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Moneda única

Bruselas da consejos para hacer compras seguras en la primera Navidad del euro

Las compras transfronterizas de los europeos se dispararán con la llegada de las primeras Navidades del euro. Así lo asegura la Comisión Europea en un comunicado en el que recomienda a los consumidores que no olviden que, dentro y fuera de sus países, las leyes europeas protegen a los compradores de los posibles abusos en este tipo de operaciones. Así, la legislación comunitaria permite devolver la compra durante un plazo de siete días y da la posibilidad de reclamar por un producto defectuoso durante dos años.

Por primera vez en su historia los ciudadanos europeos podrán realizar sus compras navideñas en 12 países sin cambiar de moneda. Una opción todavía más sencilla si se tienen en cuenta las distintas fórmulas de venta a distancia -correo, teléfono e Internet- que en estas fechas comienzan a bombardear con sus ofertas a los consumidores europeos.

Así, y sólo en España, las Navidades pasadas las compras por Internet crecieron un 80%, hasta alcanzar los 172 millones de euros. Unas cifras que según la Comisión Europea, pueden dispararse en toda Europa durante este mes de diciembre, animadas por las facilidades que presta la moneda única. 'La llegada del euro debe hacer que estas Navidades aumente notablemente el número de compras transfronterizas. Sin embargo, nos consta que la preocupación con respecto a los distintos niveles de protección de los consumidores disuade a algunos ciudadanos de aprovechar más el mercado interior', explicó David Byrne, comisario europeo responsable de la protección de los consumidores. La prueba palpable de esta reticencia está en la última encuesta realizada por la UE sobre esta cuestión entre los consumidores europeos. Un sondeo que revela que sólo 3 de cada 10 europeos creen que están bien protegidos al realizar compras transfronterizas.

Para Bruselas la solución a esta desconfianza radica principalmente en la información. Por ello recomienda a los consumidores profundizar y hacer uso de las múltiples posibilidades legales que ofrece la legislación europea o, lo que es lo mismo, recordar que también a la hora de comprar en otros países los derechos de los europeos son irrenunciables.

Leer la letra pequeña. Comprobar la identidad del vendedor y asegurarse de que es posible ponerse en contacto con él posteriormente, ya sea a través de correo postal, correo electrónico, teléfono o fax, es fundamental. Como también lo es leer las condiciones generales de venta (la famosa letra pequeña) que en muchas ocasiones puede provocar más de una sorpresa desagradable.

En caso de duda sobre su legalidad, es aconsejable consultar a un experto jurídico. La ley española sobre condiciones generales de contratación incluye una lista de cláusulas abusivas y faculta a los tribunales para anular la letra pequeña de los contratos que vulneren los derechos de los consumidores. La norma, amparada en una directiva europea, es similar a las que rigen en el resto de los países europeos.

Cuidar los medios de pago. Todos miramos con cuidado el precio de lo que vamos a adquirir, pero a menudo olvidamos los gastos de envío, un detalle que puede alterar sustancialmente el precio final de la compra. Otra buena recomendación es recordar que las transferencias bancarias entre los países de la UE son caras y que suele ser más económico optar por el pago con tarjeta, ya sea de crédito o de débito.

En el caso de compras por Internet, es conveniente asegurarse de que se encuentra uno en una página protegida (hay que buscar el símbolo del candado cerrado en el navegador) antes de facilitar los datos de la tarjeta.

Siete días para arrepentirse.

Otra norma de origen europeo y, por lo tanto, vigente en todos los Estados miembros. En el caso español, la ley española de Ordenación del Comercio Minorista permite al comprador en la venta a distancia disponer de un periodo de reflexión de siete días durante el cual puede devolver la compra de forma gratuita y sin dar explicaciones.

Sin embargo, tal y como recuerda Bruselas, este derecho no rige en la compra de bienes perecederos, como la comida, o de productos informáticos y audiovisuales cuyo embalaje haya sido abierto.

Dos años para reclamar. Olvídese de comprar sin comprobar la existencia de garantía o de servicio de mantenimiento posventa.

La legislación europea otorga un plazo de dos años para informar sobre la existencia de defectos en la compra adquirida. En caso de que el defecto aparezca en los seis primeros meses, es el vendedor el que debe demostrar que el producto estaba en perfectas condiciones cuando fue puesto a la venta.

Esta posibilidad, denominada inversión de la carga de la prueba, ha sido una de las conquistas de la legislación de consumo, ya que facilita enormemente las reclamaciones al reforzar la posición del consumidor. Bruselas insiste también en que el ciudadano exija un trato adecuado de sus datos personales y lanza un consejo simple, pero contundente: si ve que algo es demasiado bonito para ser verdad, déjelo, haga el favor.

La red europea de consumo, la vía más sencilla para reclamar

A todos nos ha pasado. Adquirir productos defectuosos o distintos a lo que pensábamos que serían, intentar devolverlos, chocar con la intransigencia del vendedor, enfadarnos, gritar, perder los papeles y tras amenazar con reclamar..., simplemente darnos la vuelta y abandonar.No es ninguna novedad que la lentitud de los procedimientos judiciales desalienta a los consumidores a la hora de hacer valer sus derechos. Consciente de que el problema se agrava cuando el producto se adquiere en otro país, ya sea en el transcurso de un viaje ocasional o a través de alguna forma de venta a distancia, la Comisión Europea ha puesto en marcha una red de resolución de conflictos de consumo denominada Red EJE (Red Extrajudicial Europea), que permite resolver las reclamaciones de forma rápida, sencilla y barata. La Red EJE, que agrupa a los diferentes sistemas de arbitraje de consumo europeos, funciona a través de una serie de puntos de contacto que en cada país se encargan de asesorar al consumidor y de transmitir su denuncia al organismo nacional de arbitraje correspondiente. De esta forma, si un consumidor español adquiere un objeto en Bélgica y posteriormente decide reclamar por la vulneración de alguno de sus derechos, sólo tiene que acudir al punto de contacto de la Red EJE en España y éste se encargará de asesorarle jurídicamente, resolver sus dificultades idiomáticas en la negociación con el vendedor y, finalmente, presentar su reclamación ante el organismo belga encargado de dirimir el conflicto. El sistema, que se puso en funcionamiento a finales de 2001, ha gestionado hasta el momento un total de 1.100 denuncias de consumidores, lo que indica que la mayor parte de los europeos sigue sin conocer de forma masiva los procedimientos extrajudiciales de resolución de conflictos.

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