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Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Un marco para el sector energético

Uno de los capítulos que ha marcado la vida económica de la legislatura ha sido la pugna por controlar Endesa, resuelta finalmente con su compra por Enel y Acciona, pero que dejó un largo expediente en Bruselas. El Tribunal de Justicia europeo dio ayer el primer carpetazo a ese expediente. Y, como se esperaba, dictaminó que España incumplió sus obligaciones al negarse a retirar las condiciones impuestas a la frustrada opa de Eon por la compañía que presidía Manuel Pizarro. Los jueces comunitarios recuerdan al Gobierno que no se puede ignorar un dictamen de la Comisión Europea simplemente por no estar de acuerdo con ella. La sentencia no entra a valorar si las condiciones exigidas a la compañía alemana para hacerse con Endesa se adoptaron para proteger un interés legítimo o no. Se limita a constatar que España violó la ley al negarse a retirarlas, como reclama la comisaria europea de Competencia, Neelie Kroes.

La comisaria, por supuesto, cantó ayer victoria. Proclamó el fallo como señal inequívoca de que los Estados no pueden condicionar por su cuenta o impedir fusiones autorizadas por Bruselas. Tiene motivos para estar satisfecha, cuando varios Estados, como Polonia, Hungría, Bélgica o Francia han puesto en duda la autoridad de su departamento. Casos, por cierto, en los que no ha sido tan beligerante como contra España.

Al margen de satisfacciones personales de la comisaria, lo cierto es que la sentencia no resuelve el inevitable conflicto entre jurisdicciones en un sector tan estratégico y poco integrado como el energético. Bruselas sigue reclamando la supremacía del derecho de la competencia salvo en casos excepcionales que afecten a la seguridad nacional. Madrid cree que la seguridad del suministro energético debe valorarse como una de esas excepciones que permiten a un Estado poner condiciones a ciertas operaciones empresariales, aunque hayan sido autorizadas por la Comisión.

La sentencia se limita a constatar un fallo de procedimiento del Estado español, pero no aporta ni un solo elemento a ese debate político y jurídico de gran calado. La culpa no ha sido de los jueces, sino del tipo de recurso planteado, que sólo les permitía pronunciarse sobre la desobediencia o no del Estado español.

Pero España parece haber aprendido la lección. Y ha contraatacado impugnando ante el Tribunal de Primera Instancia de la UE el dictamen de Kroes que declaró ilegales el pasado mes de diciembre las condiciones impuestas a la opa victoriosa de Enel y Acciona por Endesa. Este recurso sí que puede permitir a los jueces de Luxemburgo entrar en el fondo de la cuestión. Y dirimir los límites entre un órgano como la Comisión Europea, que se limita a analizar el impacto de las operaciones empresariales en la competencia, y la labor de órganos reguladores como la Comisión Nacional de la Energía (CNE), que pueden velar por la seguridad e integridad de unos activos neurálgicos para la salud económica de un país.

Pero esa sentencia clarificadora, si llega, será ya en otra legislatura y con otras operaciones previsiblemente en marcha. Hasta entonces, el sector energético español y por extensión el europeo seguirá moviéndose en una neblina de inseguridad jurídica e improvisación.

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