Las normas para la transparencia dejan intactos los blindajes
La batería de iniciativas legislativas encaminada a lograr la máxima transparencia y la defensa del pequeño inversor no ha alcanzado a prohibir o limitar las medidas de blindaje en los estatutos. Pese a la falta de reformas, algunas empresas ya han decidido eliminar estos sistemas, en especial el más común, el que limita el derecho del voto.
Algunas compañías han decidido emprender el camino hacia la transparencia sin la exigencia de las leyes. Son cada vez más las sociedades que tratan de abanderar la ola de buen gobierno y que han empezado a acometer la eliminación de los principales sistemas de blindaje de sus estatutos.
Uno de los grandes bancos, el Santander, ya suprimió todos sus blindajes en la junta del año pasado. La razón esgrimida fue la de 'garantizar la igualdad de trato de los accionistas y reforzar el control que los mismos ejercen sobre determinadas decisiones de especial relevancia para la entidad'.
Entre otros aspectos, el banco quitó la limitación del voto del 10% o el requerimiento del 70% del capital presente o representado para adoptar determinados acuerdos en junta. También se eliminaron los requisitos para acceder al cargo de consejero. En la misma línea se mueven otros como el BBVA o Bankinter y compañías como Unión Fenosa, Unipapel, Ebro Puleva, Indra, Inditex, Enagás, Ferrovial o Gas Natural, por ejemplo. 'Todo un avance en derecho accionarial', en opinión de expertos como Carlos Moreno, abogado de Soler-Padró y Ramón Barriga, de Financial Analyst ECGS.
Sin embargo, otras empresas como el Banco Popular, Endesa, Repsol YPF o Telefónica sí mantienen blindajes como el de la limitación en el 10% del derecho del voto o el de establecer requisitos especiales para ser nombrado consejero o presidente. La ley respalda su actuación, ya que nada impide que mantengan este tipo de medidas en sus estatutos.
Sin embargo, la propuesta de Código de Sociedades Mercantiles, más exigente que las regulaciones en materia de transparencia y buen gobierno, declaraba 'nulas las cláusulas estatutarias que exijan la titularidad de un determinado número de acciones o una determinada antigüedad como accionista para poder ser nombrado miembro del consejo de administración'. Sin embargo se trata de una cláusula que todavía pervive en los estatutos de algunas empresas cotizadas. La legislación en vigor les respalda.
También el Informe Aldama abogaba por reducir las limitaciones de derechos y recomendó 'valorar la exigencia de mayorías reforzadas o hasta la prohibición de algunas de estas medidas de blindaje'. Ninguna de estas sugerencias ha sido recogida en una normal.
Como recuerda el abogado del bufete Cuatrecasas, Xavier Freixes, las recientes iniciativas legislativas en materia de gobierno corporativo (la Ley Financiera, la Ley de Transparencia y, en cierta medida, la reforma del decreto de opas) no han venido acompañadas de una prohibición o limitación de las medidas de blindaje estatutario.
Cuatro modificaciones
Es más, la Ley de Sociedades Anónimas ha sido modificada en cuatro ocasiones durante los últimos 15 meses 'y, sin embargo, el artículo 105.2 que da cobertura a la que, sin duda, es la medida antiopa más eficaz, la limitación del número máximo de votos a emitir por un único accionista, ha permanecido invariado', explica Xavier Freixes.
Otros expertos como José Luis Alonso, del bufete Alonso y Asociados-Hispajuris, cree que el hecho de que algunas sociedades hayan empezado a eliminar sus blindajes, a pesar de no ser un requerimiento exigido por la ley, 'probablemente venga conectado, según los casos, con una mayor estabilidad accionarial, una mayor voluntad de transparencia y la reciente modificación de la normativa de opas española'.
Tras la reforma es posible someter la eficacia de una opa a la eliminación del blindaje estatutario, pero, en opinión de Freixes, 'ello no supone que exista obligación alguna por parte de los accionistas de la sociedad afectada de suspender o eliminar el blindaje durante el procedimiento de opa. 'En este sentido, será interesante ver cómo se trasponen los artículos 9 y 11 de la directiva de opa, que regulan el procedimiento de adopción de medidas defensivas y el principio de neutralización de los blindajes durante el curso de una opa', explica el abogado de Cuatrecasas.
La propuesta de Código de Sociedades no permitía barreras para ser consejero