El proyecto de ley de refinanciación se retrasa en espera de más cambios
Desde el pasado 8 de marzo está en vigor la nueva norma sobre refinanciaciones y reestructuraciones, que pretende evitar la entrada en concurso de acreedores de empresas con graves dificultades financieras pero con un proyecto viable para su supervivencia. Aprobado por el Gobierno el real decreto que permite la capitación de deuda, sin petición de concurso de acreedores de por medio, el texto, ya en vigor, está pendiente ahora de su convalidación en el Congreso como proyecto de ley, un proceso que sin embargo va a demorarse más tiempo del previsto.
El plazo tope inicial para la presentación de enmiendas era en principio el 7 de abril, una fecha que se amplío al día 11 y que se ha vuelto a retrasar hasta el próximo 16 de abril. Fuentes del Partido Popular afirman que la formación –la única con verdadera influencia para sacar adelante en el Congreso posibles modificaciones– no tiene previsto introducir enmiendas, si bien no descarta que el plazo para su presentación se amplíe de nuevo. Después de todo, el real decreto ya está en vigor y aún hay que comprobar cómo será su puesta en práctica.
Fuentes financieras reconocen sin embargo que hay aspectos del texto legal que han generado controversia y que se están sometiendo a debate, con la intención de que el proceso de presentación de enmiendas pueda incorporar algunos cambios. Uno de los puntos más polémicos es la novedad por la que se arrebata a la CNMV la competencia exclusiva de conceder dispensas en el lanzamiento de opas cuando un accionista supere el 30% del capital en un supuesto concreto.
A partir de ahora, cuando una cotizada esté en preconcurso “no será necesario el acuerdo de dispensa cuando las operaciones [de capitalización de deuda] se hubieran realizado como consecuencia directa de un acuerdo de refinanciación homologado judicialmente”.
La ley de opas de 2007 ya incluye la exención en la obligación de lanzar una opa por el 100% del capital cuando haya una capitalización de créditos “para garantizar la recuperación financiera a largo plazo de sociedades cuya viabilidad financiera esté en peligro [...]”. Eso sí, se tenía que solicitar la bula a la CNMV, y esta tenía que dar luz verde en un plazo máximo de 15 días.
El supervisor es sustituido ahora por un experto independiente que nombrará “el registrador mercantil del domicilio del deudor”. Será un analista ajeno y que puede estar pagado por los propios acreedores, señalan fuentes jurídicas. Se abre la puerta por tanto a que hedge funds que han comprado deuda de la sociedad encuentren así una suerte de caballo de Troya que les facilite el control de la cotizada sin ningún tipo de obstáculo.
La presidenta de la CNMV, Elvira Rodríguez, aseguró en un reciente foro organizado por Cinco Días que la normativa quiere “garantizar la permanencia de las empresas de los fondos a medio y largo plazo”, por lo que en última instancia los fondos especulativos que busquen la adquisición de una cotizada por la puerta de atrás para después revenderla por piezas al mejor postor no estaría permitida. Eso sí, Rodríguez señaló que estaría muy pendiente de la aplicación de la nueva ley.
Una de cal y otra de arena
El real decreto de refinanciación de empresas ha modificado el papel que juega la CNMV cuando un acreedor capitaliza deuda de una compañía en dificultades y llega a superar el 30% del capital. El supervisor ya no tendrá que dar su visto bueno de forma expresa. Para Carlos de Cárdenas, socio de Uría y Menéndez, “no hay que penalizar con la obligación de lanzar una opa al acreedor que no tenga más remedio o esté dispuesto a capitalizar deuda para garantizar la viabilidad de una empresa, con independencia de que el acreedor sea un banco o de un hedge fund. Los acreedores necesitan tener certeza de que no tendrán la obligación de lanzar opa si capitalizan su deuda, de lo contrario no lo harán y el objetivo principal del real decreto-ley en materia de refinanciación se verá frustrado respecto a las compañías cotizadas. El interés público, que es garantizar la viabilidad de la empresa, debería estar por encima del privado de los accionistas de recibir una opa”. Fernando Torrente, socio de Cuatrecasas, opina en cambio que “se abre una puerta peligrosa que pueden aprovechar los fondos oportunistas para hacerse con el control de una empresa, al capitalizar la deuda, sin necesidad de opa. El juez homologa la refinanciación pero no valora la exención de la opa, no tiene la competencia que ahora tiene la CNMV. Hay que analizarlo con calma pero conviene corregir este desajuste”.