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Medidas

La mejor estrategia en caso de recibir una opa

Vender en el mercado o acudir, las opciones más rentables según un estudio publicado por la CNMV.

La mayor parte de las operaciones que estos días se barajan en el mercado acaban por no concretarse. Pero el inversor afortunado cuyos títulos reciben una oferta está de suerte. De media, habrá obtenido una rentabilidad de alrededor del 12%. Si la empresa en cuestión es pretendida por un tercero, la rentabilidad media se dispara hasta el entorno del 20%, según un estudio realizado publicado por la CNMV.

En cualquier caso, la suerte que supone para el accionista recibir una opa no es una lotería ni supone que el trabajo de éste haya terminado. La estrategia que siga puede suponer una sensible diferencia. El estudio ha tenido en cuenta las 79 opas registradas en la CNMV desde 1999. Y la conclusión es que lo más rentable suele ser acudir a la oferta, con una rentabilidad media del 13,2% sobre el precio inmediatamente anterior al anuncio oficial de la operación. No obstante, y dado que el mercado suele ajustar la cotización al anuncio de opa, la rentabilidad que se obtiene si se vende nada más conocerse la opa es del 11,9%. Algo inferior, pero obtenida en unas pocas horas o días.

Por otra parte, otras opciones ofrecen rentabilidades similares. Si se vende cuando la opa es autorizada se gana de media un 11,6%, y si se vende en el mercado al iniciarse el periodo de aceptación, es del 12,6%. Si se espera a que termine la opa, se gana el 12,3%. Pero en un plazo, obviamente, mucho mayor que si se vende en el mercado.

La investigación ha tomado todas las opas lanzadas desde 1999

En todo caso, el accionista cuyos títulos reciben una opa suele estar de enhorabuena incluso antes de recibir la oferta. De media, en el mes anterior a la operación los títulos rentan un 4,3%. Por el contrario, con posterioridad al cierre de una oferta los valores suelen mantenerse estables o bajar. Un hecho que no sólo depende del uso de información privilegiada, según comenta el autor del estudio, Carlos Aparicio: 'Los rendimientos anormalmente positivos a corto plazo surgen de una mezcla de información pública y privada (o privilegiada). No me atrevo a decir en qué porcentaje. Sin embargo, cuanto menor sea el plazo hasta el hecho relevante (yo creo que) mayor es la importancia relativa de la información privilegiada' .

Por otra parte, y aunque resulte un tanto obvio, el estudio demuestra que las ofertas competidoras son las más rentables para el accionista. Si bien se consideran las distintas opas competidoras como operaciones separadas, la rentabilidad media es el doble que en las ordinarias. Desde el día anterior al anuncio hasta el día siguiente en una oferta de este tipo es del 23,9%. Se eleva al 24,8% si se acude a la opa pero se reduce al 18,8% si se vende después de la autorización, una estrategia que resulta la menos rentable en casi todos los casos. En cualquier caso, la principal diferencia entre unas operaciones y otras reside en la existencia o no de competidores.

Opas parciales

La principal modificación de la nueva normativa de opas que está tramitando el Congreso es que, por obligación de la directiva europea, se eliminan las opas parciales obligatorias. Se establece que cualquier accionista que supere el umbral del 30% debe lanzar opa por el 100%. Sin embargo, el estudio no ha detectado una diferencia significativa entre el rendimiento entre opas totales y parciales, aun teniendo en cuenta que a estas últimas no acuden todos los inversores que lo desean.

En ofertas no competidoras, la diferencia de rentabilidad ronda los dos puntos sobre una media de en torno al 10%. Por el contrario, en ofertas competidoras existen diferencias de entre cuatro y seis puntos. En caso de que el inversor acuda a la opa, el rendimiento oscila del 20% en las opas parciales al 24% en las totales. En todo caso, según el estudio.

Proteger al inversor sin asustar al comprador

La necesidad de permitir que los inversores minoritarios participen de los beneficios que reciben en las tomas de control los grandes accionistas es la base de la reglamentación de opas. La normativa que se tramita en España rebaja del 50% al 30% el umbral a partir del que hay que lanzar opa por el 100%. Sin embargo, estas normas tienen efectos secundarios. 'Esa mayor protección encarece las operaciones para el opante tanto en el caso de que se dirija a accionistas dispersos como a uno de control. Por ello hace que sea menos probable que exista un oferente que se beneficie de la operación y, por lo tanto, las desincentiva', señala Carlos Aparicio, autor del estudio.Lo malo es que, como señala el propio Aparicio en el estudio, no existen datos sobre qué operaciones han sido frustradas por una regulación excesiva y han privado a los accionistas de cualquier tipo de rendimiento. Por eso, Aparicio concluye que 'es imposible determinar teóricamente la regulación óptima, aunque ésta deberá estar en un punto intermedio entre la máxima protección al minoritario y el máximo incentivo a estas operaciones'.

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