España, condenada por incumplir una directiva de información laboral
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea condenó ayer a España por no adoptar en el plazo previsto, que expiró en marzo de 2005, la normativa europea que regula la información y consulta de los trabajadores en territorio comunitario.
Los jueces europeos dieron la razón a la Comisión, que denunció el pasado año a España al considerar que había incumplido una directiva de 2002, que crea un marco general para la información y consulta de los trabajadores en la UE. La citada ley prevé un esquema para implicar a los trabajadores en la vida de su empresa y fija exigencias mínimas para el derecho de los trabajadores a la información y a la consulta.
El Ejecutivo comunitario abrió un procedimiento de infracción contra España en 2005 en el transcurso del cual las autoridades españolas enviaron una carta a Bruselas alegando los motivos por los que no habían incorporado la normativa.
España no cuestionó la falta de adaptación de esa normativa en el plazo previsto, pero precisó que el anteproyecto de ley que contiene las medidas destinadas a efectuar dicha transposición 'se estaba tramitando y se encontraba en la fase gubernamental, previa a su sometimiento al Parlamento', recuerda la sentencia.
El Tribunal rechazó sin embargo el argumento y recordó que, según reiterada jurisprudencia, el incumplimiento se debe determinar en función de la situación del país afectado, 'tal como ésta se presentaba al final del plazo fijado en el dictamen motivado', segunda fase del proceso de infracción europeo, previo a la denuncia ante la Justicia.
'Ha quedado acreditado que, tras la expiración del plazo fijado (...) España no había adoptado las medidas necesarias para garantizar la adaptación de su ordenamiento jurídico nacional a la Directiva', dice el tribunal.