La reforma de la empresa familiar protegerá el poder de los fundadores
Los Ministerios de Economía y Justicia preparan una reforma que permita a las empresas familiares financiar el crecimiento sin poner en peligro el poder de los socios. El Gobierno ha decidido también que se debe abordar las relaciones entre los familiares para evitar que la sucesión pueda poner en peligro el negocio. Para conseguirlo se regularán los protocolos familiares y se apoyará el desarrollo de mecanismos de arbitraje en caso de conflicto. Las novedades afectan sobre todo a las sociedades limitadas, forma que adopta la mayoría de las empresas familiares.
El ministro de Economía, Rodrigo Rato, reveló durante un debate sobre la empresa familiar celebrado el domingo en Aranjuez que la reforma legal prevista para apoyar este tipo de empresas tendrá dos grandes prioridades: los mecanismos de financiación, por una parte, y la resolución de conflictos entre los accionistas, por otra.
Rato subrayó durante su intervención que las sociedades limitadas, forma jurídica de la mayoría de las empresas familiares españolas, podrán ahora emitir participaciones sin derecho a voto, y también obligaciones, como ocurre con las sociedades anónimas. Es un punto importante porque uno de los grandes problemas de las empresas familiares era conseguir financiación suficiente para alimentar el crecimiento sin que los fundadores se vieran obligados a perder el control, y por tanto la cultura y la estrategia, de sus creaciones empresariales.
La segunda prioridad de la comisión mixta entre Economía y Justicia que está elaborando la reforma es flexibilizar la salida de partícipes de las sociedades limitadas sin provocar una merma de la capacidad de control de aquellos que permanezcan. Para conseguirlo se autorizará que este tipo de sociedades generen un cierto nivel de autocartera.
Adiós al estatuto propio
Cuando el Senado concluyó el pasado mes de noviembre una ponencia de estudio sobre la empresa familiar, formuló ocho recomendaciones. El ministro de Economía ha revelado ahora que hace suyas todas esas propuestas menos una, la menos importante, que recomendaba la posibilidad de inscribir las sociedades familiares en el registro con el sufijo F para publicitar su naturaleza.
Dado que el Senado ya había rechazado la propuesta de los empresarios, agrupados en el Instituto de Empresa Familiar, de elaborar un estatuto propio de este tipo de negocios, es coherente que se rechace la letra F. Sin un estatuto propio, las empresas familiares deberán seguir constituyéndose, igual que las demás empresas, como sociedades anónimas o limitadas. Así, aunque las relaciones personales de los accionistas importan para muchas cosas, no definirán formas societarias especiales.
España no aplica la mayoría de las ideas europeas sobre transferencia generacional
Las empresas familiares no van a tener su propia forma societaria, pero como las relaciones de la familia con la empresa son problemáticas, el Gobierno sí abordará la regulación de los protocolos familiares. Serán de libre subscripción, pero una vez aprobados, de obligado cumplimiento. Además, deberán constar en el Registro Mercantil para que su publicidad proteja a los terceros.
El protocolo servirá para evitar conflictos en la familia, pero los expertos y el Senado convienen en recomendar que ese instrumento sea complementado con mecanismos externos de arbitraje, una idea que el Gobierno se compromete a fomentar. En cuanto a la revisión que pedía el Senado sobre el régimen de la Seguridad Social de los administradores de empresas familiares, el Gobierno aún no se ha pronunciado.
Aunque España se ha tomado en serio las necesidades de la empresa familiar, el Comisario europeo de Economía, Erkki Liikanen, presentó el domingo en el coloquio de Aranjuez un contundente documento que demuestra lo mucho que queda por hacer.
Se trata de un cuadro que resume el nivel de implantación en las legislaciones nacionales de la recomendación de la Comisión Europea sobre Transferencia de Empresas, un área que es especialmente crítica para los negocios familiares, puesto que pasan por un momento de gran peligro cuando se produce el retiro de los fundadores. Esta recomendación es relevante porque se calcula que un tercio de todas las empresas europeas abordarán esa etapa de gran riesgo durante los próximos 10 años.
Según el estudio de Liikanen, en el conjunto de la Unión no se ha hecho absolutamente nada en el 51% de las 21 áreas potenciales de mejora legislativa. El nivel de inhibición de España en este asunto de la transferencia empresarial está en el 62%, es decir, peor que la media de los países europeos, mientras que naciones como Holanda o Alemania están en el 24%.
Entre las mejoras potenciales ignoradas por España cabe mencionar, entre otras, que los acuerdos de los herederos tengan prioridad sobre el testamento, que no se les exija unanimidad, que la valoración del negocio a efectos fiscales se haga después del fallecimiento o que el dinero heredado tenga beneficios fiscales si es reinvertido en algún otro negocio.