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Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Una reforma necesaria

El gobierno de las empresas está viviendo tiempos de cambio. La batería de iniciativas y propuestas lanzadas en los grandes países del mundo como reacción a los escándalos financieros que afloraron con fuerza hace algunos meses, como los de Enron o Worldcom, entre otros, empiezan a concretarse. Se trata de cambiar aquellas fórmulas de gobernar las empresas más viciadas pero, sobre todo, se persigue devolver al inversor la confianza en el funcionamiento de los mercados.

Muchas empresas han comenzado ya a aplicar mecanismos de autorregulación al hilo de las recomendaciones contenidas en los códigos. Pero la búsqueda de la transparencia en las empresas para tratar de reconquistar la confianza de los accionistas debe completarse con la certidumbre de que los administradores, los directivos y los socios de control no se están beneficiando de la empresa de una manera desleal. Y eso no se debe dejar al arbitrio de las empresas.

No hay que olvidar que los consejos de administración de las sociedades cotizadas actúan como garantes de los intereses de los accionistas y su actuación debe ser diligente y leal. Sin embargo, estos deberes de los consejeros no están suficientemente claros en la legislación actual. Una escueta referencia en un artículo de la Ley de Sociedades Anónimas establece que los administradores deben desempeñar su cargo 'con la diligencia de un ordenado empresario y de un representante leal'. La más que ambigua disposición añade simplemente la obligación de guardar secreto sobre las informaciones confidenciales, incluso una vez que los consejeros hayan cesado en sus cargos. Ni una sola referencia a conflictos de intereses, utilización para fines propios de información privilegiada o uso indebido de activos de la sociedad, por ejemplo.

La indefinición legal de las responsabilidades de consejeros, que los expertos piden extender ahora a directivos y accionistas de control, genera una importante inseguridad jurídica. Ni los jueces han podido disponer de una guía de actuación ni los consejeros han sabido a qué atenerse. El recientemente publicado informe Aldama sobre gobierno corporativo ya señalaba la necesidad de regular los deberes de lealtad de los administradores por ley. Es una de las pocas recomendaciones de legislar que hacían los expertos de la Comisión, que abogaba en la mayoría de los aspectos por la autorregulación. Sin embargo, los deberes de lealtad de los administradores no son una simple cuestión organizativa de las empresas y no se puede dejar a la autorregulación. En juego están los derechos de los accionistas.

Tras las recomendaciones de la Comisión Aldama y las opiniones de los expertos en derecho mercantil, está claro que la pelota está en el tejado del Gobierno, al que corresponde la tarea de elaborar una norma que aclare cuáles son las obligaciones básicas derivadas del ejercicio de la administración de la empresa y evite inseguridades jurídicas que afectan tanto a los accionistas como a los propios consejeros.

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