Herencias bien diseñadas
Es posible que la idea le resulte macabra, pero, si lo piensa con frialdad, hacer testamento constituye una parte más de sus finanzas personales. No tiene efecto alguno hasta después del fallecimiento, ahorra costes, evita quebraderos de cabeza y limita los conflictos entre la familia. Así, puede servir para repartir sus bienes entre sus herederos (respetando los límites que marca la ley), pero también para designar al tutor de sus hijos menores o incapacitados, para nombrar a una persona que reparta la herencia o para fijar sus últimas voluntades.
En el extremo contrario, no hacer testamento equivale a dejar a sus familiares ante los trámites de la sucesión intestada (que deben realizarse ante un notario o, en algunos casos, ante un juez) y a poner enteramente en manos de la ley el reparto de los bienes. La diferencia de coste entre ambas opciones es considerable. Según explican fuentes del Colegio de Notarios, una sucesión intestada 'tiene un coste tres veces mayor que una realizada con testamento'. El coste de un testamento notarial es de algo menos de 60 euros (el ológrafo o privado, no tiene coste alguno, aunque puede dar lugar a dudas y problemas legales posteriores), mientras que la declaración notarial de herederos sin testamento cuesta alrededor de 150. Si es necesario llegar a una declaración judicial para aclarar la herencia, el precio se dispara: si hablamos de una herencia de unos 200.000 euros, el coste puede ascender a casi 6.000.
Si está decidido a hacer testamento, debería tener en cuenta dos grandes aspectos: las limitaciones que impone la ley para disponer de sus bienes (olvídese de la idea de que puede hacer cualquier cosa con su herencia) y las formas de planificar mejor el reparto de su patrimonio. Así, para eludir las restricciones que establece el Código Civil y que obligan a favorecer a determinados herederos forzosos, algunos expertos aconsejan, por ejemplo, invertir el patrimonio en la suscripción de un seguro de vida, que le permitirá dejar su dinero sin restricciones a quien quiera y tiene la ventaja de contar con un óptimo trato fiscal.
Heredar participaciones en fondos
Otro de los consejos para optimizar el reparto es tener en cuenta que las inversiones inmobiliarias son las más complicadas. La clásica herencia en forma de pisos y segundas viviendas suele provocar problemas, tanto por la necesidad de vender la propiedad como por las discusiones sobre el precio que a menudo surgen entre los herederos. Por ello, actualmente se recomienda como alternativa invertir en productos financieros, como los fondos de inversión, cuyo reparto da lugar a muchas menos complicaciones. Sólo es necesario que el testador divida las participaciones en lotes diferenciados y legue éstos a sus herederos, quienes podrá mantenerlos o liquidarlos según sus necesidades.
Aunque se pueden redactar tantos testamentos como modelos de familia, el prototipo de este documento corresponde al de la pareja con hijos. Los notarios y abogados recomiendan en estos casos que cada miembro de la pareja deje el usufructo de todo su patrimonio al otro y nombre herederos por partes iguales a cada uno de los hijos. Así se garantiza que cuando uno de los dos fallezca, el otro pueda usar y percibir las rentas y los frutos del patrimonio de la herencia y seguir utilizando la vivienda si ésta pertenecía al testador. Una vez que ambos progenitores hayan fallecido, la totalidad de los bienes corresponderá a los hijos.
Un aspecto fundamental a tener en cuenta es el coste fiscal de la herencia, que dependerá del tipo de bienes que integren el patrimonio. Las herencias están gravadas por el impuesto sobre sucesiones y donaciones, un tributo de las comunidades autónomas. Así, los seguros, la vivienda habitual y el negocio familiar son los bienes con mejor trato fiscal, frente al dinero en efectivo o las acciones. Tradicionalmente en los regímenes forales del País Vasco y Navarra este impuesto es prácticamente residual, mientras que La Rioja y Cantabria lo han eliminado en la transmisión de bienes entre padres e hijos y entre cónyuges. Andalucía estrena este año un régimen con importantes reducciones.
Cómo mantener la paz familiar
En casi todas las familias hay algún caso. Hermanos, cuñados o primos que discuten e incluso dejan de hablarse por la herencia. Para evitar estas situaciones, y especialmente en familias donde existen hijos de distintas relaciones, los expertos aconsejan nombrar en el testamento a uno o varios contadores-partidores.Debe tratarse de personas de absoluta confianza (a menudo se nombra a un hermano), ya que su labor consistirá en repartir los bienes dentro de la parte que corresponda a cada heredero y en caso de que no haya acuerdo entre ellos. De esta forma se evitará tener que acudir a un juez si uno de los herederos no acepta el reparto. Pese a tener esa potestad, los notarios recomiendan siempre que el contador intente conseguir el apoyo firme de los herederos.