La CE declara ilegal la fiscalidad de los centros de coordinación de Vizcaya
La Comisión Europea (CE) declaró ayer ilegal el régimen fiscal especial acordado a los centros de coordinación situados en la provincia de Vizcaya, en el País Vasco. Este régimen fue abolido por el Gobierno español a comienzos de este año, después de que la CE abriera en julio de 2001 un procedimiento formal de examen al respecto.
Sin embargo, las reglas de Derecho europeo obligan al Ejecutivo comunitario a adoptar una decisión una vez que ha abierto un procedimiento oficial. Bruselas también abrió entonces un procedimiento sobre otros 10 regímenes fiscales especiales de sociedades al temer que distorsionaran la competencia y los intercambios en el interior de la Unión Europea.
El propósito de los centros de coordinación es prestar bienes y servicios (bancarios, seguros, etc.) a las compañías del grupo al que pertenecen. Dado que en el momento de la aplicación del régimen las autoridades de Vizcaya podían pensar legítimamente que ese régimen no constituía una ayuda de Estado, la Comisión decidió no pedir la recuperación de las ventajas fiscales que hubieran podido recibir las empresas.
El régimen fiscal especial de Vizcaya preveía un sistema especial de cálculo del impuesto sobre la renta para los centros de coordinación situados en la provincia. Sólo las sociedades que cumplían ciertas condiciones de capital, de volumen de negocios y de número de personas empleadas podían beneficiarse de ese sistema. El sistema, conocido como 'cost plus', es un método alternativo de imposición que normalmente pretende superar la dificultad de evaluar las transacciones comerciales transfronterizas entre compañías que pertenecen a un mismo grupo y limitar las posibilidades de evasión fiscal.
La Comisión Europea ha concluido que el régimen de Vizcaya excluía ciertos costes financieros del cálculo de la base impositiva. Ello resultaba en una reducción de la carga fiscal de las sociedades que se beneficiaban de este régimen, lo que no era compatible con las normas comunitarias de ayudas de Estado.
El régimen de Vizcaya estaba basado en el modelo ya aplicado por Bélgica, el cual, según determinó la Comisión Europea en 1984, no constituía una ayuda. En consecuencia, las autoridades de Vizcaya tenían motivos fundados para creer que su régimen no constituía una ayuda de Estado en el momento en el que fue aplicado.
La CE invitó en julio de 2001 a cuatro Estados de la UE a poner fin a ese régimen de ventajas, puesto que ya no podía justificarse debido a los cambios económicos sucedidos en el mercado único.