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El Foco
Tribuna
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Financiación: cualquier iniciativa es bienvenida

La existencia de una potente red bancaria en nuestro país ha propiciado un alto grado de dependencia de las empresas españolas a la hora de financiar sus operativas e inversiones, máxime en aquellas de menor dimensión. Los efectos de esta llamada bancarización de la financiación del tejido empresarial se han hecho más evidentes en la última etapa de expansión de nuestra economía, donde el crédito a familias y empresas triplicaba las tasas de crecimiento económico. En el momento actual, en el que se ha restringido el acceso al crédito, resulta necesario articular medidas que permitan equilibrar el coste de financiación de las empresas buscando formas complementarias y alternativas de financiación que se adapten a necesidades concretas y que sienten las bases de una modernización regulatoria adaptada a las actuales exigencias de los mercados financieros.

La escasez de crédito está fuertemente condicionada por la situación económica de estancamiento que ha venido sufriendo la economía española, al tiempo que la profunda reestructuración de sector bancario, aunque nos conduzca a escenarios más amables, requiere todavía del empleo de muchas energías. En este contexto son bienvenidas la batería de iniciativas gubernamentales que se han aprobado recientemente y que pretenden aliviar la situación de tensión crediticia descrita. Así, el 8 de marzo, el Boletín Oficial del Estado publicó un real decreto-ley por el que se adoptan medidas urgentes en materia de refinanciación y reestructuración de deuda empresarial. Una norma para facilitar los acuerdos entre los distintos acreedores, a través del consenso en el planteamiento de quitas y de que parte de esa deuda sea convertida en capital, lo que permita desbloquear la refinanciación y dar continuidad a empresas con negocio y flujo de ingresos solventes. De esta manera, los acuerdos de refinanciación suponen verdaderos planes estratégicos en la maximización del valor de los activos, la reducción del pasivo y evitando el concurso de la empresa. El ingreso contable que surge al capitalizar una deuda, ingreso que también es fiscal, desaparece, lo que supone un ahorro tributario y un incentivo para que las empresas acreedoras acudan a esta vía.

Como medida que acompaña a la normativa indicada, se orquesta un beneficio para la empresas inmersas en concurso de acreedores, de tal manera que al producirse una quita, el ingreso derivado de la misma ya no tributará en ese momento, sino que se irá difiriendo a medida que se contabiliza el gasto, lo que supone un verdadero respiro financiero para empresas inmersas en serias dificultades económicas.

Dentro de este discurso, bienvenidos sean los dos anteproyectos de ley del Ministerio de Economía, para el fomento de la financiación empresarial y el relativo a entidades de capital riesgo. El primero pretende sentar las bases para fortalecer flujos de inyección directa de capital con siete nuevas formas de financiación no bancaria para empresas. El segundo promueve mecanismos de financiación mediante instrumentos de capital y deuda de las empresas en sus primeras etapas de desarrollo y expansión.

Ahora es necesario articular medidas que permitan equilibrar el coste de financiación de las empresas

Se agolpan a estas propuestas normativas otras iniciativas en esta dirección, como es el real decreto aprobado a finales del pasado año por el que se desarrollan aspectos del marco regulador del sector bancario. El mismo establece tratamientos fiscales amables para el sector, de tal manera que aquellos créditos por insolvencia que no se recuperan por pérdidas puedan ser convertidos en créditos exigibles frente a la Administración tributaria.

Otros aspectos que se están observando en este contexto de escasez crediticia son reseñables en la elogiable búsqueda de fórmulas de descongestión del mercado de la financiación. Un ejemplo claro de estas nuevas fórmulas lo constituyen el crowdfunding, del que se fijarán las bases de regulación para que tanto el inversor como la empresa conozcan las reglas del juego, y el capital semilla, con el que la mayoría de la comunidades autónomas están estableciendo incentivos fiscales a inversores en las fases de inversión y desinversión incluso cuando se invierte en empresas que cotizan en el Mercado Alternativo Bursátil (MAB). Actualmente la Administración estatal también protege este tipo de financiación, especialmente utilizada por los emprendedores que quieren desarrollar pequeños proyectos pero encuentran dificultades para acceder a las líneas de crédito del sector bancario.

Habrá que prestar mucha atención y dedicación a la regulación mercantil y fiscal de estas iniciativas al objeto de que puedan tener un desarrollo positivo para proyectos empresariales no baldíos.

Habrá que prestar mucha atención a la regulación mercantil y fiscal de estas iniciativas

Entendemos que es momento de dejar a un lado las palabras y aprovechar la oportunidad histórica en que nos encontramos para desarrollar en España mecanismos alternativos de financiación no bancaria que reduzcan nuestra vulnerabilidad a posibles crisis crediticias. Para ello, tenemos que trabajar decidida y coordinadamente, todos –inversores, pymes y autoridades–, fortaleciendo las exigencias de transparencia y protección de los inversores y garantizando la coherencia de todas y cada una de las distintas normas que componen este mercado regulatorio, especialmente en el ámbito fiscal y mercantil, aportando claridad y seguridad jurídica, y haciendo compatible la conceptualización y puesta en práctica de tendencias internacionales de probado éxito y utilidad en países de nuestro entorno.

Independientemente del recorrido que puedan tener todas estas nuevas regulaciones en el entorno de la pequeña y mediana empresa o de cómo se conjuguen con los estrictos ratios de solvencia de nuestras entidades bancarias, sea bienvenida la búsqueda de iniciativas que alivien la tensión crediticia actual.

Valentí Pich Rosell es presidente del Consejo General de Colegios de Economistas.

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