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Alberto Alonso Ureba. Socio fundador de Ramón y Cajal Abogados

"Los bufetes han aportado mucho a las fusiones frías"

Catedrático de Derecho Mercantil de la Universidad Rey Juan Carlos y socio fundador de la firma, es además consejero independiente de varias sociedades cotizadas

"Los bufetes han aportado mucho a las fusiones frías"
"Los bufetes han aportado mucho a las fusiones frías"PABLO MORENO

Después de haber representado a Caixa Galicia en la fusión con Caixanova, asesorado en derecho de la competencia en el SIP (sistema institucional de protección) de Banca Cívica, liderado por Caja Navarra, en la fusión fría de Caja de Guadalajara con Cajasol y en la de Bancaja con Caja Madrid, Ramón y Cajal Abogados se ha posicionado como uno de los bufetes que más han contribuido en el nuevo sistema de fusión protagonizado por las cajas.

¿Cuál es la característica principal de este tipo de fusión?

Se trata de un mecanismo que permite poner en común solvencia y liquidez a varias entidades financieras manteniendo la propia personalidad jurídica. Entre sus ventajas destaca el hecho de poder ser creativos gracias a su escasa regulación, pero a su vez, tiene el riesgo de contener algunos elementos de inseguridad jurídica.

¿En qué sentido han podido ser los bufetes creativos?

Los despachos han aportado mucho en estas fusiones frías gracias a la falta de regulación. La gran mayoría se han instrumentando a través de la creación de un banco participado por las cajas y que, a su vez, controla a las cajas.

¿Cómo se puede ejecutar esto jurídicamente?

Se ha hecho a través de lo que se llaman los grupos contractuales. Es decir, es un contrato normal, denominado contrato de integración, que realizan las cajas con el banco que ellas mismas crean y en virtud del cual, las cajas ceden al banco resultante el control de todas las políticas comerciales, de negocio, estratégicas, de responsabilidad social y, a la vez, se someten a las instrucciones que, de forma política, establece el banco.

Esto abre nuevas vías de financiación, ¿no es así?

Sí, esta fórmula implica comunicación financiera. ¿Qué significa esto? Que la financiación de un banco es también financiación de las cajas. Como hay comunicación de solvencia y de liquidez, el banco tiene posibilidad de financiación con instrumentos a los que las cajas no pueden acceder y, en definitiva, esa financiación del banco resulta una vía para financiar las propias cajas.

¿Incluso, con salidas a Bolsa?

Nos referimos a todo lo que un banco puede hacer para captar financiación. El banco puede salir a Bolsa, lo cual tiene una doble ventaja. La primera, que puede captar recursos en el mercado en competencia con los demás bancos. Pero algo más importante, los mercados bursátiles podrán testar a las cajas gracias a la cotización del banco, algo que ahora no pueden hacer. De hecho, las cuotas participativas, que podrían haber sido un sistema de testar del mercado, al final han demostrado, por su escaso desarrollo, que no ha sido así.

¿Y cuáles son los inconvenientes?

Hay un reto de eficiencia. Se crea un banco, pero subsisten todas y cada una de las cajas. Esto implica multiplicación de estructuras organizativas. Todavía es pronto para saber si las fusiones frías conseguirán ser tan eficientes como las tradicionales. Y el otro aspecto es la inseguridad jurídica.

¿En qué sentido?

Las fusiones frías tienen escasa regulación y crean un elemento de inseguridad desde el punto de vista del derecho, que resulta muy importante también para los mercados. Es fundamental que haya una reforma normativa en la Ley de Cajas o en cualquier otro marco legal que regule distintos aspectos de la fusión fría, como es su fiscalidad y consolidación.

Como asesores, ¿qué reclamarían?

Es preciso que la creación de estos bancos esté protegida por neutralidad fiscal. Normalmente, las empresas cuando se reestructuran en fusiones están sometidas a un régimen de neutralidad fiscal. En el SIP, como no es una fusión de verdad ni hay una consolidación de balances, las operaciones entre el banco nuevo y las cajas accionistas de ese banco podrían, en teoría, estar sujetas al IVA, generar diferentes impuestos o plusvalías. Hay que darles plena seguridad.

"Es necesario rebajar los criterios de minutación"

Al acabar la entrevista, otro de los socios fundadores de Ramón y Cajal Abogados se incorpora a la conversación. Rafael Mateu de Ros se muestra muy concienciado con los tiempos que estamos atravesando y que también afectan a la abogacía. En este sentido, aboga por una rebaja de la minuta. "No sólo es legítimo sino necesario que los despachos de abogados hagan su contribución a la gestión de la crisis rebajando notablemente los criterios de minutación de servicios que, sobre todo en determinadas áreas, habían alcanzado cifras exageradas en el pasado. Ya es habitual aplicar reducciones entre el 15% y el 50% y asumir asuntos, procesales o de otra naturaleza, con un 100% de retribución variable", explica. También se refiere a la recientemente aprobada Ley de Auditoría. "Estamos satisfechos con la forma en que la nueva Ley de Auditoría aborda el ejercicio de la abogacía por las firmas vinculadas a sociedades de auditoría. No se pueden poner puertas al campo y algunas de esas firmas ofrecen servicios jurídicos de estimable valor" añadió.

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