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Tribuna
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Novedades fiscales en Alemania

El pasado día 17 de agosto se publicó en el Boletín Federal de Alemania el texto definitivo de la Ley de Reforma de los Impuestos sobre Sociedades (Unternehmensteuerreformgesetz). La mayor parte de las novedades introducidas por esta normativa están en vigor con carácter general desde el 1 de enero de 2008.

El tipo general del impuesto sobre sociedades (Körperschafsteuer), siguiendo la tendencia iniciada en otros países -entre ellos España- se reducirá del 25% al 15%. Pese a esta reducción, se seguirá aplicando el impuesto de solidaridad, del 5,5%, que sitúa la reducción efectiva en 10,55 puntos porcentuales, del 26,375% al 15,825%.

Pese a convertirse en un impuesto no deducible a efectos del impuesto sobre sociedades, también se minora a partir de este año el tipo efectivo del impuesto sobre el comercio (Gewerbesteuer), que cada municipio fija autónomamente dentro de unos límites. El impacto medio de este impuesto después de la reforma será aproximadamente del 14%.

Como consecuencia de la reforma fiscal, el tipo medio total para las empresas se situará alrededor del 29,825%, frente al 39% anterior.

Pese a esta mejora del tratamiento fiscal de las empresas, la reforma introduce también novedades legislativas de carácter restrictivo.

En primer lugar, se han sustituido las normas de subcapitalización por un límite a la deducción anual de intereses satisfechos por una entidad alemana, tanto si se pagan a entidades vinculadas como si no, y sean éstas alemanas o extranjeras. Las empresas cuyo gasto neto por intereses supere el millón de euros anual sólo podrán deducirse la parte de ese gasto neto que no supere el límite del 30% de la base imponible antes de intereses y amortizaciones (Ebitda). La parte de intereses no deducibles puede utilizarse en periodos sucesivos en que el límite mencionado no se supere. Aunque existe una cláusula de escape genérica para evitar la aplicación de esta norma, su utilización práctica es compleja y requiere un análisis individualizado para determinar si procede.

También se incorpora a la normativa del impuesto sobre sociedades una restricción a la utilización de bases imponibles negativas en caso de que la entidad que las ha acumulado cambie de propietario. En una enajenación de entre el 25% y el 50% de las acciones de una sociedad adquirida menos de cinco años antes, las bases imponibles negativas acumuladas por dicha sociedad se cancelarán en igual proporción a la participación transmitida. Si la participación transmitida es superior las bases imponibles negativas se eliminarán en su totalidad. Esta nueva regla se aplicará también cuando la entidad transmitida, independientemente de su estado de residencia, tenga una participación directa o indirecta en la sociedad alemana que acumula las bases imponibles negativas.

Otro de los aspectos relevantes de la reforma fiscal alemana es la introducción de una normativa destinada específicamente a regular las deslocalizaciones a compañías vinculadas residentes en el extranjero. La finalidad de esta norma es desincentivar el traslado de actividades económicas de Alemania a otros países o, de no ser posible, asegurar la recaudación por parte del Estado alemán de al menos parte de los impuestos que generarían.

Además de la Ley de Reforma de los Impuestos sobre Sociedades, cuyos aspectos más relevantes hemos descrito, el 1 de enero también entró en vigor una modificación de la Ley General Tributaria alemana (Abgabeordnung) que introduce una norma similar a la del conflicto en la aplicación de la norma tributaria de la LGT española. Concretamente, la nueva redacción de la norma alemana establece que las estructuras y reorganizaciones sin un objetivo sustancial distinto del ahorro impositivo deberán tratarse a efectos fiscales como si no existiesen y la estructura sujeta a imposición fuese la más lógica teniendo en cuenta las circunstancias económicas y no los objetivos fiscales.

En conclusión, y pese a la reducción de los tipos impositivos, la normativa fiscal alemana aplicable, en general, a partir del 1 de enero de 2008 incluye regulaciones muy restrictivas de aspectos clave en la determinación de la base imponible del impuesto sobre sociedades y el impuesto sobre el comercio. Por ello, en Alemania numerosas empresas tomaron medidas para optimizar el impacto de las nuevas regulaciones teniendo en cuenta el distinto tratamiento fiscal de varios tipos de operaciones según se llevaran a cabo en los últimos meses de 2007 o a partir de este año.

Xavier Sotillos Jaime. Manager International Tax Services/Transfer Pricing en Ernst & Young Stuttgart

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