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Justicia

El Tribunal de la UE condena el abuso de la 'acción de oro' por Francia y Portugal

El Tribunal de Justicia de la UE dictó ayer las tres primeras y esperadas sentencias sobre las denuncias de la Comisión Europea contra las acciones de oro de otros tantos Estados miembros. El tribunal condenó el derecho a veto del Gobierno francés sobre las decisiones de la petrolera Elf-Aquitaine (ahora integrada en el grupo franco-belga Totalfina Elf) y las restricciones del Estado portugués a la inversión procedente de otros países comunitarios en los sectores de banca, seguros, energía y transporte.

El tribunal considera legítima, en cambio, la legislación belga que permite la intervención del Gobierno en caso de que las empresas nacionales de distribución de gas natural (SNTC y Distrigaz) adopten decisiones que puedan poner en peligro el abastecimiento del país.

'Mi reacción es positiva', afirmó lacónico el comisario de Mercado Interior, Frits Bolkestein, en rueda de prensa conjunta con el ministro de Economía y presidente de turno de la UE, Rodrigo Rato. Bruselas y Madrid se enfrentan judicialmente en el mismo tribunal desde el año 2000 por las acciones de oro del Gobierno en Telefónica, Endesa, Repsol, Indra, Argentaria y Tabacalera (estas dos últimas ya expiraron). Pero Bolkestein atribuía su inusual renuencia a lanzar un mensaje político contundente a que 'la sentencia se ha conocido a las 10 de la mañana y mis obligaciones en el Consejo de Ministros de Economía [que se celebró ayer en Luxemburgo] me han impedido consultar con el resto de comisarios. Pero sin duda en las próximas semanas analizaremos las consecuencias'.

Los posibles coletazos de las sentencias pueden afectar a casi todos los rincones de Europa. Además de España, la Comisión denunció la acción de oro que Londres se reservó tras la privatización de la Autoridad Británica de Aeropuertos. En el punto de mira comunitario se encuentra también el control absoluto con que el land alemán de Baja Sajonia (antiguo feudo electoral de Gerhard Schröder) atenaza a la multinacional automovilística Volkswagen.

En juego se encuentran también normas como la adoptada por los Gobiernos español e italiano para intentar frenar la expansión del monopolio público francés del sector eléctrico, æpermil;lectricité de France. El Gobierno de José María Aznar limitó a través de la Ley de Acompañamiento de los Presupuestos de 2000 los derechos de voto de cualquier inversor extranjero que contase con capital público en su accionariado en alguna empresa eléctrica española. La norma sirvió al Gobierno para imponer condiciones a la presencia de Electricidade de Portugal y EDF (a través de la alemana EnBW) en la eléctrica Hidrocantábrico.

Discrecionalidad

El Tribunal de Justicia rechazó ayer expresamente este tipo de discrecionalidad política, que aparecía también claramente recogida en las normas portuguesas sobre privatizaciones. Los jueces comunitarios condenan sin paliativos las disposiciones legislativas y reglamentarias de Portugal que supeditaban a la autorización previa del Gobierno cualquier inversión comunitaria (no portuguesa) que alcanzase el 10% del capital de una empresa en el sector bancario, asegurador, energético y de transporte. Las disposiciones, adoptadas durante el proceso de reprivatización posterior a la Revolución de los Claveles (25 de abril de 1974), intentaban favorecer el desarrollo de una industria nacional, pero el Gobierno luso las tomó cuando el país ya llevaba cuatro años en el seno de la UE (ingresó en 1986, junto a España). Demasiado tarde para una discriminación pensada, en gran parte, para disipar la presunta amenaza predadora de las empresas españolas.

El tribunal con sede en Luxemburgo también ha condenado el decreto-ley de 1993 por el que el Gobierno francés se reservó la última palabra en la actividad de la petrolera Elf-Aquitaine. La sentencia reconoce que el objetivo de París (garantizar el abastecimiento en caso de crisis) puede resultar razonable y legítimo, pero considera que el medio legal elegido es desproporcionado.

La tercera sentencia coloca el contrapunto a estos abusos gubernamentales de un instrumento jurídico reconocido por el Tratado de la Unión Europea, y por su guardián, la Comisión Europea (CE). Bélgica, que acompañaba a Francia y Portugal en la denuncia de la CE, recibió los parabienes del tribunal por haberse reservado desde 1994 un derecho de control en el sector gasístico ajustado a derecho.

'Las sentencias son toda una lección de derecho comunitario aplicado', ensalza una abogada española.

El fallo fortalece a la Comisión ante la futura directiva de opas

 

 

 

 

 

 

 

 

Gran parte de la actividad legislativa de la Comisión Europea relacionada con el mercado interior se encontraba en suspenso desde el pasado 3 de julio de 2001. Aquel día, un abogado general del Tribunal de Justicia de la UE sorprendía con unas conclusiones preliminares sobre los tres casos fallados ayer en las que se minaba la posición de la Comisión Europea. El tribunal desestimó ayer, sin embargo, gran parte de los argumentos del magistrado, el español Dámaso Ruiz-Jarabo Colomer. El letrado no sólo defendió la posible legitimidad de la acción de oro, sino que negó, sobre todo, el derecho de la Comisión Europea a inmiscuirse en el sesgo político de las actuaciones económicas de los Estados miembros.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Las conclusiones de Ruiz-Jarabo, abogado general en el Tribunal de Luxemburgo desde 1995, paralizaron la actuación de un Ejecutivo que aquel mismo día del verano de 2001 veía abortado en el Parlamento Europeo su proyecto de directiva sobre ofertas públicas de adquisición (OPA).

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

El comisario de Mercado Interior, Frits Bolkestein, ha retrasado una y otra vez su nueva propuesta sobre OPA, a la espera de las sentencias sobre las acciones de oro de Francia, Bélgica y Portugal. Bolkestein ha prometido que la nueva directiva de OPA se presentará antes del verano, 'que como todo el mundo sabe, en Bruselas empieza el 1 de agosto'.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Las sentencias dictadas ayer por el tribunal pueden reforzar las tesis de la Comisión, que aspiraba inicialmente a implantar en toda Europa el principio general de 'una acción, un voto'. Esta práctica democrática choca, sin embargo, con la cultura accionarial de varios Estados miembros y, muy especialmente, de Alemania. Bolkestein ha admitido que en el nuevo texto se tomarán en cuenta las inquietudes de Berlín. El tráfico intracomunitario de empresas mueve 670.000 millones de euros anuales, el 8% del PIB europeo.

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