_
_
_
_
Tribuna
Artículos estrictamente de opinión que responden al estilo propio del autor. Estos textos de opinión han de basarse en datos verificados y ser respetuosos con las personas aunque se critiquen sus actos. Todas las tribunas de opinión de personas ajenas a la Redacción de EL PAÍS llevarán, tras la última línea, un pie de autor —por conocido que éste sea— donde se indique el cargo, título, militancia política (en su caso) u ocupación principal, o la que esté o estuvo relacionada con el tema abordado

El negro futuro nuclear en España

La polémica sobre la prórroga del plazo de vigencia de la central de Santa María de Garoña y el interés por recuperar la minería del uranio en España han vuelto a plantear el debate sobre la energía nuclear.

España cuenta con la segunda mayor reserva de uranio de Europa. Sin embargo, su explotación se abandonó definitivamente en el año 2000, obligando a importarlo actualmente de Canadá, Australia o Níger.

El debate se ha centrado en una presunta antítesis entre cuestiones medioambientales y progreso económico y tecnológico. Pero ya se han alzado voces reclamando una modificación normativa tendente a la apertura de nuevas instalaciones (la última tuvo lugar en el año 1987) y a la explotación de las reservas. Nuestra Ley de Energía Nuclear, que se remonta a 1964, se halla manifiestamente obsoleta.

España dispone en la actualidad de seis centrales nucleares y ocho reactores. Generan el 17,8% de la energía eléctrica a nivel nacional (*), pero dejarán de funcionar en un plazo de cinco años. Para el verano de 2010 está previsto el cierre de Almaraz y Vandellós II, en el año 2011 dejarán de funcionar Cofrentes y Ascó, Garoña en 2013, y Trillo en noviembre de 2014.

Por su parte, Francia dispone de 20 centrales nucleares (con 59 reactores) lo que supone un 76,8 % de la energía eléctrica generada (*). La legislación francesa data de los años cincuenta, habiendo sido revisada entre los años 2003 y 2004 a fin de regular los dos problemas fundamentales relacionados con la energía nuclear: la seguridad y la gestión de los residuos.

Alemania tiene 17 centrales que representan el 23,2% de la energía eléctrica. Su legislación se ha reformado en los años noventa y ampliado durante la presente década.

Estados Unidos posee 104 centrales nucleares, suponiendo el 19,4% de la energía eléctrica generada. La Administración norteamericana ha apostado claramente por la energía nuclear introduciendo recientemente novedades legislativas, prorrogando autorizaciones de las centrales existentes y permitiendo la ampliación de su capacidad de producción. No está prevista una próxima fecha de cierre, y sí en cambio la apertura de nuevas instalaciones.

Tras unificarse procedimientos dispersos y simplificado trámites, la autorización combinada a través de la Nuclear Regulatory Commission (NRC), permite simultáneamente la construcción de la instalación y el desarrollo de la actividad (**).

En España, ni está prevista la apertura de nuevos reactores ni el Gobierno tiene intención de hacerlo. Tampoco existe programa alguno, con el consiguiente incremento del precio de la energía para el consumidor y el aumento de la dependencia externa.

Elemento común en los países citados es que, al margen de su diferente organización territorial, se reserva al Estado la iniciativa, gestión y decisión sobre la materia, posibilitando la simplificación de trámites y agilización de procesos.

En España, la aprobación de proyectos relacionados con la energía nuclear (tanto sobre generación como para extracción de materias primas) requiere una masiva intervención de diversas Administraciones a través de un nutrido complejo de autorizaciones e informes a nivel estatal, autonómico y local.

Y en punto a actividades extractivas de minerales radioactivos e implantación de instalaciones, distintos municipios ya han anunciando su propósito de reclasificar terrenos para prohibir la investigación y desarrollo.

En nuestro sistema, el Estado tiene competencia exclusiva sobre "bases del régimen minero y energético", pero parece improbable que la supremacía (teórica) del interés general de España posibilite una reforma de nuestra legislación sectorial que contemple una necesaria subordinación de las distintas competencias concurrentes a las del Estado.

Lamentablemente se vislumbra lejano el tiempo en que proyectos vitales para el desarrollo energético, tecnológico y económico de España no se vean obstaculizados por localismos y particularismos o por prejuicios basados en la ignorancia o en la demagogia.

(*) Datos correspondientes a enero de 2008; fuente: web de la Nuclear Energy Agency y web del Consejo de Seguridad Nuclear).

(**) Future of Nuclear Power, informe elaborado por el Massachusetts Institute of Technology (en su actualización para el año 2009 del informe del año 2003).

Manuel Marina. Socio de Dutilh Abogados

Archivado En

_
_