiciones que el de formación – aprendizaje, pero destinado a los recién graduados, menores de 25 años, en busca de su primera salida laboral. El contrato es de un año, ampliable hasta un máximo de 3 años.