La empresa española lleva retraso
Como es sabido, la aplicación de las nuevas normas internacionales de información financiera, conocidas como NIC, deberá realizarse obligatoriamente a partir de 2005 por los grupos cotizados que presenten estados financieros consolidados, mientras que las sociedades cotizadas individuales deberán publicar un anexo en la memoria con las diferencias entre el uso de las NIC y las normas españolas.
Para los estados financieros de los grupos no cotizados, el empleo de las NIC será optativo pero se prevé que en 2007 la reforma contable sea de aplicación para todas las sociedades, incluidas las no cotizadas. Y es precisamente en el grupo más amplio de empresas donde las diferencias con respecto al grado de preparación para afrontar las NIC son muy acusadas entre los distintos países.
Según se desprende de los datos del panel de empresas de la UE confeccionado a través de la información de 25 oficinas europeas dedicadas a la valoración de activos materiales e inmateriales, el 70% de las empresas alemanas está en trámites para implantar la nueva normativa sin esperar a su obligatoriedad. A continuación se encuentran las empresas francesas (60%), holandesas y belgas (50%) y suecas (30%).
Cierra el capítulo la empresa española, donde tan sólo el 4% está empezando a estudiar el impacto que supondría la aplicación de las nuevas normas de contabilidad. Todo ello pese a que las empresas deberían saber que la aplicación de las NIC tendrá efectos importantes sobre los estados contables de la compañías, ya que algunos de los criterios son distintos a los empleados en el Plan General de Contabilidad español, por ejemplo el que se refiere al reconocimiento del nuevo concepto de 'valor razonable' de los activos.
Ello se traduce por ejemplo en que el valor contable de los inmuebles adquiridos hace años pueda variar cuando se apliquen las NIC, donde se determinan los elementos del activo según el valor razonable de mercado.
Otro aspecto esencial que va a tener mayor relevancia en las NIC es la valoración de los intangibles. No hay que perder de vista que son uno de los activos más significativos de las empresas, y que en ellos reside una parte muy importante de su valor.
Existen muchas empresas españolas, con un volumen medio de activos de unos 120 millones de euros, por ejemplo, que continúan sin estudiar el impacto de las NIC en sus balances, a pesar de la obligatoriedad de establecer la valoración a valor razonable de mercado de los activos y pasivos financieros y de los valores intangibles como, entre otros, las marcas.
Incluso se da la paradoja de que existen empresas españolas que no están obligadas legalmente a adaptarse a la normativa internacional pero la sociedad matriz, que no está localizada en España y cotiza en Bolsa, exige que se facilite la contabilidad siguiendo criterios NIC.
La empresa española se va concienciando lentamente de que ya es urgente el análisis de las distintas opciones que tiene ante sí, sobre todo para evitar sorpresas de último momento, ya que es lógico que muchas compañías no cotizadas se pregunten ahora cuál es el mejor camino a seguir hacia la adopción de las nuevas normas internacionales de contabilidad.
La mayor ventaja que aportará la nueva normativa consiste en que los estados financieros de las empresas ofrecerán una información fiable y comparable entre los distintos países de la UE, y gracias a dicha estandarización se podrá evaluar tanto la rentabilidad real como la capacidad competitiva futura de cualquier empresa europea, algo muy deseable en el contexto de una economía unificada marcada por el fenómeno de la globalización y la libre circulación de capitales.
Es indudable que los organismos reguladores deben de estar de acuerdo en que a pesar de los distintos períodos marcados para las NIC, no sólo las empresas que coticen en Bolsa deben transmitir una información suficientemente transparente, sino que todas las sociedades deberían aplicar criterios comunes de buen gobierno, independientemente de cual sea su magnitud.