Trabajo no logra reducir la temporalidad pese a penalizar los contratos eventuales
Todas las medidas que el Gobierno ha puesto en marcha últimamente para tratar de acabar con el reiterado abuso de los contratos temporales no están siendo ni mucho menos efectivas. La tasa de temporalidad del mercado laboral español sigue anclada en el 32%. Se trata de la tasa más alta de la UE con diferencia y triplica la media de utilización de estos contratos en Europa.
La reforma laboral de 1997 consiguió impulsar la contratación indefinida y, de hecho, más del 80% de los casi tres millones de nuevos empleos creados desde entonces han sido de carácter estable. Sin embargo, al mismo tiempo que se han creado estos puestos de trabajo fijos (e incentivados económicamente) se ha seguido creando empleo temporal exactamente en los mismos porcentajes que antes de 1997.
Esto es una evidente muestra de que los empresarios siguen prefiriendo los contratos eventuales, si bien en 2001 se registró un leve descenso de la utilización de los contratos temporales, de un 1% respecto al año 2000, que no puede calificarse aún como un dato que refleje, ni mucho menos, un cambio de tendencia en el uso del empleo precario, pese a las últimas medidas de castigo a la temporalidad adoptadas por el Gobierno a mediados del pasado año. Así, en la actualidad, uno de cada tres trabajadores sigue teniendo, como hace cinco años, un contrato temporal.
El problema de la elevada temporalidad del mercado español y la contracción general del empleo llevaron al Gobierno a decretar unilateralmente en el mes de marzo tras el fracaso de las negociaciones entre empresarios y sindicatos una nueva reforma laboral, continuación de la de 1997, que recogía, esta vez, más medidas penalizadoras contra los contratos temporales.
En concreto, todos los empresarios deben abonar al trabajador una indemnización de ocho días por año trabajado por la extinción de cada contrato eventual que termina desde el pasado 4 de marzo. Asimismo, se redujo la duración máxima de los contratos temporales de 13 meses y medio a 12 meses.
Y desde el mes de julio la ley enmendada de la Reforma Laboral elevó un 36% las cotizaciones por contingencias comunes de los contratos temporales de duración inferior a siete días.
El resultado global de estas medidas aún no se ha dejado sentir; de momento no han demostrado ninguna eficacia porque la contratación temporal sigue en su conjunto en los mismos porcentajes prácticamente que hace cinco años, antes de la reforma laboral (un 33,5% en el primer trimestre de 1997 frente a un 32% en octubre de 2001). Si bien hay que reconocer que de todas las medidas penalizadoras de la temporalidad adoptadas en el pasado ejercicio sólo una ha cosechado ya algún éxito.
Se trata de la que elevó las cotizaciones para acabar con el fraude empresarial de no cotizar por los trabajadores temporales los fines de semana. Como ejemplo, el pasado mes de noviembre la media de contratos temporales que se dieron de baja en el registro de afiliados de la Seguridad Social los viernes de ese mes fue de 47.321, casi un 50% menos que en el año 2000, cuando este fraude afectaba a una media de 90.234 cotizantes. No obstante, esta mejora tampoco ha servido para invertir la tendencia de la tasa de temporalidad.
Crece en el sector público
Si se analiza la tasa de eventualidad, ésta es notablemente más elevada en el sector privado (34,4%) que en el público (21,8%), como es lógico, aunque en los últimos años se ha producido un cambio drástico: mientras la temporalidad del sector privado ha disminuido en cinco puntos (pasando del 39% al 34,4%), en el sector público ha aumentado en igual medida (desde el 16,5% en 1997 al 21,8% en 2001).
Este incremento de la temporalidad en el sector público tampoco ha afectado por igual a todas las Administraciones. Así, son los ayuntamientos los que más utilizan los contratos eventuales, con una tasa de temporalidad en 2001 del 31,5%, seguidos de las comunidades autónomas (21,4%), la Administración central (15,1%) y las empresas públicas (11%).
En el caso de los ayuntamientos es especialmente preocupante la tasa de temporalidad que se alcanzan en los municipios de Extremadura, donde el 61,5% de sus trabajadores tienen un contrato temporal.
La temporalidad en el sector público también afecta más a las mujeres que a los hombres, ya que mientras el 25% de las primeras tiene un empleo eventual, este porcentaje desciende al 16% en el caso de los hombres.
Sólo el 2,6% de la contratación temporal dura más de seis meses
En el año 2001 se registraron un total de 12.752.397 contratos temporales, que fueron suscritos por 3,8 millones de trabajadores, lo que en teoría correspondería a 3,3 contratos por trabajador al año.
Sin embargo, la realidad del mercado laboral español es bien distinta y existe un elevado índice de rotación (concatenación de numerosos contratos eventuales de corta duración), lo que se refleja en el abultado número de contratos.
Así, según datos del propio Inem, el pasado año sólo el 2,6% del total de contratos temporales duró más de seis meses, frente al 28,3% que dura entre uno y seis meses; el 28,9%, hasta un mes, y el 40,2%, cuya duración es indeterminada.
En esta última categoría se agrupan la mayoría de contratos que duran días, de menos de cinco días en gran parte de los casos. Este problema de la elevada rotación tampoco se ha mejorado ni un ápice en los últimos siete años. En todo caso ha empeorado la situación, ya que en 1995 los contratos temporales de duración mayor a seis meses se elevaban al 4,2% y aquellos de entre uno y seis meses suponían el 30,6%.
Como es lógico, la duración de los contratos temporales de más de seis meses se reduce drásticamente en los meses de verano, julio y agosto (al 1,7%) y se eleva el porcentaje de contratos que duran un mes o entre uno y seis meses.
En cuanto a las prórrogas de los contratos temporales, la mayoría son de tres meses, mientras que los menos frecuentes son las prórrogas por seis meses.