Innovación en tiempos de crisis
Las dificultades económicas hacen que el Gobierno se olvide de pensar en soluciones a largo plazo. El autor explica cómo se pueden fomentar esas estrategias con la compra pública de tecnología innovadora.
Cuando el Gobierno dice que la gravedad de la situación exige una drástica política de recortes en todos los ámbitos de la Administración, los ciudadanos podemos entenderlo aunque, claro está, no coincidamos necesariamente ni en su intensidad ni en cuáles de esos ámbitos deberían estar cargándose prioritariamente las tintas. En lo que, sin embargo, sí parece existir un amplio consenso es que es un craso error el hecho de que en el proceso que ha llevado a definir esos dos parámetros, es decir, dónde y cuánto recortar, no se haya pensado (aparentemente) en el después de la crisis, y no se estén planteando en paralelo políticas de largo plazo que ayuden a paliar en lo posible los efectos negativos de los recortes, aplicando a rajatabla el argumento simplista de que “ahora no es eso lo que toca”. Evidentemente, si hablamos de ámbitos que, por su naturaleza, exigen pensar en el largo plazo, como sin duda es el de la innovación, esas políticas, siempre necesarias, se convierten en imprescindibles.
Poner en marcha algunas políticas ya aprobadas sería de gran ayuda para cuidar el actual sistema de innovación
Algunas de estas políticas no es necesario inventarlas puesto que ya están planteadas e incluso aprobadas, y su definitiva puesta en marcha sería sin duda de gran ayuda para cuidar nuestro maltrecho sistema de innovación. Estas líneas tratan precisamente de una de ellas, la llamada compra pública de tecnología innovadora. En sintonía con lo dicho anteriormente, en la mayoría de los países de la OCDE el fomento de la innovación hace tiempo que dejó de ser considerado una simple cuestión de establecer políticas específicas de corto plazo, pasando a plantearse estrategias, y por tanto a establecer un conjunto de políticas no solo de corto sino, sobre todo, de largo plazo. Ya no se habla de políticas, sino de estrategias de innovación.
Además de pensar a largo plazo, estas estrategias también exigen la implicación no solo del Ministerio de Economía y Competitividad, que es formalmente el responsable del fomento de la innovación, y por tanto de establecer las políticas de apoyo directo a la misma, sino también de aquellos ministerios responsables de establecer y ejecutar las políticas de demanda de bienes y servicios, como queda establecido en la actual Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. La compra pública de tecnología innovadora se utiliza cuando una entidad pública adjudica un pedido de un producto o sistema que no existe en ese momento, pero que puede probablemente desarrollarse en un periodo de tiempo razonable y, por esto, requiere el desarrollo de tecnología nueva o mejorada para poder cumplir con los requisitos demandados por el comprador.
"Muy poco se ha avanzado hasta ahora en la efectiva puesta en práctica de la compra pública de tecnología innovadora”
Este instrumento de política de innovación es muy adecuado porque facilita de forma natural la consecución de varios objetivos. Naturalmente, y en primer lugar, supone un estímulo a la innovación en las empresas involucradas. En segundo lugar, ayuda a tener mejor atendidos los servicios públicos al aportar soluciones especialmente orientadas al problema que se trata de resolver, lo cual daría cumplida satisfacción a las aspiraciones de los ministerios inversores. Por último, debe ser del agrado del propio Ministerio de Economía y Competitividad ya que supone una potencial fuente de exportaciones, puesto que, en la mayoría de los casos, los nuevos productos o servicios desarrollados serán de aplicación a otros países que tienen problemas que resolver análogos a los nuestros.
Aunque en España ya hemos avanzado en el establecimiento de esta política, ocurre como casi siempre que su aplicación no está siendo ni fácil ni inmediata. Es cierto que ya se superó un importante escollo con la publicación de la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público, que eliminó todos los obstáculos legislativos a este instrumento que, hasta entonces, planteaba dudas sobre su validez jurídica. Es igualmente cierto que en julio del año 2011 se aprobó en Consejo de Ministros la regulación de la Compra Pública de Tecnología Innovadora, que obliga a todos los ministerios compradores a especificar en sus presupuestos las cifras que van a destinar a esta modalidad de contratación, habiendo establecido posteriormente el Gobierno el objetivo de que en 2013 la compra pública innovadora alcance el 3% del Presupuesto de la Administración General del Estado, pero lo cierto es que muy poco se ha avanzado hasta ahora en su efectiva puesta en práctica.
En otros países, ya se emplea sin complejos este tipo de políticas de ayuda a sus propias empresas
Hay quienes dentro de las entidades públicas compradoras no ven con buenos ojos este instrumento, al pensar que lo que se tiene que hacer es comprar la solución más barata del mercado, con tal de que cumpla con los requisitos del pliego de condiciones que ellos mismos han establecido. Opinan, equivocadamente, que el ocuparse de la innovación y desarrollo de las empresas españolas no es asunto de su ministerio, sino exclusivamente del de Economía y Competitividad. Igualmente, hay quien piensa que el instrumento atenta contra las reglas del libre mercado, pero no seamos más papistas que el Papa. Además de que, como se ha dicho, la Ley 30/2007 deja clara su legalidad, habría que preguntar a los que dudan de su validez si de verdad creen que en los demás países (y me atrevería a decir que tanto más cuanto más presumen de liberales) no se emplea sin complejos este tipo de políticas de ayuda a sus empresas. Estas dos opiniones se contradicen hoy con nuestra legislación, como queda bien claro en las citadas leyes de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación y de Contratos del Sector Público.
Es necesario por tanto dar un impulso definitivo a esta iniciativa para que el concepto de compra pública de tecnología innovadora no se quede solo en buenas palabras y que se convierta efectivamente en el magnífico instrumento que potencialmente es. Para ello habría que empezar exigiendo a la Administración el cumplimiento del citado objetivo del 3% para el año 2013.
Hay que reconocer, sin embargo, las dificultades de aplicación de este instrumento. Deberemos, cuanto antes, familiarizarnos con las prácticas que faciliten su aplicación, tanto por la parte pública como por la privada. Por ejemplo, se debería poder contar con una vigilancia tecnológica y de mercados que permitiera proponer las mejores soluciones a las necesidades previstas por los organismos compradores y prever la posible evolución de las tecnologías asociadas a unos productos y sistemas que normalmente tendrán una larga vida útil, lo cual aportaría una visión estratégica que multiplicaría los beneficios de la política. Igualmente sería conveniente facilitar el diálogo técnico entre el organismo público comprador y las posibles empresas ofertantes, como paso previo a la apertura del proceso formal de la compra, a fin de solicitar o recibir asesoramiento que podría ser útil para la determinación del pliego de condiciones. Este diálogo técnico podría incluir la gestión de ofertas no solicitadas que presentarían las empresas para sugerir soluciones y oportunidades de utilidad para el sector público.
En resumen, habiendo resuelto todos los problemas jurídicos de este prometedor instrumento de política de innovación, y existiendo en principio una voluntad del Gobierno de convertirlo en una realidad, aún queda darle el impulso definitivo que permita llevarlo de una vez por todas a la práctica y así convertirlo en un importante estímulo para nuestro sistema de innovación tanto en el delicado momento actual como, sobre todo, pensando en el después de la crisis.
Antonio de Carvajal Salido es miembro destacado del Foro de Empresas Innovadoras (FEI).