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Reforma

La CE amplía el número de empresas que podrán evitar la doble imposición

El texto aprobado ayer deberá sustituir a la directiva europea sobre matrices y filiales que desde 1990 ha regulado las obligaciones tributarias de las compañías que operan en varios países de la Unión Europea. La modificación, sin embargo, requiere la unanimidad de todos los Estados, lo que puede retrasar la adopción final de la reforma.

Pero la Comisión considera que el marco actual requiere mejoras urgentes porque la actividad transfronteriza de las compañías sigue lastrada 'por numerosos casos de discriminación fiscal, doble imposición, costes administrativos excesivos y retrasos en la devolución de retenciones'.

Los estudios del Departamento de Mercado Interior de la Comisión también han advertido que la escasez de fusiones empresariales transfronterizas y la lentitud en la consolidación de ciertos sectores a nivel europeo puede deberse, en gran parte, a la fragmentación fiscal que existe en la Unión Europea.

Se reduce al 10% la participación accionarial en las filiales que permite a la matriz deducir impuestos

'La Comisión Europea cree que los regímenes de impuestos sobre sociedades en la UE no se han adaptado a los cambios que han supuesto la globalización, la integración económica del mercado interior y el nacimiento del euro', señaló ayer el organismo comunitario. 'Hace falta un nuevo planteamiento'.

El proyecto de directiva amplía el número de compañías que podrán evitar la doble imposición sobre los beneficios remitidos en forma de dividendos desde las filiales en el extranjero. Ahora, la empresa matriz debe contar con una participación accionarial en la filial de al menos el 25% para poder acogerse a la directiva. El nuevo texto rebaja ese umbral hasta el 10%.

La reforma, además, extiende por primera vez la protección contra la doble imposición a toda la cadena empresarial, incluyendo los beneficios obtenidos por las filiales de la filial principal. La directiva de matrices y filiales aprobada hace 13 años fue la respuesta legal a la falta de consenso en Europa para una armonización fiscal.

Ante las disparidades en cuanto a tipo de imposición (de hasta 30 puntos porcentuales) o sobre el concepto de base imponible, la ley comunitaria intentó reducir las posibilidades de que los beneficios de las multinacionales tributaran por partida doble (en el país donde se obtienen y en el del domicilio fiscal de la matriz).

Desde 1990, los Estados de la Unión Europea no pueden imponer retenciones fiscales a los beneficios repatriados por las multinacionales desde sus filiales en el extranjero. El país de origen de la empresa se compromete a eximir de impuestos esos beneficios (opción de la mayoría de los países, incluida España) o permitir a la matriz que deduzca los impuestos pagados por su filial en otro país (Reino Unido e Irlanda eligieron esta modalidad). Otra directiva regula la fiscalidad de las operaciones de reestructuración transfronteriza de las empresas derivadas de una fusión o adquisición. Una nueva directiva, que entrará en vigor en 2004, extenderá un modelo muy similar al gravamen de los intereses y royalties (por cesión de propiedad intelectual, por ejemplo) que las filiales pagan a sus matrices.

Pero el sistema está lejos aún de garantizar la neutralidad fiscal, reconoce la Comisión. Las discrepancias entre las haciendas nacionales sobre la valoración de las operaciones internas de una compañía siguen convirtiendo en una pesadilla contable la factura fiscal de las empresas que operan en varios países. Algunas multinacionales, recuerda Bruselas, han esperado hasta cinco años a que dos Administraciones acordaran un modelo de valoración para sus operaciones internas transfronterizas.

La armonización de la base imponible, más cerca

La Comisión Europea se comprometió en 2001 a derribar las barreras fiscales que impiden a las empresas explotar el potencial del mercado único. La reforma de directiva de matrices y filiales anunciada ayer supone un primer paso que se completará con la modernización de la directiva sobre el tratamiento fiscal de fusiones y adquisiciones transfronterizas.Pero los expertos comunitarios reconocen que la tarea no concluirá hasta que se alcance la armonización del concepto de base imponible.Bruselas espera que la adopción en 2005 de las normas contables IAS por parte de todas las cotizadas europeas facilite ese objetivo. Pero la idea aún choca contra el prurito de soberanía fiscal de varios países (Reino Unido e Irlanda, sobre todo).

Cooperativas y cajas de ahorros saldrán beneficiadas

Mutuas, cooperativas y cajas de ahorros figuran entre las entidades que, según el proyecto de ley comunitaria aprobado ayer por la Comisión Europea, podrán acogerse a los beneficios de la directiva sobre matrices y filiales. Los fondos y las asociaciones que lleven a cabo una actividad comercial también tendrán la oportunidad de evitar la doble imposición cuando obtengan beneficios en varios países de la UE.Bruselas quiere potenciar la actividad transfronteriza de este tipo de compañías para que aprovechen las ventajas de la unión monetaria.La CE incluso sopesa iniciar una experiencia piloto para que pequeñas y medianas empresas con actividad internacional puedan resolver toda la factura fiscal en su país de origen.

Una cobertura fiscal para las sociedades europeas

A partir de octubre de 2004 las siglas SE (sociedad europea) podrán rematar el nombre de las compañías que operen en más de un Estado de la Unión Europea. El nuevo estatus nace tras más de 30 años de debates sobre su definición legal y las consecuencias que supone para la participación de los trabajadores en la gestión de la empresa.A pesar de la larga tramitación, la SE adolece, según han denunciado las confederaciones empresariales, de un régimen fiscal propio que haga atractiva la adopción de este nuevo estatus.El nuevo proyecto de directiva sobre matrices y filiales, aprobado ayer por la Comisión Europea, otorga, al menos, a las futuras sociedades europeas la posibilidad de evitar desde su creación la doble imposición fiscal.

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