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Columna
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La responsabilidad social de la empresa

Se ha puesto de moda la responsabilidad de la empresa, de forma que, en España, en las memorias de 2002 de las sociedades se empieza a incluir un capítulo dedicado a tal cuestión.

En un principio, la responsabilidad de la empresa quedaba restringida al campo económico. Para Milton Friedman, la responsabilidad de las empresas en una economía de mercado es utilizar los resultados personales y materiales de la forma más eficiente para aumentar los beneficios, sin infringir las leyes ni las costumbres mercantiles. Los únicos efectos sociales generados por este comportamiento vendrían dados por el cumplimiento de las normas, el pago de impuestos y su contribución al empleo. La responsabilidad de los directivos de las sociedades es incrementar el valor del accionista.

Sin embargo, aun desde el punto de vista económico, un comportamiento responsable de la empresa implica que, además de crear valor para el accionista, debe crear también valor para todos los que se relacionan con la compañía: para el cliente, atendiendo a su demanda ofreciendo precios competitivos y bienes y servicios de calidad; para los proveedores, pagando precios justos por sus productos o servicios y sin abusar del poder de mercado, y para los empleados, preservando y creando empleo, pagando salarios justos y dando formación, estabilidad y motivación. La postura económica como única responsabilidad de la empresa es criticada, ya que la maximización del valor de las acciones no garantiza por sí misma la eficiencia del sistema ni lo justifica como principio único.

La compañía es, ante todo, un ente social, constituido por personas que viven en un sistema social y cuyo objetivo principal es su propio desarrollo, el de sus miembros y el de la sociedad en que se desenvuelve. Este modelo es llamado 'responsabilidad social corporativa', y comprende la responsabilidad ética, la responsabilidad de protección social y la responsabilidad medio ambiental.

En cuanto a la responsabilidad ética, se asiste hoy día a una quiebra general de los valores morales, tanto en la vida política como en la privada, en el político y en el ciudadano, en el sector público y en el sector empresarial; ante este comportamiento se demanda una nueva generación. El papa Juan Pablo II, en su encíclica Veritatis Splendor, afirma la necesidad de una renovación personal y social radical capaz de asegurar justicia, solidaridad, honestidad y transparencia. La falta de ética ha dado lugar a escándalos en las empresas cotizadas, siendo los consejos de administración, los directivos, los directores financieros y contables, auditores y su relación con la consultoría, los analistas financieros, supervisores y reguladores, los principales responsables por su actuación laxa. Las consecuencias las han sufrido los inversores, los bancos y los fondos de inversión y de pensiones.

Para tratar de contener la desconfianza de los inversores varios países han puesto en marcha diversos mecanismos: en EE UU, la ley Oxley; en la UE, el Informe Winter, y en España, el anteproyecto de código de sociedades mercantiles, el Informe Aldama, el Libro Blanco sobre contabilidad de la empresa, la modificación de la Ley Financiera y los códigos de buen gobierno de SCH y BBVA.

El poder público debería regular las siguientes cuestiones: creación de asociaciones de accionistas que elegirían sus representantes en los consejos de administración; obligatoriedad de la presencia en los consejos de administración de los fondos de inversión y de pensiones; el presidente, los consejeros delegados y los consejeros serían ratificados por la junta de accionistas; el nombramiento de consejeros independientes; los derechos y las obligaciones de cualquier consejero y las responsabilidades en que incurren; el plazo para la convocatoria de los consejeros y de la junta general de accionistas; el sistema de aprobación de las cuentas por el consejo, haciendo responsable de su veracidad a los miembros del consejo de administración, directores financieros, contables y controller internos que deberían firmarlas; el principio de transparencia: las retribuciones del consejo, incluidos planes de pensiones y opciones sobre compra de acciones, se aprobarán individualmente por la junta de accionistas y se harán públicas en la memoria; prohibición de operaciones vinculadas entre la sociedad y los accionistas de control; fijación de las retribuciones de los altos directivos de las empresas por el consejo y aprobación por la junta, sin que puedan obtener préstamos de las compañías; separación de las entidades de auditoría de las de consultoría; regulación para que los analistas financieros sean absolutamente independientes de las empresas; regulación de la CNMV para que se pase de un control formal a un control de integridad y de coherencia de la información financiera pública; y regulación de los supuestos que estarían sancionados penalmente.

Sería un error pensar que la regulación por sí sola es la solución, ya que el valor ético verdadero depende tanto o más de la cultura de la empresa. Con la regulación pública se cumplirán las condiciones mínimas de calidad ética legalmente exigibles en la compañía, pero cada sociedad deberá implantar modelos de conducta ejemplares, en definitiva, una cultura ética empresarial.

De acuerdo con el sistema europeo de cuentas de protección social, el suministro de servicios sociales corresponde a cualquier organización pública o privada que realice transferencias a las familias, en efectivo o en especie, destinadas a aligerar la carga financiera que representa para ellas la cobertura de una serie de riesgos o necesidades, efectuadas por medio de sistemas organizados colectivamente.

Los principales riesgos a los cuales las empresas deberían dirigir sus recursos son los de vejez, a través de la constitución de planes complementarios de pensiones dentro de la negociación de los convenios, y los de exclusión social. Estimaciones realizadas sitúan el conjunto de servicios de protección social suministrados por las compañías en un porcentaje cercano al 3% del PIB.

El proceso productivo de las sociedades tiene impacto sobre el medio ambiente. En la actualidad se considera que es obligación de las empresas evitar tales hechos colaborando a un desarrollo sostenible; si este deber no lo cumplieran, el poder público debería sancionar con multas tal actuación.

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