'Los contribuyentes tienen motivos para quejarse más'
Se muestra 'moderadamente satisfecho' con la institución que preside, de la que reconoce que es aún una desconocida entre los ciudadanos, a los que aconseja que se quejen más para mejorar el control a la Administración
En unos días se publicará la Memoria del Consejo para la Defensa del Contribuyente del año 2006. Y según explica su presidente, el catedrático de derecho tributario y financiero de la Universidad de Murcia Gaspar de la Peña Velasco, los resultados son muy similares a los de años anteriores. En su opinión, el defensor del contribuyente es aún un desconocido para los ciudadanos, algo que le gustaría que cambiara, como también el procedimiento para tramitar las quejas.
¿Se quejan mucho los contribuyentes?
En 2006 se presentaron algo más de 9.000 quejas y en el 94% de los casos el contribuyente se mostró conforme con la explicación que le dio el órgano del que se quejó. La Agencia Tributaria y el Catastro son, por este orden, los que más quejas reciben. Luego, en un porcentaje poco significativo, figuran los tribunales económicos administrativos y la Dirección General de Tributos.
'Hay que azuzar a la Administración y creo que lo hacemos en cada reunión que celebramos'
'El Consejo sólo es un órgano consultivo y esto retrae a los contribuyentes'
'Las actas con acuerdo no han funcionado. Los casos para optar a ellas son pocos'
Sólo por IRPF hay unos 14 millones de declaraciones, ¿no es escasa la cifra de 9.000 quejas?
Parecen pocas, sí, estoy de acuerdo. Yo deseo que se incrementen porque son un mecanismo para la mejora de los derechos de los contribuyentes y de los controles de calidad de la Agencia Tributaria. Cuando se dictan millones de actos administrativos debería haber más equivocaciones, así que los contribuyentes tienen motivos para quejarse. Pero tengo la percepción de que el contribuyente no conoce la institución. Además, el Consejo es un órgano consultivo, no podemos ejecutar decisiones y eso hace que los contribuyentes se retraigan y piensen '¿para qué me sirve?'.
¿Y para qué sirve ir al defensor?
Cuando llega una queja nos aseguramos de que haya una respuesta del órgano afectado. Si vemos que hay una mala actuación de la Administración, proponemos su corrección y si se detecta que algún precepto menoscaba los derechos de los contribuyentes, nos dirigimos a la Secretaría de Estado para sugerir su cambio. Aunque no es frecuente, también hay quien se dirige al Consejo para pedirnos una opinión que luego lleva a los tribunales económicos.
¿Qué le gustaría cambiar en el funcionamiento del consejo?
Estoy moderadamente satisfecho con el funcionamiento de la institución. Pero hay cosas que se pueden mejorar. Dar mayor difusión a la institución no estaría mal. A título particular, modificaría algo del procedimiento de tramitación de las quejas. Ahora, el órgano contra el que se dirige el contribuyente es el primero que le responde. Nosotros sólo intervenimos si el contribuyente no está conforme con la respuesta obtenida, lo que sólo ocurre en el 5% de los casos. Una solución podría ser que el contribuyente pudiera elegir entre la opción actual o ir directamente al Consejo.
¿Cómo ve la actuación de la Agencia Tributaria?
Hay que azuzar a la Administración, creo que lo hacemos y no hay reunión en la que institucionalmente no nos dirijamos al director de la Agencia para darle cuenta de fallos, errores... Nos manifestamos sobre lo que creemos adecuado, pero no podemos ir más allá.
¿En qué falla más la Agencia?
Los problemas surgen cuando se automatizan los procedimientos. No se trata de que la Administración se empecine en algo, es que ni siquiera está en manos de la administración controlar esto. Es el problema de los procedimientos automatizados.
¿Por ejemplo?
Esto se produce con las llamadas liquidaciones paralelas. Cuánto más fraude se detecte en un primer análisis por los órganos de gestión, mejor. Pero cuando en ese primer análisis no se trata adecuadamente la información y se traslada al contribuyente el tener que dar explicaciones y se incrementa innecesariamente la llamada presión fiscal indirecta, surgen los problemas. Si esto pudiera corregirse, filtrando previamente las actuaciones, sería mejor. Y en esto tiene que avanzar la Agencia Tributaria.
¿Qué le parecen los cambios continuos de las normas aunque sea para bajar los impuestos?
A veces se olvida que una norma vieja es una norma buena y lograr una mejora mínima termina ocasionando más perjuicio que ventajas.
¿Cree que hay que bajar más los impuestos?
No como presidente del Consejo sino en mi opinión personal, creo que, por ejemplo el IRPF tiene una tarifa adecuada, aunque el tipo del 43% se podría reducir al 40%. Pero esto no es algo que se sustente jurídicamente. Además no se pueden reducir los impuestos sin atender al gasto público. Más interesante es ver lo que pasa con los impuestos históricos, con los que siguen ahí porque siempre han estado, pero cuya adecuación a la capacidad económica del contribuyente es dudosa. Es el caso del impuesto de transmisiones patrimoniales onerosas en alguna de sus modalidades de actos jurídicos documentados.
Usted es muy crítico con la conflictividad tributaria, ¿dónde cree que está la solución a este problema?
La Ley General Tributaria dejó descansar la conflictividad en las actas con acuerdo y no es exagerado decir que no han funcionado. Representan una ínfima parte de las actas que se dictan. Los casos en que es posible acogerse a ellas son muy reducidos. Esto habría que cambiarlo.
Cambios en las normas que propicia el defensor
Además de dar su opinión, el defensor del contribuyente también propone al secretario de Estado de Hacienda cambios en las normas para mejorar las garantías de los contribuyentes. Detrás de algunas modificaciones recientes está la mano negra del defensor del contribuyente. Por ejemplo, gracias a él, el reglamento de aplicación de los tributos que se acaba de publicar establece que en el segundo intento de notificación a un contribuyente, se deje constancia de que se ha ido. Antes, tras dos intentos sin localizar a la persona, se iba directamente al BOE y, como habitualmente los ciudadanos no lo leen, se llega al embargo sin que los ciudadanos hubieran tenido un conocimiento previo y ocasión para recurrir.Otro cambio propiciado desde el Consejo ha sido el que ha permitido que los mínimos familiares del IRPF se puedan aplicar aunque por parte de los descendientes o ascendientes se presente declaración por el impuesto.Asimismo, se ha logrado que ya no haya obligación de presentar la declaración del IRPF cuando se han sufrido, exclusivamente, pérdidas patrimoniales dentro de determinados límites cuantitativos. Aunque la interpretación del Consejo, a diferencia de la Dirección General de Tributos, es que en la vieja norma no había obligación de declarar si sólo existían pérdidas. Recientemente, en el Consejo, se han planteado proponer plazos más cortos, por ejemplo de cuatro días, para que las entidades financieras comuniquen a Hacienda que un contribuyente ha pagado su deuda. Ahora ocurre que un ciudadano paga, pero como Hacienda no se entera con rapidez, no se paraliza el procedimiento recaudatorio y continúa hasta el embargo.